# Ley 8518: Banhvi dona un terreno en Grecia para un hogar de menores

- Página: https://elcenso.com/leyes/8518
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN MANOS UNIDAS DE GRECIA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1

## En resumen

La ley autoriza al Banco Hipotecario de la Vivienda a regalar un terreno en Puente de Piedra de Grecia a la Asociación Manos Unidas, que debe usarlo para un hogar de personas menores de edad en abandono.

## A quién le toca

- El Banco Hipotecario de la Vivienda debe transferir el terreno sin recibir pago.
- La Asociación Manos Unidas de Grecia recibe el terreno pero no puede venderlo ni alquilarlo.
- La Municipalidad de Grecia recibiría el terreno si la asociación se disuelve.
- Las personas menores de edad en abandono que se alojarían en el Hogarcito Manos Unidas de Grecia.

## A quién beneficia

- La Asociación Manos Unidas de Grecia recibe un terreno de 11314.39 metros cuadrados sin pagar.
- El traspaso queda exento de costos, impuestos de traspaso y timbre de inscripción.
- La asociación puede dar el terreno en garantía ante instituciones del Estado para financiar la construcción.

## Qué cambia

- El terreno queda amarrado al uso de hogar para menores; no se puede vender ni alquilar.
- Si la asociación desaparece, el terreno pasa a la Municipalidad de Grecia.
- La ley rige desde el 1 de junio de 2006 y sigue vigente.

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio directo a una asociación con nombre propio** (1): La ley nombra a una sola asociación como beneficiaria del terreno, sin concurso ni comparación con otras organizaciones. Texto: "Autorízase al Banco Hipotecario de la Vivienda, cédula de persona jurídica Nº 3-007-078890, para que done, a título gratuito, a la Asociación Manos Unidas de Grecia, el inmueble de su propiedad"
- **Exención total de impuestos y timbres** (5): El traspaso queda exento de costos, impuestos de traspaso y timbre de inscripción, lo que deja de ingresar esos montos al fisco. Texto: "La Notaría del Estado efectuará el trámite de traspaso, que estará exento de costos, impuestos de traspaso y timbre de inscripción."

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza al Banco Hipotecario de la Vivienda, cédula de persona jurídica Nº 3-007-078890, a donar un terreno a la Asociación Manos Unidas de Grecia (art. 1). La donación es a título gratuito, o sea, sin que la asociación pague nada por el inmueble.

El terreno está inscrito en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº 0368521-000, según el plano catastrado A-0728901-2001 (art. 1). Está en el distrito 7, Puente de Piedra, cantón III, Grecia, partido de Alajuela. Mide 11314.39 metros cuadrados. Linda al noreste y al suroeste con Valentín Fonseca Quirós, al noroeste con la Municipalidad de Grecia y al sureste con la carretera Bernardo Soto, con 107 metros 68 centímetros.

El artículo 2 pone una condición: el terreno debe usarse para construir el Hogarcito Manos Unidas de Grecia, para albergar a personas menores de edad en estado de abandono ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1)).

El artículo 3 prohíbe a la asociación traspasar, vender, arrendar o gravar el inmueble. Solo puede darlo en garantía ante instituciones del Estado para financiar la construcción de edificaciones que cumplan el objetivo ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1)).

Si la asociación se disuelve o desaparece por cualquier motivo, el terreno pasa a ser propiedad de la Municipalidad de Grecia ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1)).

La Notaría del Estado hace el trámite de traspaso, que queda exento de costos, impuestos de traspaso y timbre de inscripción ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1)).

La ley rige desde su publicación, el 1 de junio de 2006.

### A quién le toca

- Al Banco Hipotecario de la Vivienda, que debe transferir el inmueble sin recibir pago a cambio (art. 1).
- A la Asociación Manos Unidas de Grecia, que recibe el terreno pero no puede venderlo, alquilarlo ni gravarlo con particulares ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1)).
- A la Municipalidad de Grecia, que recibiría el terreno si la asociación se disuelve ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1)).
- A las personas menores de edad en estado de abandono que se alojarían en el Hogarcito Manos Unidas de Grecia ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

