Ley 9461 mueve plata de obras en 12 municipalidades
La Ley 9461 cambia el destino de partidas ya aprobadas en presupuestos anteriores para que varias municipalidades las usen en otras obras comunales.
Título oficial MODIFICACIÓN DE LA LEY N.° 9411, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2017 Y PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2017
Atención: La ley mueve el destino de partidas ya aprobadas en 12 municipalidades, entre ellas 27.000.000 de colones del campo turístico de Turrialba al teatro municipal.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
Alguien queda pagando algo que el título no menciona.
A quién le sirve: Vecinos de los cantones del artículo 4
Partidas aprobadas para una obra específica se reasignan a otra obra dentro del mismo cantón.
Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 49), párrafo 26, por un monto de veintisiete millones de colones (0,27.000.000) o el saldo que exista, destinado a "compra de terreno y construcción del campo ferial en el distrito Turrialba", a fin de que se utilice para construcción, adicionales y mejoras en el teatro municipal de Turrialba.
4, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Las 12 municipalidades del artículo 4 que cambian el destino de partidas ya aprobadas
- Las asociaciones de desarrollo y comités que reciben las obras nuevas
- Las Asadas y comunidades que reciben parte de una partida repartida
A quién beneficia
- La Asociación de Desarrollo Integral de Cedral de Cajón recibe mobiliario y equipamiento
- La Asada de Santa Lucía recibe 500 metros de manguera de poliducto
- El Consejo Pastoral de Chánguena recibe un aula para catequesis
- La cancha de fútbol de Quebrada Bonita recibe mejoras
Qué cambia
- La plata que iba para una obra se usa en otra dentro del mismo cantón
- El teatro municipal de Turrialba recibe 27.000.000 de colones que eran para el campo turístico
- El redondel de Upala recibe 1.350.000 colones que eran para un futuro estadio de béisbol
La explicación completa
Qué cambia
La Ley 9461 modifica la Ley 9411, el presupuesto nacional del 2017, y autoriza cambios en el destino de partidas ya aprobadas en presupuestos de años anteriores (art. 1). El artículo 1 cambia el cálculo de ingresos corrientes, extraordinarios internos y externos del Gobierno para el 2017. El detalle de esos montos está en el Alcance Digital N° 176 a La Gaceta N° 137 del 19 de julio del 2017, según la nota de SINALEVI.
El artículo 2 modifica los artículos 2 y 6 de la Ley 9411 (art. 2). El artículo 3 modifica otra vez el artículo 2 de la Ley 9411 (art. 3). El texto de esas reformas también está en el Alcance Digital N° 176.
El artículo 4 es el que más se entiende sin abrir el alcance. Autoriza a 12 municipalidades para variar el destino de partidas aprobadas en leyes anteriores (art. 4). Son 38 incisos con montos en colones y obras concretas.
Algunos ejemplos. La Municipalidad de Pérez Zeledón puede mover 900.000 colones que iban para mobiliario del salón comunal de Las Brisas, en Cajón, y usarlos en la Asociación de Desarrollo Integral de Cedral de Cajón (art. 4). La Municipalidad de Turrialba puede mover 27.000.000 de colones que eran para el campo turístico y usarlos en el teatro municipal. La Municipalidad de Upala puede mover 1.350.000 colones del relleno para un futuro estadio de béisbol y usarlos en mejoras del redondel de Upala.
La ley rige desde su publicación, el 7 de julio del 2017 (art. 4).
A quién le toca
A las municipalidades que aparecen en el artículo 4: Pérez Zeledón, Santo Domingo, Acosta, San Carlos, León Cortés, Tilarán, Turrialba, Buenos Aires, Upala, Tarrazú y Nicoya (art. 4). Cada una queda autorizada para cambiar el destino de una o varias partidas.
A las asociaciones de desarrollo y comités que reciben las obras nuevas. Por ejemplo, la Asociación de Desarrollo Integral de Cedral de Cajón (art. 4), la Asociación de Desarrollo Integral de Pilas y el Consejo Pastoral de Chánguena.
A las Asadas y comunidades que reciben parte de una partida repartida. La partida de 19.466.513 colones para la guardia de asistencia rural de Chánguena se distribuye así: 38,25% para manguera de poliducto de la Asada de Santa Lucía, 27,32% para un aula de catequesis del Consejo Pastoral de Chánguena y 34,43% para la cancha de fútbol de Quebrada Bonita (art. 4).
