El Censo
Ley9275Vigente
Ley

Barva puede donar un lote de 216 metros a la Asociación de Mujeres Barveñas

La ley quita el uso comunal a un lote en Barva centro y autoriza a la Municipalidad a donarlo a la Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso.

Título oficial DESAFECTACIÓN DE UN INMUEBLE Y AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE BARVA DE HEREDIA PARA QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN DE MUJERES BARVEREÑAS PARA EL PROGRESO

Atención: La ley quita el uso comunal a un lote de 216,04 metros cuadrados en Barva centro y lo dirige a una asociación específica.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso

    La ley autoriza donar el lote a una asociación específica, no a cualquier grupo de mujeres.

    Se autoriza a la Municipalidad de Barva para que done la propiedad desafectada, según el párrafo anterior, a la Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso
    1, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • La Municipalidad de Barva, dueña del lote que ahora puede donar
  • La Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso, que recibe el terreno
  • Las mujeres barveñas, en especial las jefas de hogar
  • Los vecinos del distrito primero de Barva, que pierden un lote de facilidad comunal

A quién beneficia

  • La Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso puede recibir un lote de 216,04 metros cuadrados
  • Las jefas de hogar de Barva son las destinatarias de las instalaciones

Qué cambia

  • El lote deja de ser facilidad comunal
  • Si la asociación se disuelve, el terreno vuelve a la Municipalidad
  • Si el inmueble se usa para otra cosa, vuelve a la Municipalidad
  • La Ley 8885 queda derogada

La explicación completa

Qué cambia

La ley desafecta un lote municipal en Barva centro. Eso significa que el terreno deja de estar destinado a facilidades comunales y pasa a poder donarse. (art. 1)

El lote mide 216,04 metros cuadrados. Está en el distrito primero de Barva, cantón segundo de Barva, provincia de Heredia. (art. 1)

La Municipalidad de Barva queda autorizada para donar ese terreno a la Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso. La cédula jurídica de la asociación es 3-002-411349. (art. 1)

El inmueble donado solo sirve para construir las instalaciones de la asociación. Ahí se atenderá a las mujeres barveñas, en especial a las jefas de hogar. (art. 2)

Si la asociación se disuelve, el terreno vuelve a ser propiedad de la Municipalidad de Barva. Lo mismo pasa si el inmueble se destina a otro uso no autorizado en esta ley. (art. 2)

La ley deroga la Ley 8885, del 1 de noviembre de 2010, que hacía algo parecido con un lote. (art. 3)

La ley rige desde su publicación. El texto está dado en San José el 27 de octubre de 2014. (art. 3)

A quién le toca

A la Municipalidad de Barva, que es dueña del lote y ahora puede donarlo. (art. 1)

A la Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso, que recibe el terreno si la Municipalidad hace la donación. (art. 1)

A las mujeres barveñas, en especial a las jefas de hogar, que son las destinatarias de las instalaciones. (art. 2)

A los vecinos del distrito primero de Barva, porque el lote deja de ser facilidad comunal. (art. 1)

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones. 2

La Ley 8885, la anterior sobre este mismo tema, aparece como derogada. 3

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y la Constitución del dossier. Hay dos puntos que conviene mirar.

El artículo 45 dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley". Constitución, art. 45 Aquí no se quita propiedad a un particular: el lote ya es municipal y se dona a una asociación. (art. 1)

El artículo 169 pone la administración de los intereses locales a cargo del Gobierno Municipal. Constitución, art. 169 La ley autoriza a la Municipalidad de Barva a hacer la donación, así que la decisión final queda en manos del municipio. (art. 1)

El artículo 33 prohíbe la discriminación contraria a la dignidad humana. Constitución, art. 33 La ley dirige el inmueble a la atención de mujeres barveñas, en especial jefas de hogar. (art. 2) Esa preferencia viene del texto aprobado por la Asamblea y no se puede leer como un choque automático con el artículo 33.

Qué puede hacer usted

Si vive en Barva y le preocupa el uso de ese lote, puede pedir información a la Municipalidad sobre el estado de la donación. La guía explica que el plan regulador define los usos del suelo y las facilidades comunales del cantón. guía, p. 66

Puede pedir un cabildo. La guía dice que el cabildo es la reunión pública del Concejo Municipal a la que los habitantes son invitados a discutir asuntos de interés para la comunidad. guía, p. 37

Puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de recursos públicos. La guía indica que la Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades. guía, p. 68

Puede acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le falla en un servicio. La guía dice que cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja. guía, p. 71

Si un acto concreto de la Municipalidad viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo. La guía dice que cualquier persona puede interponerlo. guía, p. 22

Lo que no sabemos

El dossier no dice si la Municipalidad de Barva ya hizo la donación.