No hay grabaciones de la Asamblea sobre este expediente en el dossier.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no tiene observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier. La ley dispone de un bien público mediante una autorización expresa de la Asamblea, y el artículo 121, inciso 1, le da a la Asamblea la potestad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El artículo 45 protege la propiedad privada y exige indemnización previa cuando alguien se ve privado de lo suyo por interés público ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)); aquí se trata de un bien del propio Estado que se dona, no de una expropiación a un particular. El artículo 50 pide al Estado procurar el mayor bienestar a todos los habitantes ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)), y el destino del terreno, un hogar para menores en abandono, apunta en esa dirección ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

- Si cree que un acto concreto de la asociación o del banco viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional. Cualquier persona puede hacerlo, y se plantea contra el servidor o el órgano que causó el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).
- Si considera que la ley misma choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Para eso necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde invoque esa inconstitucionalidad, salvo que se trate de intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).
- Si sospecha un mal manejo de fondos públicos en la donación o en la construcción del hogar, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Se puede hacer en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).
- Si una institución pública le falla en un servicio relacionado con este tema, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).
- Si quiere proponer una reforma a esta ley, puede usar la iniciativa popular: reunir las firmas del 5% del padrón y llevar el proyecto a la Asamblea, que debe votarlo en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

- No hay grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.
- No se sabe si la donación ya se inscribió en el Registro de la Propiedad ni si el Hogarcito ya se construyó.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la ley y los artículos constitucionales del dossier. La Asamblea tiene potestad para dictar leyes y el destino del terreno apunta al bienestar de menores en abandono.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta ante la Sala Constitucional contra el servidor o el órgano que causó el agravio. Cualquier persona puede hacerlo, sin formalidades especiales, por memorial o escrito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde invoque la inconstitucionalidad, salvo que se trate de intereses difusos o de la defensa de la colectividad. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: En persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: Reunir las firmas del 5% del padrón electoral y llevar el proyecto a la Asamblea, que debe votarlo en un plazo máximo de dos años. La Oficina de Iniciativa Popular brinda asesoría gratuita. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 8518: AUTORIZACIÓN AL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN MANOS UNIDAS DE GRECIA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 8518 en SINALEVI: Autorización al Banco Hipotecario de la Vivienda para que done un terreno de su propiedad a la Asociación Manos Unidad de Grecia (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 01/06/2006. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=57465&param2=63037&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8518

Autorización al Banco Hipotecario de la Vivienda para que done un terreno de su propiedad a la Asociación Manos Unidad de Grecia

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Nº 8518

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN AL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD

A LA ASOCIACIÓN MANOS UNIDAS DE GRECIA

Artículo 1ºAutorízase al Banco Hipotecario de la Vivienda,
cédula de persona jurídica Nº 3-007-078890, para que done, a título gratuito, a la
Asociación Manos Unidas de Grecia, el inmueble de su propiedad, inscrito en el Registro
Público de la Propiedad, partido de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real matrícula
Nº 0368521-000, según las especificaciones establecidas en el plano catastrado
A-0728901-2001; dicho inmueble se describe así: su naturaleza es de terreno para
construir sito en el distrito 7°, Puente de Piedra; cantón III, Grecia; partido de
Alajuela. Mide 11314.39m2; linda al noreste y el suroeste con Valentín Fonseca Quirós;
al noroeste, con la Municipalidad de Grecia, y al sureste, con la carretera Bernardo Soto,
con 107 metros 68 centímetros.



Artículo 2º—El terreno por donar deberá ser destinado a la construcción del Hogarcito Manos Unidas de Grecia, para albergar a personas menores de edad en estado de abandono.



Artículo 3º—La Asociación Manos Unidas de Grecia no podrá traspasar, vender, arrendar, ni gravar el inmueble donado; solo se le autoriza darlo en garantía ante instituciones del Estado, para que financie la construcción de edificaciones que cumplan el objetivo indicado.



Artículo 4º—Si la Asociación beneficiada se disuelve o desaparece por cualquier motivo, el bien donado pasará a ser propiedad de la Municipalidad de Grecia.



Artículo 5º—La Notaría del Estado efectuará el trámite de traspaso, que estará exento de costos, impuestos de traspaso y timbre de inscripción.

Rige a partir de su publicación.

San José.—Firmado a las quince horas del veintinueve de mayo del dos mil seis.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, al primer día del mes de junio del 2006.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8518). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.