Lo que se dijo en la Asamblea
El dossier no trae grabaciones de la discusión de la Ley 9461. Las grabaciones disponibles son de otros presupuestos: el primer extraordinario de 2026 00:00:03, el tercero de 2022 00:00:10 y una sesión de Hacendarios del 1 de marzo de 2022 00:13:09. No hay material de esta ley en particular.
Cómo está hoy según SINALEVI
La Ley 9461 sigue vigente, en su versión 2 de 2 5. La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica.
El inciso 30 del artículo 4 fue reformado después por el artículo 4, aparte 15, de la Ley N° 9711 del 24 de julio de 2019 (art. 4). Esa es la versión que SINALEVI muestra hoy.
Frente a la Constitución
El artículo 180 de la Constitución dice que el presupuesto solo puede modificarse por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo Constitución, art. 180. La Ley 9461 es una ley de la Asamblea que modifica el presupuesto del 2017, y el dossier no permite confirmar quién tuvo la iniciativa (art. 1).
El artículo 176 ordena que el presupuesto se emita para un año, del primero de enero al treinta y uno de diciembre Constitución, art. 176. La Ley 9461 se publicó el 7 de julio del 2017 y mueve partidas de presupuestos de años anteriores, como el 2013, el 2015 y el 2016 (art. 4).
El artículo 170 manda asignar a las municipalidades no menos del 10% de los ingresos ordinarios calculados Constitución, art. 170. La ley no cambia ese porcentaje; solo autoriza a las municipalidades a variar el destino de partidas que ya tenían (art. 4).
El artículo 175 dice que los presupuestos municipales necesitan la aprobación de la Contraloría General para entrar en vigencia Constitución, art. 175. La ley autoriza a las municipalidades a cambiar el destino de partidas, y el dossier no dice si cada cambio pasa después por la Contraloría (art. 4).
El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos revisados. Las dudas quedan en el trámite de iniciativa y en el control posterior de la Contraloría.
Qué puede hacer usted
Si vive en uno de los cantones del artículo 4 y quiere saber en qué se gastó la plata, pida el presupuesto municipal y su liquidación. El Código Municipal obliga a la alcaldía a publicar presupuestos ordinarios y extraordinarios, liquidaciones y salarios en su página web o en otro medio de fácil acceso guía, p. 79.
Si sospecha que la plata se usó mal, presente una denuncia ante la Contraloría General de la República. Puede hacerlo en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.
Si una institución pública le niega información o le da un mal servicio relacionado con estas obras, presente una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.
Si cree que un acto concreto viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, y se plantea contra el servidor o el órgano que causa el agravio guía, p. 22.
Lo que no sabemos
El dossier no permite saber los montos totales de ingresos y egresos que cambia el artículo 1, porque remite al Alcance Digital N° 176.
No sabemos quién tuvo la iniciativa de la Ley 9461.
No sabemos si la Contraloría revisó cada cambio de destino de partida que autoriza el artículo 4.
No sabemos si las obras nuevas se ejecutaron.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 2 de 2Ver en SINALEVI
La presente norma fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.
La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas
El Censo no encontró un choque directo. Quedan dudas sobre la iniciativa de la ley y sobre el control posterior de la Contraloría en los cambios de partida municipal.
Constitución, art. 180"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, y sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo."
Esta ley, art. 1"Se modifica el artículo 1 de la Ley N.° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 2017"
Hay dudas La Constitución pide que las leyes que modifican el presupuesto vengan del Poder Ejecutivo. El dossier no dice quién tuvo la iniciativa de esta ley.
Constitución, art. 176"El presupuesto de la República se emitirá para el término de un año, del primero de enero al treinta y uno de diciembre."
Esta ley, art. 4"Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103"
Hay dudas La ley se publicó en julio del 2017 y mueve partidas de presupuestos de años anteriores, como el 2013. El texto no explica cómo se ajusta eso al año presupuestario.
Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
Esta ley, art. 4"Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065"
Hay dudas La ley autoriza a las municipalidades a cambiar el destino de partidas. El dossier no dice si cada cambio pasa después por la Contraloría.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 9461: MODIFICACIÓN DE LA LEY N.° 9411, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2017 Y PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2017
- Comisión de Hacendarios da luz verde al primer presupuesto extraordinario de 2026
- Diputados aprueban el tercer presupuesto extraordinario para el 2022
- Comisión Asuntos Hacendarios, martes 01 de marzo 2022
- Ley 9461 en SINALEVI: Modifica Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-05. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 9461
Modifica Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017
-Usted está en la última versión de la norma-
Ir a la última versión
Anterior
Versión de la Norma: 2 de 2
Siguiente
N.° 9461
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
MODIFICACIÓN DE LA LEY N.° 9411, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y
EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2017 Y PRIMER
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE
ARTÍCULO 1.- Se modifica el artículo 1 de la Ley N.° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 2017, publicada en los alcances digitales N.° 299A, 29911 y 299C a La Gaceta N.° 238 de 12 de diciembre de 2016, en la forma que se indica a continuación:
INCISO A:
DETALLE DEL CÁLCULO DE LOS INGRESOS CORRIENTES DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2017 (en colones corrientes)
INCISO B:
DETALLE DEL CÁLCULO DE LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS INTERNOS DEL GOBIERNO
DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2017 (en colones corrientes)
INCISO C:
DETALLE DEL CÁLCULO DE LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS EXTERNOS DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2017 (en colones corrientes)
(Nota de Sinalei: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato el texto de los incisos anteriores deben ser consultados en el Alcance Digital N° 176 a La Gaceta N° 137 del 19 de julio del 2017 )
ARTÍCULO 2.-Se modifican los artículos 2 y 6 de la Ley N.° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 2017, publicada en los alcances digitales N.° 299A, 299B y 299C de La Gaceta N.° 238 de 12 de diciembre de 2016, en la forma que se indica a continuación:
(Nota de Sinalei: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato el de dicha reforma debe consultarse en el Alcance Digital N° 176 a La Gaceta N° 137 del 19 de julio del 2017 )
ARTÍCULO 3.- Se modifica el artículo 2 de la Ley N.° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 2017, publicada en los alcances digitales N.° 299A, 29911 y 299C de La Gaceta N.1238 de 12 de diciembre de 2016, en la forma que se indica a continuación:
(Nota de Sinalei: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato el de dicha reforma debe consultarse en el Alcance Digital N° 176 a La Gaceta N° 137 del 19 de julio del 2017 )
ARTÍCULO 4.- Se autorizan las siguientes modificaciones presupuestarias:
-
Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario 232 900 70104 654 001 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones (900.000) o el saldo que exista, destinado "para la compra de mobiliario y equipamiento para salón comunal de Las Brisas, distrito Cajón", a fin de que se utilice para la compra de mobiliario y equipamiento de la Asociación de Desarrollo Integral de Cedral de Cajón.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario 232 900 70104 642 001 2310 2220, por un monto de seiscientos noventa mil ochocientos setenta y dos colones (690.872) o el saldo que exista, destinado a "pasos de alcantarillas y cabezales en quebrada Ernesto Fonseca, distrito San Pedro", a fin de que se utilice para la construcción de puente de caja en quebrada ubicada en el centro de San Jerónimo, distrito San Pedro.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9304, artículo 4, inciso 12), por un monto de un millón ochocientos mil colones ( 0 1.800.000) o el saldo que exista, destinado a "inicio deí puente peatonal que comunica calle Víquez con calle Monte Verde", a fin de que se utilice para realizar mejoras en el puente peatonal que comunica calle La Bromelia con barrio Boston.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario 232 900 70104 632 001 2310 2151, por un monto de seiscientos cincuenta y cuatro mil setenta y nueve colones (654.079) o el saldo que exista, destinado a "construcción de cordón y caño en cuadrantes de la iglesia de Peñas Blancas,
distrito General", a fin de que se utilice para mejoras en la plaza de deportes en La Hermosa.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario 232 900 70104 626 001 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones (900.000) o el saldo que exista, destinado a "inicio de la construcción de la cocina multiuso de La Ribera, distrito San Isidro del General", a fin de que se utilice para mejoras deí salón comunal de La Ribera.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código presupuestario 232 900 70104 362 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones ochocientos cuarenta y nueve mil setecientos sesenta y cuatro colones (4.849.764) o el saldo que exista, destinado a "construcción de cerca de malla alrededor de la plaza de deportes de San Ramón Sur, distrito Páramo", a fin de que se utilice para la construcción de la primera etapa de la gradería de la cancha de San Ramón Sur.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Santo Domingo para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario 232 903 60104 346 001 1310 3310, por un monto de un millón doscientos doce mil quinientos sesenta y seis colones (1.212.566) o el saldo que exista, destinado a "mano de obra cancha multiuso, Santo Tomás, distrito Santo Tomás", a fin de que se utilice para mejoras de la cancha multiuso del distrito de Santo Tomás.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Acosta para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 430, por un monto de cuatro millones de colones (4.000.000) o el saldo que exista, destinado a "compra de lote p/ const. Esc.-Bajo Vargas", a fin de que se utilice para la compra de asfalto para asfaltar el camino principal de la comunidad de Bajo Vargas.
