# Ley 9148: Ley 9148 reescribe el colegio de bibliotecólogos y deroga un inciso de la Ley 4770

- Página: https://elcenso.com/leyes/9148
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE PROFESIONALES EN BIBLIOTECOLOGÍA DE COSTA RICA.
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1

## En resumen

La Ley 9148 reemplaza la ley del Colegio de Bibliotecólogos y elimina un puesto reservado a colegiados en la Ley 4770.

## A quién le toca

- Profesionales en bibliotecología de Costa Rica, que tienen una nueva ley orgánica de colegio
- Miembros del Colegio de Licenciados y Profesores, que pierden el inciso g) del artículo 5 de la Ley 4770
- Personas que ocupaban el cargo que cubría ese inciso g)

## A quién beneficia

- El Colegio de Profesionales en Bibliotecología queda con una ley orgánica nueva
- La Ley 4770 deja de reservar el cargo del inciso g) a los colegiados

## Qué cambia

- La Ley 5402 queda derogada
- La Ley 4770 sigue vigente sin el inciso g) de su artículo 5
- La ley rige desde su publicación, el 9 de julio de 2013

## Cláusulas a revisar

- **Derogatoria de un inciso en otra ley** (2): El título habla del Colegio de Bibliotecología, pero el artículo 2 deroga un inciso de la Ley 4770, que rige a otro colegio profesional. Texto: "Se deroga el inciso g) del artículo 5 de la Ley N.º 4770, que modifica la Ley N.º 1231, Ley Orgánica del Colegio de Licenciados en Letras y Filosofía, de 24 de noviembre de 1950."

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 9148 reescribió por completo la Ley 5402, la ley orgánica del Colegio de Bibliotecólogos de Costa Rica, del 30 de abril de 1974 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1)). El texto nuevo se consulta aparte en SINALEVI, porque la ley lo trata como artículo independiente.

La ley también quitó el inciso g) del artículo 5 de la Ley 4770 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1)). Ese inciso reservaba un cargo a los miembros del Colegio de Licenciados y Profesores [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=53586&param2=115075&param3=1).

Además, derogó la Ley 5402, la ley orgánica anterior del Colegio de Bibliotecólogos ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1)). Se firmó en San José el 9 de julio de 2013.

### A quién le toca

A los profesionales en bibliotecología de Costa Rica. La ley les cambia la ley orgánica del colegio que los agrupa ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1)).

A los miembros del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras y Filosofía, Ciencias y Artes. La ley les quita el inciso g) del artículo 5 de la Ley 4770 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1)).

A las personas que ocupaban el cargo que cubría ese inciso g). El dossier no dice cuál era ese cargo, porque el texto citado de la Ley 4770 no lo incluye [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=53586&param2=115075&param3=1).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1).

La Ley 5402 aparece como derogada [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=9911&param2=93300&param3=1). La Ley 4770 sigue vigente, pero sin el inciso g) de su artículo 5 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=53586&param2=115075&param3=1). La Ley 1231 también aparece como derogada [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=53599&param2=58508&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque entre la Ley 9148 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 121 dice que a la Asamblea Legislativa le toca dictar las leyes, reformarlas y derogarlas ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La Ley 9148 reforma la Ley 5402 y deroga su texto anterior ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1)). Eso calza con esa atribución.

El artículo 79 garantiza la libertad de enseñanza y pone los centros docentes privados bajo inspección del Estado ([Constitución, art. 79](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca ese punto.

El artículo 89 incluye entre los fines culturales de la República apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no regula ese apoyo.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una autoridad pública viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o un principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para presentarla, por regla general debe existir un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde se invoque esa inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). No hace falta ese caso pendiente cuando se defienden intereses difusos o la naturaleza del asunto no causa lesión individual y directa.

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Se puede hacer en persona, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuál era el cargo que reservaba el inciso g) del artículo 5 de la Ley 4770.

El dossier no incluye el texto completo de la nueva ley orgánica del Colegio de Profesionales en Bibliotecología, porque SINALEVI lo remite a un sistema aparte.

El dossier no trae grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley usa la potestad de la Asamblea para reformar y derogar leyes. El Censo no encontró choque con los artículos del dossier.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o el órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se puede presentar mientras subsista la violación y hasta dos meses después de que cesen sus efectos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Por regla general debe existir un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde se invoque la inconstitucionalidad. No hace falta cuando se defienden intereses difusos o no hay lesión individual y directa. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. La Defensoría protege los derechos e intereses de los habitantes ante las instituciones públicas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9148: LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE PROFESIONALES EN BIBLIOTECOLOGÍA DE COSTA RICA.. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 4770: Ley Orgánica del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras y Filosofía, Ciencias y Artes. (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 13/10/1972. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=53586&param2=115075&param3=1
3. Ley 9148 en SINALEVI: Aprueba Ley Orgánica del Colegio de Bibliotecólogos de Costa Rica (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 09/07/2013. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=75285&param2=93296&param3=1
4. Ley 5402: Ley Orgánica del Colegio de Bibliotecarios de Costa Rica (Derogado). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 30/04/1974. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=9911&param2=93300&param3=1
5. Ley 1231: Ley Orgánica del Colegio de Licenciados en Letras y Filosofía. (Derogado). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 24/11/1950. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=53599&param2=58508&param3=1
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9148

Aprueba Ley Orgánica del Colegio de Bibliotecólogos de Costa Rica

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N° 9148

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE PROFESIONALES

EN BIBLIOTECOLOGÍA DE COSTA RICA

ARTÍCULO 1.- Se
reforma de manera integral la
Ley N.º 5402, Ley Orgánica del Colegio de Bibliotecólogos de
Costa Rica, de 30 de abril de 1974. El texto dirá:

(Nota de Sinalevi: Por tener artículo independiente
La ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Bibliotecología de Costa Rica , debe de consultarse en el
sistema de forma independiente)



ARTÍCULO 2.- Se
deroga el inciso g) del artículo 5 de la Ley N.º 4770, que modifica la Ley N.º 1231, Ley
Orgánica del Colegio de Licenciados en Letras y Filosofía, de 24 de noviembre
de 1950.



ARTÍCULO 3.- Se deroga la Ley N.º 5402, Ley
Orgánica del Colegio de Bibliotecólogos de Costa Rica, de 30 de abril de 1974.

Rige a partir
de su publicación.

Dado en la
Presidencia de la República, San José, a los nueve días del mes de julio del
año dos mil trece.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9148). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.