# Ley 9399: Un terreno del colegio de Coyote pasa a la Asociación de Desarrollo

- Página: https://elcenso.com/leyes/9399
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DESAFECTACIÓN DE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO SAN FRANCISCO DE COYOTE DE NANDAYURE Y AUTORIZACIÓN PARA QUE ESTA LA DONE A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE COYOTE DE NANDAYURE, GUANACASTE
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1

## En resumen

La ley desafecta un terreno de 20.000 metros cuadrados en Bejuco de Nandayure y autoriza donarlo a la Asociación de Desarrollo Integral de Coyote para un campo ferial.

## A quién le toca

- La Junta Administrativa del Colegio de San Francisco de Coyote, dueña actual del terreno
- La Asociación de Desarrollo Integral de Coyote de Nandayure, que recibe la donación
- La Notaría del Estado, que elabora la escritura sin impuestos ni tasas
- Las personas de Coyote de Nandayure que usen el campo ferial

## A quién beneficia

- La Asociación de Desarrollo Integral de Coyote recibe un terreno de 20.000 metros cuadrados
- La Notaría del Estado queda exenta de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones en esta donación
- La comunidad donde se ubica el terreno contaría con oficinas y construcciones para campo ferial

## Qué cambia

- El terreno sale del patrimonio de la Junta Administrativa del Colegio de San Francisco de Coyote
- Si la asociación se disuelve o cambia el uso, el bien vuelve a la Junta
- La Notaría del Estado puede corregir medida, linderos y otros datos del inmueble

## Cláusulas a revisar

- **Donación directa a una asociación con nombre propio** (2): La ley no abre un concurso ni pasa por el municipio. Nombra a la asociación como única donataria del terreno. Texto: "Se autoriza a la Junta Administrativa del Colegio de San Francisco de Coyote para que done a la Asociación de Desarrollo Integral de Coyote de Nandayure, Guanacaste, cédula jurídica número tres-cero cero dos-seis dos nueve dos uno nueve (N.º 3-002-629219) el bien inmueble desafectado descrito en el artículo anterior."
- **Exención total de impuestos, tasas y contribuciones** (4): La escritura queda exenta de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones. El texto no dice cuánto deja de ingresar el Estado por esa exención. Texto: "La Notaría del Estado formalizará todos los trámites de esta donación mediante la elaboración de la escritura correspondiente, la cual estará exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones."
- **La Notaría puede corregir datos del inmueble** (4): La ley faculta a la Notaría del Estado para actualizar y corregir naturaleza, situación, medida, linderos y cualquier error u omisión del inmueble. El texto no fija un límite a esas correcciones. Texto: "Además, queda facultada expresamente, la Notaría del Estado, para actualizar y corregir la naturaleza, situación, medida, linderos y cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar, así como cualquier otro dato registral o notarial que sea necesario para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional."

## Explicación

### Qué cambia

La ley saca un terreno del uso público y autoriza donarlo. El artículo 1 desafecta del uso y dominio públicos un bien de la Junta Administrativa del Colegio de San Francisco de Coyote ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). La cédula jurídica de esa junta es 3-008-207473. El inmueble está inscrito en el Registro Inmobiliario, partido de Guanacaste, matrícula 181170.

El terreno mide 20.000 metros cuadrados. Es de naturaleza agrícola y está en el distrito 6, Bejuco, cantón 9, Nandayure, provincia de Guanacaste ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). El plano catastrado es el G-1048222-2006.

El artículo 2 autoriza a la Junta Administrativa del Colegio de San Francisco de Coyote a donar ese bien a la Asociación de Desarrollo Integral de Coyote de Nandayure ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). La cédula jurídica de la asociación es 3-002-629219.

El artículo 3 pone una condición al uso. El inmueble donado debe albergar las oficinas y las construcciones necesarias para el servicio de campo ferial en la comunidad donde se ubica ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). Si la asociación se disuelve o destina el bien a otro uso no autorizado, el terreno vuelve de pleno derecho a la Junta Administrativa del Colegio.