-
Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario 232 901 70104 274 280 2310 2151, por un monto de un millón setecientos cincuenta y un mil seiscientos sesenta y seis colones ( 0 1.751.666) o el saldo que exista, destinado a "construcción de gaviones para el puente en el camino 2-10-921, distrito Buena Vista", a fin de que se utilice para la construcción de evacuación pluvial en el camino 2-10-122, distrito Buena Vista.
-
Se autoriza a la Municipalidad de León Cortés para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8562, código presupuestario 232 900 70104 453 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones novecientos treinta y nueve mil trece colones (4.939.013) o el saldo que exista, destinado "para la compra de un terreno para la construcción de la cancha y salón multiuso en el barrio Rosario y barrio El Estadio en el distrito San Pablo", a fin de que se utilice para mejoras al parque de San Pablo, distrito San Pablo.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Santo Domingo para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8627, código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 448, por un monto de ocho millones cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve colones (¢8.489.669) o el saldo que exista, destinado a " const. de quiosco en el parque central. Distrito de Santo Domingo", a fin de que se utilice para la construcción de obras de infraestructura remodelación del parque Central, distrito Santo Domingo, del cantón de Santo Domingo de Heredia.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código presupuestario 232 904 70104 263 280 2310 3310, por un monto de un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro colones (01.465.754) o el saldo que exista, destinado a "Reparación de cancha de básquet de Los Angeles , Distrito Santa Rosa", a fin de que se utilice para mejoras en áreas recreativas en barrio San Rafael de Los Ángeles, distrito Santa Rosa.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario 232 902 70104 520 001 2310 2151, por un monto de un millón catorce mil cuatrocientos noventa y dos colones (1.014.492) o el saldo que exista, destinado a "mejoras en el camino de Urbanización Francisco Méndez de La Suiza (Primer entrada La Suiza Pacayitas), distrito La Suiza", a fin de que se utilice para mejoramiento del camino La Tostadora N.° 2, La Suiza.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 49), párrafo 26, por un monto de veintisiete millones de colones (0,27.000.000) o el saldo que exista, destinado a "compra de terreno y construcción del campo ferial en el distrito Turrialba", a fin de que se utilice para construcción, adicionales y mejoras en el teatro municipal de Turrialba.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8050, código presupuestario 106 504-03 730 27 242 30 298, por un monto de treinta y cinco millones de colones (35.000.000) o el saldo que exista, destinado "para continuar trabajos de construcción centro ferial de Turrialba", a fin de que se utilice para construcción, adicionales y mejoras en el teatro municipal de Turrialba.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8180, código presupuestario 130-903 730 303 1 242 27, por un monto de un millón de colones (1.000.000) o el saldo que exista, destinado a "proyecto centro ferial Turrialba, distrito Turrialba centro", a fin de que se utilice para construcción, adicionales y mejoras en el teatro municipal de Turrialba.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código presupuestario 232 902 70104 249 280 2310 3310), por un monto de dos millones ciento cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y nueve colones (02.152.549) o el saldo que exista, destinado a "mejoras en el parquecito Rojas Quirós, distrito La Suiza", a fin de que se utilice en la compra e instalación de máquina para hacer ejercicio en la comunidad de Rojas Quirós.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código presupuestario 232-900 70104 354 280 2310 3120, por un monto de seis millones novecientos treinta y ocho mil quinientos cincuenta y cuatro colones (6.938.554) o el saldo que exista, destinado a "adquisición de 19 computadoras portátiles y 19 impresoras para el uso de las diferentes Asociaciones de Desarrollo Comunal del distrito Daniel Flores", a fin de que se utilice para mejoras en la cancha de fútbol de barrio Los Ángeles.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario 232 904 70104 269 280 2310 3340, por un monto de un millón cuatrocientos ochenta y cuatro mil doscientos treinta y cinco colones (1.484.235) o el saldo que exista, destinado a "mejoramiento del salón multiuso de la iglesia Asamblea de Dios de Tronadora, distrito Tronadora", a fin de que se utilice para reparaciones en el salón comunal de Tronadora.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9109, código presupuestario 232 905 70104 323 001 2310 1310, por un monto de ocho millones novecientos cuarenta y siete mil quinientos diecinueve colones (0, 8.947.519) o el saldo que exista, destinado a "construcción primera etapa delegación distrital para la fuerza pública, distrito Volcán", a fin de que se utilice para la construcción de baterías sanitarias, baños, camerinos y compra de mobiliario para el salón comunal de Volcán.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
Ley N.° 9193, código presupuestario 232 905 0104 236 1 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones (900.000) o el saldo que exista, destinado a "compra de materiales para el cementerio de Longo Mai , distrito Volcán".
