# Ley 9262: Barva puede donar un lote de 2.460 m² al centro diurno de la tercera edad

- Página: https://elcenso.com/leyes/9262
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICPALIDAD DE BARVA PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN INTEGRAL DE LA TERCERA EDAD DE BARVA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Barva a segregar y donar un terreno de su propiedad a la Asociación Pro-Atención Integral de la Tercera Edad de Barva, sin impuestos ni tasas, y con reversión al municipio si el lote cambia de uso.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Barva, que debe segregar y donar el lote de la finca 57495-000.
- La Asociación Pro-Atención Integral de la Tercera Edad de Barva, cédula jurídica 3-002-087276, que recibe el lote.
- Las personas adultas mayores de Barva que usan el Centro Diurno de la Tercera Edad de Barva.
- La Notaría del Estado, que otorga la escritura y corrige errores del Registro Nacional.

## A quién beneficia

- La Asociación recibe un lote de 2.460,80 metros cuadrados sin pagar impuestos, tasas ni contribuciones.
- El traspaso se hace ante la Notaría del Estado y queda exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones.
- La Notaría del Estado puede corregir los errores que señale el Registro Nacional.

## Qué cambia

- El lote solo se puede usar para el Centro Diurno de la Tercera Edad de Barva y las oficinas de la Asociación.
- Si la Asociación se disuelve o el inmueble se destina a otro uso no autorizado, el bien vuelve de pleno derecho a la Municipalidad de Barva de Heredia.
- La municipalidad se reserva el resto de la finca madre.
- El traspaso no genera ingresos por impuestos, tasas ni contribuciones registrales.

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio a una asociación con nombre y cédula** (1): La ley nombra a una sola asociación como donataria del lote, con su cédula jurídica, y no abre la donación a otras organizaciones. Texto: "segregue y done a la Asociación Pro-Atención Integral de la Tercera Edad de Barva, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cero ocho siete dos siete seis (Nº 3-002-087276)"
- **Exención total de impuestos y tasas** (2): El traspaso queda exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, registrales o de cualquier otra índole. El dossier no dice cuánto se deja de recaudar. Texto: "el traspaso estará exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, tanto registrales como de cualquier otra índole"
- **La Notaría del Estado corrige errores del Registro** (2): La ley autoriza a la Notaría del Estado para corregir los posibles errores que señale el Registro Nacional, sin detallar qué tipo de errores ni con qué control. Texto: "se autoriza a la Notaría del Estado para que corrija los posibles errores que señale el Registro Nacional"

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Barva queda autorizada a separar de una finca suya un lote y donarlo a la Asociación Pro-Atención Integral de la Tercera Edad de Barva ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)). La finca madre está inscrita en el Registro Nacional, partido de Heredia, folio real matrícula 57495-000, y es un terreno de potrero, árboles de ciprés e higuerones situado en Barva, distrito primero del cantón segundo de Heredia.

El lote que se dona mide 2.460,80 metros cuadrados y se describe como terreno de solar. Linda al norte con el resto de la finca madre que se reserva la municipalidad donante, al sur con Mauricio Carballo Quirós y otros, al este con calle pública y al oeste con Río Segundo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)). El plano catastrado es el número 4-1141925-2007.

El lote tiene un destino fijo: solo se puede usar para construir, ampliar y mantener las instalaciones del Centro Diurno de la Tercera Edad de Barva y las oficinas de la Asociación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)). Si la Asociación se disuelve o el inmueble se destina a otro uso no autorizado en la ley, el bien vuelve de pleno derecho a ser propiedad de la Municipalidad de Barva de Heredia.

La escritura se hace ante la Notaría del Estado y el traspaso está exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, tanto registrales como de cualquier otra índole ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)). La misma Notaría del Estado queda autorizada para corregir los posibles errores que señale el Registro Nacional.

La ley rige a partir de su publicación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

### A quién le toca

A la Municipalidad de Barva, que es la que segrega y dona el lote de su finca 57495-000 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

A la Asociación Pro-Atención Integral de la Tercera Edad de Barva, cédula jurídica 3-002-087276, que recibe el lote y queda obligada a usarlo solo para el Centro Diurno y sus oficinas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

A las personas adultas mayores de Barva que usan o usarán el Centro Diurno de la Tercera Edad de Barva, porque el lote se destina a esas instalaciones ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

A la Notaría del Estado, que hace la escritura y puede corregir los errores que señale el Registro Nacional ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no anota observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1). El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el aprobado: misma finca, mismo lote, misma asociación y misma exención de impuestos ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier. La ley autoriza a una municipalidad a disponer de un bien suyo, y la Constitución reconoce a las corporaciones municipales como autónomas ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). También les encarga la administración de los intereses y servicios locales ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

Hay un punto que conviene mirar de cerca. La Constitución dice que la propiedad es inviolable y que a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay privación a un particular: el municipio dona un bien propio, y la propia ley fija el interés público (el centro diurno) y la reversión si se incumple ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

Sobre el trámite, la Constitución exige dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto indica que la ley rige desde su publicación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si vive en Barva y le preocupa cómo se usa el lote, puede pedir información a la Municipalidad de Barva sobre el estado de la segregación y la escritura. La ley pone la escritura en manos de la Notaría del Estado y exime el traspaso de impuestos y tasas ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1)).