El artículo 4 encarga la formalización a la Notaría del Estado. Esa notaría elabora la escritura y queda exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). También puede corregir la naturaleza, situación, medida, linderos y cualquier error u omisión de los datos del inmueble.

La ley rige a partir de su publicación. Se firmó en la Presidencia de la República el 28 de setiembre de 2016 ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)).

### A quién le toca

A la Junta Administrativa del Colegio de San Francisco de Coyote. Es la dueña actual del terreno y la que queda autorizada para donarlo ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). Si la asociación se disuelve o cambia el uso, el bien regresa a ella ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)).

A la Asociación de Desarrollo Integral de Coyote de Nandayure. Recibe el terreno en donación y debe destinarlo al campo ferial ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)).

A la Notaría del Estado. Le toca elaborar la escritura, sin cobro de impuestos, tasas ni contribuciones, y corregir los datos registrales del inmueble ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)).

A las personas de Coyote de Nandayure que usen el campo ferial. El texto dice que el terreno se destina a las oficinas y construcciones para ese servicio en la comunidad ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en la Gaceta que se indica [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1). El dossier no incluye el número ni la fecha de esa Gaceta.

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. No hay reformas, correcciones ni derogatorias registradas en el dossier [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 45 dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay privación a un particular: la Asamblea desafecta un bien público y autoriza una donación entre una junta y una asociación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). La duda posible es si la desafectación cumple el interés público que exige ese artículo. El texto lo justifica con el campo ferial ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)).

El artículo 77 dice que "La educación pública será organizada como un proceso integral correlacionado en sus diversos ciclos, desde la pre-escolar hasta la universitaria" ([Constitución, art. 77](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El terreno pertenece a una junta administrativa de colegio. La ley lo saca de ese patrimonio y lo pasa a una asociación de desarrollo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). Queda la duda de si eso afecta el patrimonio destinado a educación pública. El texto no explica cómo se compensa.

El artículo 89 incluye entre los fines culturales de la República "proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación" y el derecho al deporte y la recreación ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El destino de campo ferial puede relacionarse con recreación y actividad comunal ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). El texto no lo dice expresamente.

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no pasa el terreno por el municipio de Nandayure: lo dona directamente a una asociación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)). El Censo no encontró en el dossier una norma que exija la intervención municipal en este caso.

### Qué puede hacer usted

Si vive en Coyote de Nandayure y quiere ver el expediente de la donación, pida copia en la Junta Administrativa del Colegio o en la Asociación de Desarrollo. La ley encarga la escritura a la Notaría del Estado ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1)).

Si cree que el terreno se está usando para algo distinto al campo ferial, puede denunciarlo ante la Contraloría General de la República. La Contraloría fiscaliza el uso de fondos públicos y recibe denuncias por escrito o verbalmente ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Los teléfonos son 2501-8000 y 2501-8025.

También puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos por mal funcionamiento de instituciones públicas ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja.

Si un acto concreto de la junta o de la asociación viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

Si considera que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos.

Para cambiar la ley, la vía es la iniciativa popular. El proyecto se tramita en la Asamblea y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice el número ni la fecha de la Gaceta donde se publicó la ley.

El dossier no dice si la donación ya se formalizó ante la Notaría del Estado.

El dossier no dice cuánto vale el terreno ni si la Junta recibió alguna compensación.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro. Quedan dudas sobre el interés público de la desafectación y sobre el patrimonio destinado a educación.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela por escrito o verbalmente en Sabana Sur, llame al 2501-8000 o al 2501-8025, o use el portal de denuncia electrónica (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por mal funcionamiento de una institución pública (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio; cualquier persona puede interponerlo (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Iniciativa popular: La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto; debe votarse en un plazo máximo de dos años (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9399: DESAFECTACIÓN DE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO SAN FRANCISCO DE COYOTE DE NANDAYURE Y AUTORIZACIÓN PARA QUE ESTA LA DONE A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE COYOTE DE NANDAYURE, GUANACASTE. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9399 en SINALEVI: Desafectación de un terreno propiedad de la Junta Administrativa del Colegio San Francisco de Coyote de Nandayure y autorización para que esta lo done a la Asociación de Desarrollo Integral de Coyote de Nandayure, Guanacaste (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 28/09/2016. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=82792&param2=106028&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9399

