# Ley 9349: Una sola frase borra un plazo de la ley de caminos municipales

- Página: https://elcenso.com/leyes/9349
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DEROGATORIA DEL TRANSITORIO IV DE LA LEY N°. 9329, PRIMERA LEY ESPECIAL PARA LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS: ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL CANTONAL, DE 15 DE OCTUBRE DE 2015
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=81483&param2=103906&param3=1

## En resumen

La Ley 9349 elimina el transitorio IV de la Ley 9329, que fijaba un plazo para trasladar a las municipalidades la atención de la red vial cantonal.

## A quién le toca

- Las municipalidades, que tienen la atención plena y exclusiva de la red vial cantonal según la Ley 9329.
- El MOPT, que pasa a cumplir un papel rector sobre la red vial cantonal.
- Los vecinos de cada cantón que usan las carreteras cantonales.

## A quién beneficia

- No se identifica un beneficio directo para un grupo específico en el texto de la Ley 9349.

## Qué cambia

- Se elimina una regla de transición de la Ley 9329 sin que el texto explique su contenido.
- La Ley 9329 sigue vigente con sus otros transitorios y artículos principales.
- La derogatoria rige desde su publicación, el 16 de febrero de 2016.

## Cláusulas a revisar

- **Derogatoria sin explicación** (único): El artículo único elimina un transitorio sin indicar qué regulaba ni por qué se suprime. Texto: "Se deroga el transitorio IV de la Ley N.° 9329, Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal, de 15 de octubre de 2015."

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 9349 tiene un solo artículo y hace una sola cosa: borra el transitorio IV de la Ley 9329 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=81483&param2=103906&param3=1)). Esa Ley 9329 es la "Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal", del 15 de octubre de 2015.

El texto no dice qué contenía ese transitorio IV. Tampoco explica por qué se elimina. La ley solo ordena la derogatoria y agrega que rige desde su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=81483&param2=103906&param3=1)).

La firma aparece en San José, el 16 de febrero de 2016 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=81483&param2=103906&param3=1)). SINALEVI registra la norma como vigente, en su versión 1 de 1, sin observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=81483&param2=103906&param3=1).

### A quién le toca

A las municipalidades. La Ley 9329 les da la atención plena y exclusiva de la red vial cantonal, y la derogatoria cambia una regla de transición de esa transferencia ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=81483&param2=103906&param3=1)) [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=80581&param2=150839&param3=1).

Al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), que según la exposición de motivos de la ley original pasaría a cumplir un papel rector sobre esas vías. El resumen legislativo de la aprobación lo menciona así ([video, 00:00:48](https://www.youtube.com/watch?v=Ps-Op_rdyJg&t=48s)).

A los vecinos de cada cantón que usan esas carreteras, porque la ley que se modifica traslada a las municipalidades la atención de la red vial cantonal. El alcance concreto del cambio depende de qué decía el transitorio eliminado, y el dossier no lo reproduce.

### Lo que se dijo en la Asamblea

En la sesión del 22 de abril de 2015, la Comisión de Asuntos Municipales dictaminó el proyecto 18001, que después sería la Ley 9329 ([video, 00:00:12](https://www.youtube.com/watch?v=Ps-Op_rdyJg&t=12s)).

En esa discusión se habló de la diferencia entre transferir competencias y transferir solo fondos. Una voz no identificada en el video dijo: "tiene que haber una transferencia de competencias y No únicamente una transferencia de fondos" ([video, 00:00:30](https://www.youtube.com/watch?v=Ps-Op_rdyJg&t=30s)).

El entonces ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Segnini, estuvo en la sesión. Según la narración, pidió aprobar una moción para que a los ayuntamientos se les asignen recursos y también competencias reales ([video, 00:00:54](https://www.youtube.com/watch?v=Ps-Op_rdyJg&t=54s)).

El 26 de agosto de 2015, el plenario aprobó el expediente 18001. Con la nueva ley, según la narración del video, los ayuntamientos recibirían el 22 por ciento de los recursos del impuesto único a los combustibles, frente al 7 por ciento que percibían ([video, 00:00:19](https://www.youtube.com/watch?v=gYJhozaE_8s&t=19s)).

El diputado Jorge Rodríguez defendió el traslado. Dijo que "fortalecer las municipalidades es fortalecer la democracia de este país" ([video, 00:00:35](https://www.youtube.com/watch?v=gYJhozaE_8s&t=35s)).

El alcalde de Belén, Horacio Alvarado, puso un ejemplo. Su municipalidad pasaría de recibir 2 millones de colones al año para la red vial cantonal a más de 300 millones anuales ([video, 00:02:42](https://www.youtube.com/watch?v=gYJhozaE_8s&t=162s)).