Si cree que el lote se está usando para algo distinto al Centro Diurno o a las oficinas de la Asociación, puede denunciarlo ante la Contraloría General de la República, que fiscaliza el uso de fondos públicos y revisa los presupuestos de las municipalidades. La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o por los teléfonos 2501-8000 y 2501-8025 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

También puede acudir a la Defensoría de los Habitantes, que protege los derechos e intereses de quienes habitan en Costa Rica ante el mal funcionamiento de las instituciones públicas, incluidas las municipalidades ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si un acto concreto de la municipalidad o de la Asociación viola un derecho fundamental, existe el recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si lo que quiere es cambiar la ley, la vía es la iniciativa popular: un proyecto de ley puede presentarse con el respaldo de al menos un cinco por ciento (5%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral ([Constitución, art. 105](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la segregación ya se inscribió ni si la escritura ya se otorgó.

El dossier no dice cuánto vale el lote ni cuánto se deja de cobrar por la exención de impuestos y tasas.

El dossier no dice si la Asociación ya construyó el Centro Diurno.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo. La ley dispone de un bien municipal propio, con un destino fijo y reversión, y la Constitución reconoce la autonomía municipal y la administración de los intereses locales.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presente la denuncia en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o llame al 2501-8000 o al 2501-8025. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Presente la queja ante la Defensoría de los Habitantes, que protege los derechos e intereses de todas las personas que habitan en Costa Rica. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Se expresa el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Iniciativa popular para proponer una reforma: Reúna al menos el cinco por ciento (5%) de las firmas de ciudadanos inscritos en el padrón electoral. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9262: AUTORIZACIÓN A LA MUNICPALIDAD DE BARVA PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN INTEGRAL DE LA TERCERA EDAD DE BARVA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9262 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Barva para que segregue y done un terreno de su propiedad a la Asociación Pro-Atención integral de la Tercera Edad de Barva (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 31/07/2014. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=78215&param2=98474&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9262

Autorización a la Municipalidad de Barva para que segregue y done un terreno de su propiedad a la Asociación Pro-Atención integral de la Tercera Edad de Barva

-Usted está en la última versión de la norma-

Ir a la última versión

Anterior

Versión de la Norma: 1 de 1

Siguiente

N° 9262

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE BARVA

PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO

DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN

PRO-ATENCIÓN INTEGRAL DE LA

TERCERA EDAD DE BARVA

ARTÍCULO 1.-

Se autoriza a la Municipalidad de Barva para que, de
su propiedad inscrita en el Registro Nacional, partido de Heredia, bajo el
sistema de folio real matrícula número cinco siete cuatro nueve cinco-cero cero
cero (Nº 57495-000), que es terreno de potrero, árboles de ciprés e higuerones,
situado en Barva, distrito primero del cantón segundo de la provincia de
Heredia, cuyos linderos son: al norte, en parte río Segundo y en otra Rudecindo
Vega Salas; al sur, Juan Pérez González; al este, calle pública con un frente
de setenta y tres metros y sesenta y seis centímetros (73,66 m) y, al oeste,
Río Segundo, y una cabida de cuatro mil setecientos noventa metros con
dieciséis decímetros cuadrados (4790,16m 2 ), segregue y
done a la Asociación Pro-Atención Integral de la Tercera Edad de Barva, cédula
jurídica número tres-cero cero dos-cero ocho siete dos siete seis (Nº
3-002-087276), el lote que se describe de la siguiente manera: terreno de
solar; linda al norte con el resto de la finca madre que se reserva la municipalidad
donante; al sur, con Mauricio Carballo Quirós y otros; al este, calle pública
y, al oeste, Río Segundo. Mide dos mil cuatrocientos sesenta metros con ochenta
decímetros cuadrados (2460,80 m 2 ), de
conformidad con el plano catastrado número cuatro-uno uno cuatro uno nueve dos
cinco-dos cero cero siete (Nº 4-1141925-2007).

El lote donado se destinará exclusivamente a la
construcción, ampliación y mantenimiento de las instalaciones del Centro Diurno
de la Tercera Edad de Barva y las oficinas de la Asociación. En caso de que la
Asociación donataria llegue a disolverse o el inmueble se destine a otro uso no
autorizado en la presente ley, el bien donado volverá de pleno derecho a ser
propiedad de la Municipalidad de Barva de Heredia.



ARTÍCULO 2.-

La escritura correspondiente se efectuará ante la
Notaría del Estado y el traspaso estará exento de todo tipo de impuestos, tasas
o contribuciones, tanto registrales como de cualquier otra índole. Asimismo, se
autoriza a la Notaría del Estado para que corrija los posibles errores que
señale el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los treinta y un
días del mes de julio del año dos mil catorce.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9262). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.