Ley N.° 9193, código presupuestario 232 905 0104 237 1 2310 3310, por un monto de novecientos mil colones (900.000) o el saldo que exista, destinado a "compra de bancas parque de Longo Mai , distrito Volcán".
A fin de que se utilice para la conclusión de camerinos de la plaza de deportes Tres Ríos.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario 232 905 60104 225 1 1310 3410, por un monto de cuatro millones quinientos mil colones (4.500.000) o el saldo que exista, destinado a "mejoramiento de lugar para biblioteca escolar y anexo escuela San Carlos, distrito Buenos Aires", a fin de que se utilice para la construcción de aceras en la comunidad de San Carlos, distrito Buenos Aires.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
• Ley N.° 9193, código presupuestario 232 905 60104 227 11310 3120, por un monto de dos millones seiscientos setenta y dos mil cuatrocientos treinta y un colones (02.672.431) o el saldo que exista, destinado a "mejoramiento del salón comunal Ceibo, distrito Buenos
Aires".
• Ley N.° 9304, artículo 4, inciso 27, por un monto de dos millones setecientos mil colones (02.700.000) o el saldo que exista, destinado a "compra de mobiliario y equipamiento del salón y cocina comunal".
A fin de que se utilicen para la remodelación de aulas de catequesis de la iglesia católica del Ceibo, distrito Buenos Aires.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166, artículo 4, inciso 9, por un monto de dos millones quinientos sesenta y siete mil novecientos diez colones (02.567.910) o el saldo que exista, destinado a "mejoras del templo católico de Ultrapez ", a fin de que se utilice para la compra de materiales de construcción para mejoras en el cementerio de Volcán de Buenos Aires.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
• Ley N.° 8182, artículo 11, inciso 176, por un monto de ochocientos mil colones (800.000) o el saldo que exista, destinado a "aporte construcción puente quebrada Swiñary , Buenos Aires."
• Ley N.° 8627, código presupuestario 232 905 70104 630 280 2310 3412, por un monto de novecientos mil colones (900.000) o el saldo que exista, destinado "para reparaciones varias en la escuela Arturo Tinoco en la comunidad de Salitre, distrito Buenos Aires".
• Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 51, por un monto de un millón quinientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y ocho colones (01.541.348) o el saldo que exista, destinado a "reparación comedor escuela de Salitre, distrito de Buenos Aires".
• Ley N.° 8691, código presupuestario 232 905 70104 227 280 2310 3412, por un monto de un millón quinientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y ocho colones (01.541.348) o el saldo que exista, destinado "para realizar obras de infraestructura en la escuela de puente, distrito de Buenos Aires".
• Ley N.° 8908, código presupuestario 232 905 60104 405 11310 3130, por un monto de dos millones setecientos mil colones (02.700.000) o el saldo que exista, destinado a "sustitución de válvulas del acueducto de Salitre Asada de Salitre, distrito de Buenos Aires".
A fin de que se utilicen para el mejoramiento de la casa de salud de Salitre, distrito de Buenos Aires.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.09019, código presupuestario 232 905 70104 345 001 2310 1310, por un monto de siete millones doscientos mil trescientos setenta y un colones (7.200.371) o el saldo que exista, destinado a "compra de lote para la construcción de delegación de la policía de Santa Marta, distrito Brunka ", a fin de que se utilice para la compra de materiales para la construcción de aceras en la calle principal de Santa Marta.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Perez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario 232 900 70104 362 280 2310 2151, por dos millones novecientos cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y cuatro colones (02.944.734) o el saldo que exista, destinado a "bacheo asfáltico en carretera frente al Colegio Técnico Profesional de General Viejo, distrito General", a fin de que se utilice para alcantarillado para el desagüe de aguas pluviales frente al CTP de General Viejo, distrito General.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario 232 901 60104 474 001 1310 3310, por un monto de un millón trescientos cincuenta mil colones (1.350.000) o el saldo que exista, destinado a "relleno de terreno para futuro estadio de baseball, distrito Upala ", a fin de que se utilice para mejoras en el redondel de Upala .
