# Ley 9063: Jueces podrán enviar a agresores a terapia psicológica obligatoria

- Página: https://elcenso.com/leyes/9063
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: ATENCIÓN PSICOLÓGICA A PERSONAS AGRESORAS INSERTAS EN PROCESOS DE TODO TIPO DE VIOLENCIA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1

## En resumen

La ley 9063 obliga a la CCSS a dar al menos ocho sesiones de psicoterapia a personas agresoras que un juez remita por medida cautelar.

## A quién le toca

- Personas agresoras que un juez identifique en procesos por violencia y remita por medida cautelar
- La persona profesional en Psicología clínica que atienda a esas personas y rinda dictámenes al juez
- La Caja Costarricense de Seguro Social, que debe dar al menos ocho sesiones de psicoterapia
- El Ministerio de Salud, autorizado para convenios interinstitucionales
- Universidades públicas y privadas que firmen acuerdos para que estudiantes avanzados apoyen los programas

## A quién beneficia

- Las personas agresoras remitidas por un juez reciben al menos ocho sesiones de psicoterapia en la CCSS
- Los estudiantes avanzados de Psicología pueden hacer práctica supervisada apoyando esos programas
- Las universidades pueden firmar acuerdos con la CCSS y el Ministerio de Salud

## Qué cambia

- La CCSS asume la carga de dar psicoterapia a personas remitidas por orden judicial
- El juez recibe dictámenes parciales y conclusiones finales para decidir si mantiene las medidas cautelares
- La ley no fija un plazo para que la CCSS inicie las sesiones tras la notificación del juez

## Cláusulas a revisar

- **La CCSS asume la terapia sin partida indicada** (4): La ley obliga a la CCSS a dar un mínimo de ocho sesiones de psicoterapia por persona remitida. El texto no indica de dónde salen los recursos ni cuánto cuesta. Texto: "La Caja Costarricense de Seguro Social brindará a las personas referidas en el artículo 2 de la presente ley, las sesiones de psicoterapia, de tipo individual, o de trabajo terapéutico grupal, serán realizadas por una persona profesional con un grado mínimo de licenciatura en Psicología. La cantidad de sesiones de psicoterapia serán de ocho como mínimo."
- **Convenios con universidades extranjeras sin límites claros** (5): La ley autoriza acuerdos con universidades privadas y extranjeras para que estudiantes avanzados apoyen los programas de forma gratuita. No fija requisitos de supervisión ni controles sobre esos convenios. Texto: "Se autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social, así como al Ministerio de Salud, para utilizar convenios o programas interinstitucionales con el fin de implementar o enriquecer los tratamientos psicológicos establecidos en esta Ley; así como, establecer acuerdos con las Universidades Públicas y Privadas, nacionales y extranjeras, para que estudiantes avanzado/as de Licenciatura, Maestría o Doctorado en Psicología, con la supervisión adecuada y de manera gratuita, apoyen sustancialmente dichos programas de atención psicológica."
- **Dictámenes clínicos al juez sin regla de confidencialidad** (3): La ley obliga a enviar al juez dictámenes parciales y conclusiones finales de la evolución clínica. No dice qué información se comparte ni cómo se protege la intimidad de la persona atendida. Texto: "Es responsabilidad de la persona profesional en Psicología con especialidad en psicología clínica designada, enviar a la autoridad judicial que corresponda los dictámenes parciales de la evolución de la persona referida, o sus conclusiones finales, para valorar el mantenimiento de las medidas cautelares o para que se inicien otro tipo de procedimientos judiciales."

## Explicación

### Qué cambia

La ley 9063 ordena dar atención psicológica a las personas agresoras que estén dentro de procesos por violencia. El fin es que aprendan a identificar, controlar y evitar la violencia física, emocional, sexual y patrimonial ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

La ley se activa cuando una autoridad judicial identifica a una persona ofensora de conductas tipificadas como violencia. También aplica a agresiones por práctica discriminatoria o por ejercicio de dominio o poder, por razón de género o cualquier otra ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

Ese juez debe emitir de inmediato una medida cautelar. Luego la notifica de forma prioritaria y expedita a la sede de área de salud de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

El Estado se encarga de brindar esa atención psicológica, con base en el artículo 73 de la Constitución Política. La CCSS podrá colaborar para cumplir los objetivos de la ley ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

