# Ley 9235: Caldera ya es el distrito sexto de Esparza

- Página: https://elcenso.com/leyes/9235
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: CREACIÓN DEL DISTRITO 6º, CALDERA, DEL CANTÓN DE ESPARZA, PROVINCIA DE PUNTARENAS
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1

## En resumen

La ley crea el distrito de Caldera en Esparza, con Mata de Limón como cabecera, y le da representación propia en el concejo municipal.

## A quién le toca

- Los habitantes de los 22 caseríos del distrito 6º de Esparza
- El concejo municipal de Esparza, que suma un distrito
- El Instituto Geográfico Nacional, obligado a elaborar el mapa oficial

## A quién beneficia

- El distrito de Caldera tiene cabecera propia en Mata de Limón
- Los caseríos del distrito quedan con límites fijados en la ley
- El distrito nuevo tiene representación en el concejo municipal de Esparza, según el video

## Qué cambia

- El Instituto Geográfico Nacional debe declarar oficial el mapa del distrito
- La ley rige desde su publicación
- SINALEVI mantiene la ley vigente sin observaciones de la Procuraduría

## Explicación

### Qué cambia

La ley crea el distrito 6º del cantón de Esparza, en Puntarenas, y lo llama Caldera ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)).

El distrito tiene límites fijados con coordenadas y ríos, según tres hojas cartográficas del Instituto Geográfico Nacional llamadas Juntas, San Lorenzo y Chapernal ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)). Al norte colinda con el cantón de Puntarenas, distritos de Espíritu Santo y San Juan Grande, desde la boca del río Barranca. Al este llega hasta la desembocadura del río Jesús María en el océano Pacífico, y al oeste corre por la costa rumbo norte hasta la boca del río Barranca.

La cabecera es Mata de Limón ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)). El distrito tiene 22 caseríos: Mata de Limón, Hacienda Salinas, Cambalache, Tivives, Caldera, Quebrada Honda, San Antonio, Cabezas, Finca Cortijo, Hacienda La Moncha, Hacienda Playa Linda, Cuesta Jocote, Finca Brazo Seco, Cascabel, Corralillo, Figueroa, Jesús María (Estación), Hacienda Mata de Guinea, Silencio, Villanueva, Guardianes de la Piedra y Alto de las Mesas.

El Instituto Geográfico Nacional debe interpretar, elaborar y declarar oficial el mapa del nuevo distrito, con los límites del artículo 2 ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)). El texto dice que se firmó en Puntarenas el 6 de mayo de 2014.

### A quién le toca

A los habitantes de los 22 caseríos que quedan dentro de los límites del artículo 2, porque ahora viven en el distrito 6º de Esparza ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)).

Al concejo municipal de Esparza, que suma un distrito más a su cantón ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)).

Al Instituto Geográfico Nacional, que tiene la obligación de elaborar y declarar oficial el mapa del distrito ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Los diputados aprobaron la creación del distrito de forma unánime ([video, 00:00:11](https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s&t=11s)).

El video atribuye la iniciativa al diputado puntarenense Rodolfo Sotomayor Aguilar ([video, 00:00:18](https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s&t=18s)).

Sobre Caldera, el video dice que se convirtió en uno de los puertos más importantes de América Central y América Latina, y que la ruta 27 aceleró el desarrollo económico, político y social de la zona ([video, 00:00:23](https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s&t=23s)).

En la grabación, el diputado dice que la comunidad se organizó y acudió a su despacho: "hemos venido trabajando con ellos no solo en la creación del distrito sino también en el tema de de ciudades litorales" ([video, 00:00:48](https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s&t=48s)).

También afirma que a una comunidad con el principal puerto del Pacífico "le estamos dando también una representación en el consejo municipal de Esparza" ([video, 00:01:07](https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s&t=67s)). Y agrega: "van a tener la responsabilidad de administrar sus propios recursos y destinar esos recursos y presupuestos a las necesidades que ellos conocen" ([video, 00:01:14](https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s&t=74s)).

En la misma sesión, según el video, los legisladores aprobaron el tratado de extradición con Perú y la ley de impuestos municipales del cantón del guarco ([video, 00:01:22](https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s&t=82s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente y SINALEVI registra una sola versión de la norma [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1). La Procuraduría General de la República no le puso observaciones.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre esta ley y la Constitución del dossier.

La Constitución permite dividir el territorio en provincias, cantones y distritos, y deja que la ley haga distribuciones especiales ([Constitución, art. 168](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley hace justo eso: crea un distrito dentro de un cantón que ya existe ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)).

La Constitución pide dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El video dice que la aprobación fue unánime ([video, 00:00:11](https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s&t=11s)), pero el dossier no muestra el detalle de los debates ni la publicación.