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario 232 905 70104 237 280 2310 2151, por un monto de cuatro millones quinientos mil colones (4.500.000) o el saldo que exista, destinado a "mejoras al camino 603415 de Pilas hacia Colinas, distrito Pilas", a fin de que se utilice para el equipamiento de la cocina comunal de la Asociación de Desarrollo Integral de Pilas.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 905 70104 246 280 2310 1310, por un monto de diecinueve millones cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos trece colones (¢19.466.513) o el saldo que exista, destinado para “Construir la delegación de la guardia de asistencia rural de Chánguena , distrito Chánguena ”, a fin de que se distribuya de la siguiente manera:
• Treinta y ocho coma veinticinco por ciento (38,25%) para la compra de quinientos metros (500 m) de manguera de poliducto para la Asada de Santa Lucía.
• Veintisiete coma treinta y dos por ciento (27,32%) para la construcción de un aula para catequesis para el Consejo Pastoral de Chánguena .
• Treinta y cuatro coma cuarenta y tres por ciento (34,43%) para mejoras en la cancha de fútbol de Quebrada Bonita.
(Así reformado el inciso 30) anterior por el artículo 4 aparte 15) de la ley N° 9711 del 24 de julio de 2019)
-
Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 900 70104 242 280 2310 3120, por un monto de once millones trescientos un mil ciento sesenta y nueve colones (11.301.169) o el saldo que exista, destinado "para la compra de una propiedad para establecer un tajo para el distrito de San Carlos", a fin de que se utilicen cinco millones de colones (5.000.000), para mejoras en la cancha multiuso en Bajo San José de San Carlos; tres millones de colones (3.000.000), para mejoras deí salón comunal Quebrada Seca San Carlos y tres millones trescientos un mil ciento sesenta y nueve colones (3.301.169) para mejoras deí salón comunal Alto San Juan de San Carlos.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario 232 900 70104 349 001 2310 3120, por un monto de seis millones setecientos noventa y siete mil ochocientos veintiséis colones (6.797.826) o el saldo que exista, destinado a "construcción de aula de capacitación, distrito San Carlos", a fin de que se utilice para mejoras del salón comunal de San Carlos.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario 232 900 70104 700 001 2310 2151, por un monto de nueve millones doscientos veintiún mil quinientos cuarenta y nueve colones (9.221 .549) o el saldo que exista, destinado a "conclusión acera plaza de Guadalupe a Calle Vieja de Guadalupe, distrito San Marcos", a fin de que se utilice para el mejoramiento de la plazoleta del parque Central de San Marcos.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8785, artículo 6, inciso 23, por un monto de un millón ochocientos mil colones (1.800.000) o el saldo que exista, destinado "para el mejoramiento de la escuela de Pilón", a fin de que se utilice para mejoras de la cancha de fútbol cinco de la escuela de Pilón, de Chánguena .
-
Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario 232 901 70104 278 280 2310 3310, por un monto de siete millones doscientos cuatro mil ochocientos treinta y nueve colones (7.204.839) o el saldo que exista, destinado a "adquisición de play ground en barrio Pito y barrio Dora La Fortuna de San Carlos, distrito Fortuna", a fin de que se utilice para la adquisición de un " playground " en barrio Pilo, La Fortuna de San Carlos.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario 232 904 70104 398 1 2310 3310, por un monto de ochocientos mil colones (800.000) o el saldo que exista, destinado a "enmallado de la plaza de deportes de la comunidad de Sonzapote , distrito Quebrada Honda", a fin de que se utilice para el pago del plano y la escritura del terreno donde se ubica la plaza de deportes de Sonzapote .
-
Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 49), párrafo 10, por un monto de cuarenta y nueve millones seiscientos noventa y tres mil cuatrocientos treinta y cinco colones (49.693.435) o el saldo que exista, destinado a "compra de terreno y construcción de campo ferial en el distrito Turrialba", a fin de que se utilice para construcciones, adicionales y mejoras en el teatro municipal de Turrialba.
-
Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario 232-902 70104 246 280 2310 3410, por un monto de dos millones setenta y ocho mil trescientos veinticinco colones (02.078.325) o el saldo que exista, destinado a "construcción de un muro de gaviones para la escuela pública de Pacayitas, distrito La Suiza", a fin de que se utilice para la construcción de aceras y cunetas de los cuadrantes de la plaza de deportes de La Suiza de Turrialba.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los siete días del mes de julio del año dos mil diecisiete.