# Ley 8728: Banhvi define plazos y puede financiar el 100% en pobreza

- Página: https://elcenso.com/leyes/8728
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: REFORMA DEL ARTÍCULO 161 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA, N.º 7052, Y SUS REFORMAS
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=65853&param2=77133&param3=1

## En resumen

La ley quita de la ley de vivienda el plazo fijo de los préstamos y deja que el Banhvi y las entidades autorizadas fijen las condiciones; en programas especiales el banco puede financiar hasta el 100% del valor tasado.

## A quién le toca

- Familias en pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo en programas especiales de vivienda
- Personas que piden crédito de vivienda en el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda
- El Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi)
- Las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda

## A quién beneficia

- En programas especiales, el Banhvi puede autorizar hasta el 100% del valor tasado para familias en pobreza y vulnerabilidad
- El plazo y las condiciones se fijan con criterios técnicos, financieros y de mercado

## Qué cambia

- El plazo máximo de los créditos de vivienda ya no está fijo en la ley
- El Banhvi y las entidades autorizadas ganan la potestad de definir plazos y condiciones
- La ley no fija un tope al costo del crédito ni un control sobre los criterios de mercado

## Cláusulas a revisar

- **El Banhvi y las entidades autorizadas fijan plazos y condiciones** (161): La ley ya no fija el plazo máximo. Lo deja en manos del Banhvi y de las entidades autorizadas, con criterios técnicos, financieros y de mercado, sin un tope escrito. Texto: "las condiciones generales de los créditos serán definidos por parte del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) y las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de conformidad con criterios técnicos, financieros y de mercado"
- **El 100% del valor tasado solo aplica a programas especiales** (161): El financiamiento del 100% no es general. La ley lo limita a programas especiales de vivienda para familias en esas condiciones. Texto: "en programas especiales de vivienda para las familias en condiciones de pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo, el Banco podrá autorizar la financiación hasta del cien por ciento (100%) del valor tasado"

## Explicación

### Qué cambia

El artículo 161 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda ya no fija un plazo máximo para los créditos. Ahora el Banhvi y las entidades autorizadas definen ese plazo y las condiciones de los préstamos (art. 161).

La ley pone una excepción: lo dispuesto en el artículo 58 anterior. Ese artículo no viene en el dossier, así que no sabemos qué plazo conserva (art. 161).

El Banhvi y las entidades autorizadas deben fijar las condiciones con criterios técnicos, financieros y de mercado (art. 161).

Hay una excepción para programas especiales de vivienda. En esos programas, para familias en pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo, el Banco puede autorizar financiamiento de hasta el cien por ciento (100%) del valor tasado (art. 161).

La ley rige desde su publicación. El texto dice que se dio en San José el 8 de julio de 2009 (art. 161).

### A quién le toca

A las familias en condiciones de pobreza, exclusión, vulnerabilidad y riesgo que entran en programas especiales de vivienda. Para ellas el Banhvi puede autorizar hasta el 100% del valor tasado (art. 161).

A las personas que piden un crédito de vivienda en el sistema. El plazo y las condiciones ya no salen de un número fijo en la ley, sino de lo que definan el Banhvi y la entidad autorizada (art. 161).

Al Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi). La ley le da la potestad de definir plazos y condiciones, y de autorizar el 100% en los programas especiales (art. 161).

A las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. También definen las condiciones generales de los créditos (art. 161).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no son de esta ley. Son de otros expedientes y de otros años, así que no sirven para explicar la discusión de la Ley 8728.

En la grabación de 2026 se aprobó el expediente 24.380, una ley de vivienda para las islas ([video, 00:00:00](https://www.youtube.com/watch?v=3YJaM4__M6w&t=0s)). Un diputado dijo que votaba a favor y que la iniciativa buscaba que el Banhvi pudiera dar bonos en esas zonas ([video, 00:00:59](https://www.youtube.com/watch?v=3YJaM4__M6w&t=59s)).

Ese mismo diputado dijo que mantenía una preocupación sobre la capacidad del Banhvi: "si el Bambi tiene que encargarse de más asuntos y ya no da ni abasto hoy" ([video, 00:01:24](https://www.youtube.com/watch?v=3YJaM4__M6w&t=84s)).

En la grabación de 2023 se aprobó el expediente 22.638, que metió a la Caja de Ande como entidad autorizada del sistema de vivienda ([video, 00:00:10](https://www.youtube.com/watch?v=jwziMF0OI7s&t=10s)). El diputado Jonathan Acuña, del Frente Amplio, apoyó la iniciativa ([video, 00:00:38](https://www.youtube.com/watch?v=jwziMF0OI7s&t=38s)).

