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Banhvi define plazos y puede financiar el 100% en pobreza

La ley quita de la ley de vivienda el plazo fijo de los préstamos y deja que el Banhvi y las entidades autorizadas fijen las condiciones; en programas especiales el banco puede financiar hasta el 100% del valor tasado.

Título oficial REFORMA DEL ARTÍCULO 161 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA, N.º 7052, Y SUS REFORMAS

Atención: La ley quita el plazo máximo fijo de los créditos de vivienda y deja el plazo y las condiciones al Banhvi y a las entidades autorizadas, sin un tope en el texto.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • A quién le sirve: Personas que piden crédito de vivienda

    La ley ya no fija el plazo máximo. Lo deja en manos del Banhvi y de las entidades autorizadas, con criterios técnicos, financieros y de mercado, sin un tope escrito.

    las condiciones generales de los créditos serán definidos por parte del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) y las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de conformidad con criterios técnicos, financieros y de mercado
    161, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Familias en pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo en programas especiales de vivienda
  • Personas que piden crédito de vivienda en el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda
  • El Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi)
  • Las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda

A quién beneficia

  • En programas especiales, el Banhvi puede autorizar hasta el 100% del valor tasado para familias en pobreza y vulnerabilidad
  • El plazo y las condiciones se fijan con criterios técnicos, financieros y de mercado

Qué cambia

  • El plazo máximo de los créditos de vivienda ya no está fijo en la ley
  • El Banhvi y las entidades autorizadas ganan la potestad de definir plazos y condiciones
  • La ley no fija un tope al costo del crédito ni un control sobre los criterios de mercado

La explicación completa

Qué cambia

El artículo 161 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda ya no fija un plazo máximo para los créditos. Ahora el Banhvi y las entidades autorizadas definen ese plazo y las condiciones de los préstamos (art. 161).

La ley pone una excepción: lo dispuesto en el artículo 58 anterior. Ese artículo no viene en el dossier, así que no sabemos qué plazo conserva (art. 161).

El Banhvi y las entidades autorizadas deben fijar las condiciones con criterios técnicos, financieros y de mercado (art. 161).

Hay una excepción para programas especiales de vivienda. En esos programas, para familias en pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo, el Banco puede autorizar financiamiento de hasta el cien por ciento (100%) del valor tasado (art. 161).

La ley rige desde su publicación. El texto dice que se dio en San José el 8 de julio de 2009 (art. 161).

A quién le toca

A las familias en condiciones de pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo que entran en programas especiales de vivienda. Para ellas el Banhvi puede autorizar hasta el 100% del valor tasado (art. 161).

A las personas que piden un crédito de vivienda en el sistema. El plazo y las condiciones ya no salen de un número fijo en la ley, sino de lo que definan el Banhvi y la entidad autorizada (art. 161).

Al Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi). La ley le da la potestad de definir plazos y condiciones, y de autorizar el 100% en los programas especiales (art. 161).

A las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. También definen las condiciones generales de los créditos (art. 161).

Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no son de esta ley. Son de otros expedientes y de otros años, así que no sirven para explicar la discusión de la Ley 8728.

En la grabación de 2026 se aprobó el expediente 24.380, una ley de vivienda para las islas 00:00:00. Un diputado dijo que votaba a favor y que la iniciativa buscaba que el Banhvi pudiera dar bonos en esas zonas 00:00:59.

Ese mismo diputado dijo que mantenía una preocupación sobre la capacidad del Banhvi: "si el Bambi tiene que encargarse de más asuntos y ya no da ni abasto hoy" 00:01:24.

En la grabación de 2023 se aprobó el expediente 22.638, que metió a la Caja de Ande como entidad autorizada del sistema de vivienda 00:00:10. El diputado Jonathan Acuña, del Frente Amplio, apoyó la iniciativa 00:00:38.

En la grabación de 2016, grupos de vivienda pidieron reformar la ley del sistema financiero. Manuel Salinas, del Foro Nacional de la Vivienda, dijo que la norma se había cambiado por decreto y que urgía una reforma por ley 00:00:24.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma y no registra observaciones de la Procuraduría 5.

El texto que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea: el artículo único reforma el 161 y el texto nuevo es el que aparece arriba 5.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta reforma y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 51 dice que la familia "tiene derecho a la protección especial del Estado" y nombra a la madre, el niño, la niña, las personas adultas mayores y las personas con discapacidad Constitución, art. 51. La reforma permite financiar el 100% del valor tasado en programas para familias en pobreza y vulnerabilidad, lo que va en esa dirección (art. 161).

El artículo 50 dice que el Estado procurará "el mayor bienestar a todos los habitantes del país" Constitución, art. 50. La reforma deja el plazo y las condiciones en manos del Banhvi y de las entidades autorizadas, con criterios técnicos y de mercado (art. 161).