La persona profesional en Psicología con especialidad clínica debe enviar al juez dictámenes parciales de la evolución de la persona referida. También envía sus conclusiones finales. Con eso el juez valora si mantiene las medidas cautelares o si inicia otro tipo de procedimientos judiciales ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

La CCSS brinda las sesiones de psicoterapia. Pueden ser individuales o de trabajo terapéutico grupal. Las realiza una persona profesional con grado mínimo de licenciatura en Psicología. La cantidad mínima es de ocho sesiones ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

La CCSS y el Ministerio de Salud quedan autorizados para usar convenios o programas interinstitucionales. Con ellos pueden implementar o enriquecer los tratamientos psicológicos de esta ley ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

También pueden hacer acuerdos con universidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras. Estudiantes avanzados de Licenciatura, Maestría o Doctorado en Psicología pueden apoyar esos programas. Deben tener supervisión adecuada y trabajar de manera gratuita ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

La ley rige desde su publicación. Se firmó en la Presidencia de la República, en San José, el 8 de agosto de 2012 ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

### A quién le toca

A las personas agresoras que un juez identifique en procesos por violencia. La ley las llama "personas ofensoras" y las remite a atención psicológica por medida cautelar ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

A la persona profesional en Psicología con especialidad clínica que atienda a esas personas. Debe enviar al juez dictámenes parciales y conclusiones finales ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

A la Caja Costarricense de Seguro Social. Debe dar las sesiones de psicoterapia, con un mínimo de ocho, en sus sedes de área de salud ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)) ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

Al Ministerio de Salud. Queda autorizado para usar convenios o programas interinstitucionales con la CCSS ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

A las universidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, que hagan acuerdos para que sus estudiantes avanzados de Psicología apoyen los programas ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley 9063 sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que la ley se publicó en formato digital en la Gaceta que se indica [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1).

El texto consolidado de SINALEVI no muestra reformas, correcciones ni derogatorias posteriores a la publicación [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 3 de la ley se apoya de forma expresa en el artículo 73 de la Constitución Política ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)). Ese artículo establece los seguros sociales en beneficio de los trabajadores manuales e intelectuales ([Constitución, art. 73](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El mismo artículo 73 pone la administración y el gobierno de los seguros sociales a cargo de una institución autónoma, la Caja Costarricense de Seguro Social ([Constitución, art. 73](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El artículo 73 también prohíbe transferir o emplear los fondos y reservas de los seguros sociales en finalidades distintas a las que motivaron su creación ([Constitución, art. 73](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

La ley 9063 le encarga a la CCSS dar sesiones de psicoterapia a personas agresoras remitidas por un juez ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)). El Censo no encontró en el dossier un análisis que aclare si esa tarea cabe dentro de las finalidades de los seguros sociales. Queda como duda sobre el uso de esos fondos.

El artículo 21 de la Constitución dice que la vida humana es inviolable ([Constitución, art. 21](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley busca que las personas agresoras aprendan a evitar la violencia física, emocional, sexual y patrimonial ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)). En ese sentido, la ley apunta en la misma dirección que la protección de la vida.

El artículo 24 garantiza el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones ([Constitución, art. 24](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no menciona ese derecho ni regula cómo se maneja la información clínica de las personas referidas ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1)). El Censo no encontró en el dossier una regla sobre confidencialidad de esos dictámenes.

### Qué puede hacer usted

Si un juez remitió a una persona agresora a la CCSS y las sesiones no se dan, puede presentar un recurso de amparo. Procede contra toda acción, omisión o actuación de servidores y órganos públicos que viole o amenace violar derechos fundamentales ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo lo puede interponer cualquier persona. Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El recurso se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación. También hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

En el escrito debe expresar con claridad el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas de cargo. No requiere otras formalidades ni autenticación ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo. Ahí se invoca la inconstitucionalidad como medio para amparar el derecho o interés lesionado ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si el problema es el mal funcionamiento del servicio de la CCSS, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos por mal funcionamiento de instituciones públicas o sus funcionarios ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar esa queja si fue maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la CCSS, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Su competencia incluye instituciones autónomas como la CCSS ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. También por los teléfonos 2501-8000 o 2501-8025 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si quiere cambiar la ley, existe la iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto y seguir el procedimiento ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas personas han sido remitidas a terapia bajo esta ley desde 2012.