El dossier no dice en qué fecha exacta se publicó la ley en el Diario Oficial.

El dossier no incluye el texto completo de la Ley 8885 derogada.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

El Censo no encontró un choque claro. La ley autoriza a la Municipalidad a donar un lote que ya es municipal, y deja la decisión en manos del municipio.

  1. Constitución, art. 45"La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley."
    Esta ley, art. 1"Se desafecta el inmueble propiedad de la Municipalidad del cantón de Barva de Heredia"

    Sin choque aparente El lote ya es municipal. La ley no quita propiedad a un particular, así que no se ve una privación que exija indemnización.

  2. Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal"
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad de Barva para que done la propiedad desafectada"

    Sin choque aparente La ley autoriza a la Municipalidad a hacer la donación. La decisión final queda en el municipio, que administra los intereses locales.

  3. Constitución, art. 33"Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana."
    Esta ley, art. 2"para la atención de las mujeres barveñas y en especial de las jefas de hogar"

    Hay dudas La ley dirige el inmueble a la atención de mujeres barveñas. Esa preferencia viene del texto aprobado y no se puede leer como un choque automático con el artículo 33.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 9275: DESAFECTACIÓN DE UN INMUEBLE Y AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE BARVA DE HEREDIA PARA QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN DE MUJERES BARVEREÑAS PARA EL PROGRESO Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 9275 en SINALEVI: Desafectación de un inmueble y autorización a la Municipalidad del Cantón de Barva de Heredia para que lo done a la Asociación de Mujeres Barveñas para el progreso (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 27/10/2014
  3. Ley 8885: Desafectación de un lote propiedad de la Municipalidad del Cantón de Barva de Heredia y autorización para que ésta lo done a la Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso (Derogado) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 01/11/2010
  4. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-05. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 9275

Desafectación de un inmueble y autorización a la Municipalidad del Cantón de Barva de Heredia para que lo done a la Asociación de Mujeres Barveñas para el progreso

-Usted está en la última versión de la norma-

Ir a la última versión

Anterior

Versión de la Norma: 1 de 1

Siguiente

N° 9275

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DESAFECTACIÓN DE UN INMUEBLE Y AUTORIZACIÓN

A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE BARVA DE

HEREDIA PARA QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN

DE MUJERES BARVEÑAS PARA EL PROGRESO

ARTÍCULO 1.- Se desafecta el inmueble propiedad de la Municipalidad del cantón de Barva de Heredia, cédula jurídica número tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos cero ocho nueve (N.º 3-014-042089), inscrito en el Registro Público, partido de Heredia, matrícula de folio real número dos cero nueve cero tres cero–cero cero cero (Nº 209030-000), que tiene las siguientes características: lote destinado a facilidades comunales, situado en la provincia de Heredia; distrito 1º, Barva; cantón II, Barva. Los linderos son: al norte, parque infantil; al sur, Gilberto Enrique Garita Esquivel; al este, Javier Herrera Zárate y, al oeste, calle pública con un frente de nueve metros setenta y cinco centímetros (9,75 m). La finca mide doscientos dieciséis metros cuadrados con cuatro decímetros cuadrados (216,04 m 2 ). Todo de conformidad con el plano catastrado número H-uno dos cuatro uno nueve uno cuatro-dos cero cero siete (H-1241914-2007).

Se autoriza a la Municipalidad de Barva para que done la propiedad desafectada, según el párrafo anterior, a la Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso, cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cuatro uno uno tres cuatro nueve (N.º 3-002-411349).

ARTÍCULO 2.- El inmueble donado se destinará a la construcción de las instalaciones de la Asociación Mujeres Barveñas para el Progreso, para la atención de las mujeres barveñas y en especial de las jefas de hogar. En caso de que la Asociación donataria llegue a disolverse o el inmueble se destine a otro uso no autorizado en la presente ley, el bien donado volverá de pleno derecho a ser propiedad de la Municipalidad del cantón de Barva de Heredia.

ARTÍCULO 3.- Se deroga la Ley Nº 8885, Desafectación de un Lote Propiedad de la Municipalidad del Cantón de Barva de Heredia y Autorización para que esta lo Done a la Asociación de Mujeres Barveñas para el Progreso, de 1 de noviembre de 2010.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil catorce.

Observaciones

¿Vio algo que no calza?

Si encontró un error, sabe algo que falta o leyó una noticia sobre esta ley, cuéntenos. No se publica: lo lee el equipo y lo revisamos contra las fuentes antes de cambiar nada.

¿Qué opina usted?

0 comentarios

Nadie ha comentado todavía. Puede ser el primero.

0/1200