La Constitución también dice que la administración de los intereses locales de cada cantón está a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El distrito nuevo no cambia eso: sigue dentro del cantón de Esparza ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución pública le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Lo puede interponer cualquier persona, contra el servidor o el órgano que causó el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se presenta por memorial, telegrama u otro medio escrito, sin otras formalidades ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que esta ley o una disposición general choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para plantearla hace falta un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos o no hay lesión individual y directa.

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades, entre otros entes ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La denuncia se presenta en la plataforma de servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Si quiere cambiar esta ley, puede proponer una reforma por iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y la Asamblea debe votarlo en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación en La Gaceta.

El dossier no dice cuántos habitantes tiene el nuevo distrito.

El dossier no dice si el Instituto Geográfico Nacional ya declaró oficial el mapa del distrito.

El dossier no dice cómo quedó la distribución de regidores del cantón de Esparza tras crear el distrito.

## Frente a la Constitución

La ley crea un distrito dentro de un cantón existente, algo que la Constitución permite. El Censo no encontró choque con los artículos del dossier.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Lo presenta cualquier persona, por memorial, telegrama u otro medio escrito, contra el servidor o el órgano que causó el agravio (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo intereses difusos o ausencia de lesión individual y directa (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: La presenta cualquier persona que habite en Costa Rica (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: En la plataforma de servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Iniciativa popular para reformar la ley: Se redacta el proyecto con asesoría gratuita de la Oficina de Iniciativa Popular y la Asamblea debe votarlo en un plazo máximo de dos años (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 9235: CREACIÓN DEL DISTRITO 6º, CALDERA, DEL CANTÓN DE ESPARZA, PROVINCIA DE PUNTARENAS. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Nuevo distrito para Esparza de Puntarenas. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2014-04-08. https://www.youtube.com/watch?v=VeOk3_yRF5s
3. Ley 9235 en SINALEVI: Crea el distrito 6°, Caldera del Cantón de Esparza Provincia de Puntarenas (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 06/05/2014. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=77662&param2=97472&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9235

Crea el distrito 6°, Caldera del Cantón de Esparza Provincia de Puntarenas

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N° 9235

LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA

DE COSTA RICA

DECRETA:

CREACIÓN DEL
DISTRITO 6º, CALDERA, DEL CANTÓN

DE ESPARZA,
PROVINCIA DE PUNTARENAS

ARTÍCULO 1.- Creación

Se crea el distrito 6º del cantón Central de Esparza, provincia de Puntarenas,
el cual se denominará Caldera.



ARTÍCULO 2.- Límites

Según las hojas cartográficas a escala 1:50000, editadas por el
Instituto Geográfico Nacional y denominadas Juntas, San Lorenzo y Chapernal,
este distrito limita al norte con el cantón de Puntarenas, distritos de
Espíritu Santo y San Juan Grande, partiendo de la boca del río Barranca, aguas
arriba hasta ingresar por la Quebrada Honda hasta el punto de las coordenadas
215450N-462100E; luego se dirige hacia el este por la mayor depresión del
terreno hasta el punto de las coordenadas 215375N-462550E sobre el camino que
conduce de Juanilama a Caldera, punto desde el cual se desciende hacia el
sureste hasta la naciente de una quebrada intermitente, cuyas aguas llegan a
río Paires y luego hasta el río Jesús María; al este, desde la unión del río
Paires y río Jesús María hasta la desembocadura en el océano Pacífico; al sur
limita con la desembocadura del río Jesús María y, al oeste, el límite va desde
la desembocadura del río Jesús María, continuando por la costa rumbo norte
hasta la boca del río Barranca.



ARTÍCULO 3.- Cabecera y caseríos

El distrito de Caldera contará con los siguientes caseríos: Mata de
Limón, que será la cabecera, Hacienda Salinas, Cambalache, Tivives, Caldera,
Quebrada Honda, San Antonio, Cabezas, Finca Cortijo, Hacienda La Moncha,
Hacienda Playa Linda, Cuesta Jocote, Finca Brazo Seco, Cascabel, Corralillo,
Figueroa, Jesús María (Estación), Hacienda Mata de Guinea, Silencio,
Villanueva, Guardianes de la Piedra y Alto de las Mesas.



ARTÍCULO 4.- Mapas

El Instituto Geográfico Nacional deberá interpretar, elaborar y declarar
oficial el mapa del distrito creado por esta ley, de conformidad con los
límites establecidos en el artículo 2 de esta ley.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la provincia de Puntarenas, a los seis día del mes de mayo del
año dos mil catorce.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9235). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.