# Ley 9174: Santa Bárbara regala un Buick de 1994 a la funeraria del cantón

- Página: https://elcenso.com/leyes/9174
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA DE HEREDIA PARA QUE DESAFECTE Y DONE UN VEHÍCULO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN FUNERARIA BARBAREÑA.
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1

## En resumen

Una ley de 2013 autoriza a la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia a donar un vehículo viejo a la Asociación Funeraria Barbareña, sin pagar traspaso ni registro.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, que puede donar el vehículo
- La Asociación Funeraria Barbareña, que recibe el vehículo sin pagar traspaso ni registro

## A quién beneficia

- La Asociación Funeraria Barbareña recibe un Buick roadmaster 1994 sin pagar derechos de registro ni impuesto de traspaso
- La Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia queda autorizada para deshacerse de un vehículo de su propiedad

## Qué cambia

- El vehículo donado no paga derechos de registro ni impuesto de traspaso
- La ley rige desde su publicación, el 1 de noviembre de 2013
- La ley sigue vigente según SINALEVI, sin observaciones

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio directo a una asociación con nombre propio** (1): La ley no es general: autoriza una donación específica de un vehículo identificado por placa y chasis a una asociación con cédula jurídica propia. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, cédula jurídica número tres - cero uno cuatro - cero cuatro dos cero nueve seis (N.º 3-014-042096), para que done a la Asociación Funeraria Barbareña, cédula jurídica número tres - cero cero dos - cero ocho siete tres ocho nueve ( N.º 3-002- 087389), el vehículo de su propiedad"
- **Exención de impuestos y derechos de registro** (2): La donación no paga derechos de registro ni impuesto de traspaso, un costo que deja de ingresar y que la ley no cuantifica. Texto: "La referida donación no pagará derechos de registro ni impuesto de traspaso."

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia puede donar un carro suyo a la Asociación Funeraria Barbareña. La autorización la da el artículo 1 de la ley ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)).

El carro es un Buick roadmaster modelo 1994, color azul, placa SM-003760, tipo station wagon o familiar, para cinco pasajeros ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)). El número de motor no es visible y el número de chasis es 1G4BR82PXRR435944.

La donación no paga derechos de registro ni impuesto de traspaso ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)).

La ley rige desde su publicación, el 1 de noviembre de 2013 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)).

### A quién le toca

A la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, cédula jurídica 3-014-042096, que queda autorizada para hacer la donación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)).

A la Asociación Funeraria Barbareña, cédula jurídica 3-002-087389, que recibe el vehículo y no paga traspaso ni registro ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1).

El texto que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea: la autorización de donación y la exención de traspaso y registro [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1) ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y la Constitución del dossier.

La Constitución dice que la propiedad es inviolable y que a nadie se le puede quitar la suya si no es por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí la Municipalidad dona un bien propio por decisión de la Asamblea, y la ley no obliga a quitarle nada a ningún particular.

La Constitución también dice que las municipalidades son autónomas ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) y que administran los intereses y servicios locales ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no le impone a la Municipalidad una decisión sobre sus finanzas: la autoriza a donar. Esa autorización es una excepción puntual a la regla de que los bienes municipales se manejan por presupuesto, y el presupuesto municipal necesita aprobación de la Contraloría ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

La ley se tramitó como ley de la República, con los debates y la sanción que pide la Constitución para convertirse en ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si vive en Santa Bárbara y quiere saber en qué se usó el carro o si la donación se hizo, puede pedir información a la Municipalidad. La guía no detalla un trámite específico para pedir cuentas de una donación municipal.

Si cree que un acto concreto de la Municipalidad o de la funeraria viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. La guía pide que exista un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando no haya lesión individual y directa o se defiendan intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en la Municipalidad, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa presupuestos de municipalidades y recibe denuncias por escrito o verbalmente en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si un servicio público le funciona mal, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos de mal funcionamiento de instituciones públicas, y las municipalidades forman parte del sector público ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la donación ya se hizo ni en qué fecha.

El dossier no dice para qué usa la Asociación Funeraria Barbareña el vehículo.

El dossier no incluye el expediente legislativo ni los debates de la Asamblea sobre esta ley.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la autorización de donación y los artículos constitucionales del dossier. La ley autoriza a una municipalidad a donar un bien propio y exime el traspaso de impuestos; la Constitución protege la propiedad privada, reconoce la autonomía municipal y exige que las leyes se tramiten con los debates y la sanción correspondientes.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se expresa el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor o del órgano y las pruebas. No requiere autenticación. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se trate de intereses difusos. Se plantea contra leyes y otras disposiciones generales. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta por escrito o verbalmente en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club; por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025; por el portal institucional; o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por mal funcionamiento de una institución pública o de sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9174: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA DE HEREDIA PARA QUE DESAFECTE Y DONE UN VEHÍCULO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN FUNERARIA BARBAREÑA.. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9174 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Santa Bárbara de heredia para que desafecte y done un vehículo de su propiedad a la Asociación Funeraria Barbareña (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 01/11/2013. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=76229&param2=95070&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9174

Autorización a la Municipalidad de Santa Bárbara de heredia para que desafecte y done un vehículo de su propiedad a la Asociación Funeraria Barbareña

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N° 9174

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA

BÁRBARA DE HEREDIA PARA QUE DESAFECTE

Y DONE UN VEHÍCULO DE SU PROPIEDAD

A LA ASOCIACIÓN FUNERARIA

BARBAREÑA

ARTÍCULO 1.-

Se
autoriza a la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, cédula jurídica número
tres - cero uno cuatro - cero cuatro dos cero nueve seis (N.º 3-014-042096),
para que done a la Asociación Funeraria Barbareña, cédula jurídica número tres
- cero cero dos - cero ocho siete tres ocho nueve ( N.º 3-002- 087389), el
vehículo de su propiedad que tiene las siguientes características: marca:
Buick, estilo: roadmaster, modelo: 1994, placa: SM–003760, número de motor: no
visible, color: azul, número de chasis: 1G4BR82PXRR435944, categoría:
automóvil, carrocería: “station wagon” o familiar, capacidad: cinco pasajeros.



ARTÍCULO
2.-

La
referida donación no pagará derechos de registro ni impuesto de traspaso.

Rige a
partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el primer día del mes
de noviembre del año dos mil trece.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9174). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.