En la grabación de 2016, grupos de vivienda pidieron reformar la ley del sistema financiero. Manuel Salinas, del Foro Nacional de la Vivienda, dijo que la norma se había cambiado por decreto y que urgía una reforma por ley ([video, 00:00:24](https://www.youtube.com/watch?v=4IeYYSRmasg&t=24s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma y no registra observaciones de la Procuraduría [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=65853&param2=77133&param3=1).

El texto que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea: el artículo único reforma el 161 y el texto nuevo es el que aparece arriba [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=65853&param2=77133&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta reforma y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 51 dice que la familia "tiene derecho a la protección especial del Estado" y nombra a la madre, el niño, la niña, las personas adultas mayores y las personas con discapacidad ([Constitución, art. 51](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La reforma permite financiar el 100% del valor tasado en programas para familias en pobreza y vulnerabilidad, lo que va en esa dirección (art. 161).

El artículo 50 dice que el Estado procurará "el mayor bienestar a todos los habitantes del país" ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La reforma deja el plazo y las condiciones en manos del Banhvi y de las entidades autorizadas, con criterios técnicos y de mercado (art. 161).

Ahí hay una duda posible: la ley no fija un límite y tampoco dice cómo se controla que esos criterios no suban el costo del crédito. La Constitución no ordena un plazo específico, así que el Censo no ve un choque claro ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El artículo 124 pide dos debates y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto del dossier dice que la ley rige desde su publicación (art. 161).

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto del Banhvi o de una entidad autorizada le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para esa acción se pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si el problema es el manejo de fondos públicos del Banhvi, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría fiscaliza el uso de los fondos públicos de las instituciones del Estado ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal de Denuncia Electrónica ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le da un mal servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos por el mal funcionamiento de los servicios públicos ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar esa queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si quiere cambiar la ley, existe la iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea da asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

Qué dice el artículo 58 de la Ley 7052, que la reforma deja por fuera.

Cuál era el plazo máximo que fijaba el artículo 161 antes de esta reforma.

Cuántos créditos se han dado con el 100% del valor tasado desde 2009.

Qué criterios técnicos usa el Banhvi para fijar plazos y condiciones.

Qué se dijo en la Asamblea cuando se aprobó esta ley en 2009, porque el dossier no trae esa grabación.

## Frente a la Constitución

La reforma va en la dirección de la protección especial a la familia del artículo 51. El Censo no encontró un choque directo, pero ve una duda sobre el control del costo del crédito.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o el órgano autor del agravio. Cualquier persona puede presentarlo, en cualquier tiempo mientras subsista la violación o hasta dos meses después de que cesen sus efectos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y disposiciones generales que infrinjan una norma constitucional. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal de Denuncia Electrónica. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años. La Oficina de Iniciativa Popular da asesoramiento técnico gratuito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 8728: REFORMA DEL ARTÍCULO 161 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA, N.º 7052, Y SUS REFORMAS. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Brindarán bonos de vivienda en territorios insulares. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-01-27. https://www.youtube.com/watch?v=3YJaM4__M6w
3. Caja de Ande podrá tramitar bonos de vivienda. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-03-31. https://www.youtube.com/watch?v=jwziMF0OI7s
4. GRUPOS DE VIVIENDA PIDEN REFORMAR LEY DEL BANHVI. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2016-11-11. https://www.youtube.com/watch?v=4IeYYSRmasg
5. Ley 8728 en SINALEVI: Reforma del artículo 161 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda N° 7052, y sus reformas (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 08/07/2009. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=65853&param2=77133&param3=1
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 8728

Reforma del artículo 161 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda N° 7052, y sus reformas

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Nº 8728

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA
DEL ARTÍCULO 161 DE LA LEY DEL SISTEMA

FINANCIERO NACIONAL
PARA LA VIVIENDA,

N.º 7052,
Y SUS REFORMAS

ARTÍCULO ÚNICO.-

Modifícase el
artículo 161 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, N .º 7052, de 13 de noviembre de 1986, y sus reformas.

El texto dirá:

“Artículo
161.-

El
plazo máximo de los préstamos que establece esta Ley, a excepción de lo
dispuesto en el artículo 58 anterior, así como las condiciones generales de los
créditos serán definidos por parte del Banco Hipotecario de la Vivienda
(Banhvi) y las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la
Vivienda, de conformidad con criterios técnicos, financieros y de mercado; sin embargo, en
programas especiales de vivienda para las familias en condiciones de pobreza,
exclusión, vulnerabilidad y riesgo, el Banco podrá autorizar la financiación
hasta del cien por ciento (100%) del valor tasado.”

Rige a partir de su
publicación.

Dado
en la Presidencia de la República .— San José, a los
ocho días del mes de julio del dos mil nueve.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/8728). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.