Ahí hay una duda posible: la ley no fija un límite y tampoco dice cómo se controla que esos criterios no suban el costo del crédito. La Constitución no ordena un plazo específico, así que el Censo no ve un choque claro Constitución, art. 50.

El artículo 124 pide dos debates y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley Constitución, art. 124. El texto del dossier dice que la ley rige desde su publicación (art. 161).

Qué puede hacer usted

Si un acto concreto del Banhvi o de una entidad autorizada le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22.

El amparo se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio guía, p. 22. Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o principio constitucional guía, p. 24.

Para esa acción se pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos guía, p. 24.

Si el problema es el manejo de fondos públicos del Banhvi, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría fiscaliza el uso de los fondos públicos de las instituciones del Estado guía, p. 68.

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal de Denuncia Electrónica guía, p. 68.

Si una institución pública le da un mal servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos por el mal funcionamiento de los servicios públicos guía, p. 71.

Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar esa queja guía, p. 71.

Si quiere cambiar la ley, existe la iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años guía, p. 26.

La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea da asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto guía, p. 26.

Lo que no sabemos

Qué dice el artículo 58 de la Ley 7052, que la reforma deja por fuera.

Cuál era el plazo máximo que fijaba el artículo 161 antes de esta reforma.

Cuántos créditos se han dado con el 100% del valor tasado desde 2009.

Qué criterios técnicos usa el Banhvi para fijar plazos y condiciones.

Qué se dijo en la Asamblea cuando se aprobó esta ley en 2009, porque el dossier no trae esa grabación.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La reforma va en la dirección de la protección especial a la familia del artículo 51. El Censo no encontró un choque directo, pero ve una duda sobre el control del costo del crédito.

  1. Constitución, art. 51"La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado."
    Esta ley, art. 161"en programas especiales de vivienda para las familias en condiciones de pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo, el Banco podrá autorizar la financiación hasta del cien por ciento (100%) del valor tasado"

    Sin choque aparente La Constitución manda proteger a la familia. La reforma permite financiar el 100% del valor tasado a las familias en pobreza y vulnerabilidad. Van en la misma dirección.

  2. Constitución, art. 50"El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza."
    Esta ley, art. 161"las condiciones generales de los créditos serán definidos por parte del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) y las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de conformidad con criterios técnicos, financieros y de mercado"

    Hay dudas La ley deja el plazo y las condiciones en manos del Banhvi y de las entidades autorizadas. No fija un tope al costo del crédito. Eso abre una duda sobre el control, pero no un choque claro con el artículo 50.

  3. Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
    Esta ley, art. 161"Rige a partir de su publicación."

    Sin choque aparente La Constitución pide dos debates, sanción y publicación en La Gaceta. El texto dice que rige desde su publicación. El dossier no permite verificar los debates ni la sanción.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:00:00

    "El plenario legislativo aprobó el expediente 24,380, Ley de Vivienda Popular para las Islas"

    Brindarán bonos de vivienda en territorios insulares

  • 00:01:24

    "si el Bambi tiene que encargarse de más asuntos y ya no da ni abasto hoy"

    Brindarán bonos de vivienda en territorios insulares

  • 00:00:38

    "apoyó la iniciativa"

    Jonathan Acuña · Caja de Ande podrá tramitar bonos de vivienda

  • 00:00:24

    "en los últimos años la norma ha sufrido modificaciones pero vía decreto y es urgente una reforma a la ley para actualizarla"

    Manuel Salinas · GRUPOS DE VIVIENDA PIDEN REFORMAR LEY DEL BANHVI

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Ley 8728: REFORMA DEL ARTÍCULO 161 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA, N.º 7052, Y SUS REFORMAS Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Brindarán bonos de vivienda en territorios insulares Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-01-27
  3. Caja de Ande podrá tramitar bonos de vivienda Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-03-31
  4. GRUPOS DE VIVIENDA PIDEN REFORMAR LEY DEL BANHVI Asamblea Legislativa Costa Rica, 2016-11-11
  5. Ley 8728 en SINALEVI: Reforma del artículo 161 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda N° 7052, y sus reformas (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 08/07/2009
  6. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 8728

Reforma del artículo 161 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda N° 7052, y sus reformas

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Nº 8728

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 161 DE LA LEY DEL SISTEMA

FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA,

N.º 7052, Y SUS REFORMAS

ARTÍCULO ÚNICO.-

Modifícase el artículo 161 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, N .º 7052, de 13 de noviembre de 1986, y sus reformas.

El texto dirá:

“Artículo 161.-

El plazo máximo de los préstamos que establece esta Ley, a excepción de lo dispuesto en el artículo 58 anterior, así como las condiciones generales de los créditos serán definidos por parte del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) y las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de conformidad con criterios técnicos, financieros y de mercado; sin embargo, en programas especiales de vivienda para las familias en condiciones de pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo, el Banco podrá autorizar la financiación hasta del cien por ciento (100%) del valor tasado.”

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República .— San José, a los ocho días del mes de julio del dos mil nueve.

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