También hubo voces contra el impacto fiscal. Un legislador no identificado en el video dijo que la ruta escogida era peligrosa porque tenía "erogaciones sin nuevos ingresos" ([video, 00:01:51](https://www.youtube.com/watch?v=gYJhozaE_8s&t=111s)).

Ninguna de estas grabaciones trata sobre la Ley 9349. Son de 2015, cuando se discutía la ley que ahora se modifica.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La Ley 9349 está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma, la 1 de 1, y no registra observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=81483&param2=103906&param3=1).

La Ley 9329, la que se modifica, también sigue vigente [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=80581&param2=150839&param3=1). SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado para la Ley 9349.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta derogatoria y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier.

El artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes, reformarlas y derogarlas ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley usa esa potestad para quitar un transitorio de otra ley.

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La Ley 9329 desarrolla esa idea al trasladar la red vial cantonal a las municipalidades, y la derogatoria toca una regla de transición de ese traslado [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=80581&param2=150839&param3=1).

El artículo 175 dice que las municipalidades dictan sus presupuestos y que la Contraloría General los aprueba y fiscaliza su ejecución ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Si el transitorio eliminado tenía que ver con recursos o plazos presupuestarios, ese control sigue en pie por mandato constitucional.

El artículo 124 exige dos debates y la sanción del Poder Ejecutivo para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto de la Ley 9349 no detalla el trámite que siguió.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una municipalidad o del MOPT le viola un derecho por cómo se aplica esta derogatoria, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, y se plantea contra el servidor o el órgano que causa el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, o hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la Ley 9349 choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para esa acción normalmente se necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. No se exige cuando se defienden intereses difusos o la naturaleza del asunto no produce lesión individual y directa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos que pasan a las municipalidades, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría fiscaliza los fondos públicos y revisa los presupuestos de las municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 del Área de Denuncias e Investigaciones, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos relacionados con los servicios que brindan las instituciones públicas, incluidas las municipalidades ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Para cambiar la ley, existe la iniciativa popular. Un proyecto de ley puede presentarse con el respaldo de al menos el 5 por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral ([Constitución, art. 105](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto y seguir el procedimiento ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no reproduce el texto del transitorio IV que se deroga, así que no se puede decir qué plazo o condición eliminó.

El dossier no explica por qué la Asamblea aprobó esta derogatoria ni quién la impulsó.

El dossier no incluye el trámite legislativo de la Ley 9349: debates, votación ni sanción del Poder Ejecutivo.

El dossier no dice si el transitorio IV ya se había cumplido antes de la derogatoria.

## Frente a la Constitución

La derogatoria usa la potestad legislativa del artículo 121 y no contradice de forma evidente los artículos sobre municipios y presupuesto incluidos en el dossier.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o el órgano que causa el agravio. Cualquier persona puede hacerlo, sin formalidades especiales, por memorial o escrito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes y disposiciones generales. Normalmente requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa, salvo intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: Se necesita el respaldo de al menos el 5 por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral. La Oficina de Iniciativa Popular asesora gratis. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 9349: DEROGATORIA DEL TRANSITORIO IV DE LA LEY N°. 9329, PRIMERA LEY ESPECIAL PARA LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS: ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL CANTONAL, DE 15 DE OCTUBRE DE 2015. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9349 en SINALEVI: Deroga transitorio IV de la Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 16/02/2016. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=81483&param2=103906&param3=1
3. Ley 9329: Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 15/10/2015. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=80581&param2=150839&param3=1
4. DICTAMINADA PRIMERA LEY DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS A MUNICIPIOS. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2015-04-22. https://www.youtube.com/watch?v=Ps-Op_rdyJg
5. MUNICIPALIDADES TENDRÁN COMPETENCIA EXCLUSIVA EN LA ATENCIÓN DE LA RED VIAL CANTONAL. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2015-08-26. https://www.youtube.com/watch?v=gYJhozaE_8s
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9349

Deroga transitorio IV de la Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal

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N° 9349

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA

DE COSTA RICA

DECRETA:

DEROGATORIA DEL TRANSITORIO IV DE LA LEY

N° 9329, PRIMERA LEY ESPECIAL PARA LA

TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS:

ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA

DE LA RED VIAL CANTONAL,

DE 15 DE OCTUBRE DE 2015

ARTÍCULO ÚNICO .-
Se deroga el transitorio IV de la Ley N.° 9329, Primera Ley Especial para la
Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial
Cantonal, de 15 de octubre de 2015.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días
del mes de febrero del dos mil dieciséis.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9349). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.