Desafectación de un terreno propiedad de la Junta Administrativa del Colegio San Francisco de Coyote de Nandayure y autorización para que esta lo done a la Asociación de Desarrollo Integral de Coyote de Nandayure, Guanacaste

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N° 9399

LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DESAFECTACIÓN DE UN
TERRENO PROPIEDAD DE LA JUNTA

ADMINISTRATIVA DEL
COLEGIO SAN FRANCISCO DE

COYOTE DE NANDAYURE Y
AUTORIZACIÓN PARA

QUE ESTA LO DONE A LA
ASOCIACIÓN DE

DESARROLLO INTEGRAL
DE COYOTE DE

NANDAYURE,GUANACASTE

ARTÍCULO 1.-

Se desafecta del uso y dominio
públicos el bien inmueble propiedad de la Junta Administrativa del Colegio de
San Francisco de Coyote, cédula jurídica número tres-cero cero ocho-dos cero
siete cuatro siete tres (N.º 3-008-207473), inscrito en el Registro
Inmobiliario del Registro Nacional, partido de Guanacaste, matrícula de folio
real número uno ocho uno uno siete cero (N.º181170),
que tiene las siguientes características: naturaleza: para uso agrícola;
situado en el distrito 6, Bejuco; cantón 9, Nandayure ,
provincia de Guanacaste. Linderos: al norte con Ganadera Alcornoco
S. A., Sociedad Ganadera Palo de Arco Ltda., servidumbre agrícola con distancia
a calle pública de doscientos diecinueve metros con catorce decímetros (219, 14
m); al sur con Ganadera Alcornoco S. A. y Franklin
Chaves Baltodano; al este con Ganadera Alcornoco
S.A., Franklin Chaves Baltdodano , servidumbre
agrícola con distancia a calle pública de doscientos diecinueve metros con
catorce decímetros (219,14 m) y al oeste con Ganadera Alcornoco
S.A., Sociedad Ganadera Palo de Arco Ltda. Mide veinte mil metros cuadrados
(20000m2), de conformidad con el plano catastrado número G-uno cero cuatro ocho
dos dos dos-dos cero cero
seis (N. º G-1048222-2006).



ARTÍCULO 2.-

Se autoriza a la Junta
Administrativa del Colegio de San Francisco de Coyote para que done a la
Asociación de Desarrollo Integral de Coyote de Nandayure, Guanacaste, cédula
jurídica número tres-cero cero dos-seis dos nueve dos uno nueve (N.º 3-002-629219)
el bien inmueble desafectado descrito en el artículo anterior.



ARTÍCULO 3.-

El inmueble donado será destinado
a albergar las oficinas y demás construcciones necesarias para brindar el
servicio de campo ferial en la comunidad donde se ubica. En caso de que la Asociación
donataria llegara a disolverse o el inmueble se destine a otro uso no
autorizado en la presente ley, el bien donado volverá de pleno derecho a ser
propiedad de la Junta Administrativa del Colegio de San Francisco de Coyote.



ARTÍCULO 4.-

La Notaría del Estado formalizará
todos los trámites de esta donación mediante la elaboración de la escritura
correspondiente, la cual estará exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas
o contribuciones. Además, queda facultada expresamente, la Notaría del Estado,
para actualizar y corregir la naturaleza, situación, medida, linderos y
cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a
donar, así como cualquier otro dato registral o notarial que sea necesario para
la debida inscripción del documento en el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la
República, San José, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil
dieciséis.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9399). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.