El dossier no indica cuánto cuesta aplicar la ley ni de qué partida salen esos recursos.

El dossier no aclara si la CCSS tiene reglas de confidencialidad para los dictámenes que envía al juez.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley se apoya en el artículo 73 sobre seguros sociales, pero el dossier no aclara si la psicoterapia a agresores cabe en las finalidades de esos fondos. Tampoco regula la confidencialidad de los dictámenes clínicos frente al artículo 24.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor u órgano que aparece como presunto autor del agravio. Exprese el hecho u omisión, el derecho violado, el nombre del servidor y las pruebas. No requiere autenticación. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde se invoque la inconstitucionalidad como medio para amparar el derecho lesionado. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentarla si fue maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. También por los teléfonos 2501-8000 o 2501-8025. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Iniciativa popular: La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto y seguir el procedimiento. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9063: ATENCIÓN PSICOLÓGICA A PERSONAS AGRESORAS INSERTAS EN PROCESOS DE TODO TIPO DE VIOLENCIA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9063 en SINALEVI: Atención psicológica a personas agresoras insertas en procesos de todo tipo de violencia (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 08/08/2012. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=73204&param2=89698&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9063

Atención psicológica a personas agresoras insertas en procesos de todo tipo de violencia

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N° 9063

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE
COSTA RICA

DECRETA:

ATENCIÓN PSICOLÓGICA A
PERSONAS AGRESORAS INSERTAS

EN PROCESOS DE TODO TIPO
DE VIOLENCIA

ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene como fin ofrecer
una atención psicoterapéutica a las personas agresoras que se vean inmersas en
procesos de situaciones de violencia y promover así una atención psicológica
especializada, para que estas logren aprender a identificar, controlar y evitar
las formas de violencia física, emocional, sexual y patrimonial, causadas
intencionalmente o por negligencia.



ARTÍCULO 2.- Esta ley se aplicará cuando una
Autoridad Judicial identifique a personas ofensoras de conductas tipificadas
como violencia, en cualquiera de sus manifestaciones; así como de agresiones
que se realicen como práctica discriminatoria o de ejercicio de dominio o del
poder, por razón de género o cualquier otra, al tenor de las obligaciones
contraídas por el Estado en materia de los Derechos Humanos. Esta Autoridad, de
forma inmediata, deberá emitir una medida cautelar y notificarla de manera
prioritaria y expedita, por los medios a su alcance, a la sede de área de salud
respectiva de la
Caja Costarricense de Seguro Social, para que dicha instancia
asuma lo de su encargo.



ARTÍCULO 3.- El Estado sustentado
en el artículo 73 de la Constitución Política , se encargará de brindar
atención psicológica a las personas agresoras que estén insertas en este tipo
de experiencias patológicas, que sean remitidos por un juez como parte de una
medida cautelar. Es responsabilidad de la persona profesional en Psicología con
especialidad en psicología clínica designada, enviar a la autoridad judicial
que corresponda los dictámenes parciales de la evolución de la persona
referida, o sus conclusiones finales, para valorar el mantenimiento de las
medidas cautelares o para que se inicien otro tipo de procedimientos
judiciales. La Caja
Costarricense de Seguro Social podrá colaborar para el
cumplimiento de los objetivos de esta ley.



ARTÍCULO 4.- La Caja Costarricense de Seguro Social
brindará a las personas referidas en el artículo 2 de la presente ley, las
sesiones de psicoterapia, de tipo individual, o de trabajo terapéutico grupal,
serán realizadas por una persona profesional con un grado mínimo de
licenciatura en Psicología. La cantidad de sesiones de psicoterapia serán de
ocho como mínimo.



ARTÍCULO 5.- Se autoriza a la Caja Costarricense
de Seguro Social, así como al Ministerio de Salud, para utilizar convenios o
programas interinstitucionales con el fin de implementar o enriquecer los
tratamientos psicológicos establecidos en esta Ley; así como, establecer
acuerdos con las Universidades Públicas y Privadas, nacionales y extranjeras,
para que estudiantes avanzado/as de Licenciatura, Maestría o Doctorado en
Psicología, con la supervisión adecuada y de manera gratuita, apoyen
sustancialmente dichos programas de atención psicológica.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la
Presidencia de la República , San José, a los ocho días del mes de
agosto del año dos mil doce.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9063). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.