# Ley 9461: Ley 9461 mueve plata de obras en 12 municipalidades

- Página: https://elcenso.com/leyes/9461
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: MODIFICACIÓN DE LA LEY N.° 9411, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2017 Y PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2017
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1

## En resumen

La Ley 9461 cambia el destino de partidas ya aprobadas en presupuestos anteriores para que varias municipalidades las usen en otras obras comunales.

## A quién le toca

- Las 12 municipalidades del artículo 4 que cambian el destino de partidas ya aprobadas
- Las asociaciones de desarrollo y comités que reciben las obras nuevas
- Las Asadas y comunidades que reciben parte de una partida repartida

## A quién beneficia

- La Asociación de Desarrollo Integral de Cedral de Cajón recibe mobiliario y equipamiento
- La Asada de Santa Lucía recibe 500 metros de manguera de poliducto
- El Consejo Pastoral de Chánguena recibe un aula para catequesis
- La cancha de fútbol de Quebrada Bonita recibe mejoras

## Qué cambia

- La plata que iba para una obra se usa en otra dentro del mismo cantón
- El teatro municipal de Turrialba recibe 27.000.000 de colones que eran para el campo turístico
- El redondel de Upala recibe 1.350.000 colones que eran para un futuro estadio de béisbol

## Cláusulas a revisar

- **Plata que cambia de obra** (4): Partidas aprobadas para una obra específica se reasignan a otra obra dentro del mismo cantón. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 49), párrafo 26, por un monto de veintisiete millones de colones (0,27.000.000) o el saldo que exista, destinado a "compra de terreno y construcción del campo ferial en el distrito Turrialba", a fin de que se utilice para construcción, adicionales y mejoras en el teatro municipal de Turrialba."
- **Reparto de una sola partida** (4): Una partida de 19.466.513 colones se reparte en tres porcentajes fijos entre grupos con nombre propio. Texto: "Treinta y ocho coma veinticinco por ciento (38,25%) para la compra de quinientos metros (500 m) de manguera de poliducto para la Asada de Santa Lucía."

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 9461 modifica la Ley 9411, el presupuesto nacional del 2017, y autoriza cambios en el destino de partidas ya aprobadas en presupuestos de años anteriores ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)). El artículo 1 cambia el cálculo de ingresos corrientes, extraordinarios internos y externos del Gobierno para el 2017. El detalle de esos montos está en el Alcance Digital N° 176 a La Gaceta N° 137 del 19 de julio del 2017, según la nota de SINALEVI.

El artículo 2 modifica los artículos 2 y 6 de la Ley 9411 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)). El artículo 3 modifica otra vez el artículo 2 de la Ley 9411 ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)). El texto de esas reformas también está en el Alcance Digital N° 176.

El artículo 4 es el que más se entiende sin abrir el alcance. Autoriza a 12 municipalidades para variar el destino de partidas aprobadas en leyes anteriores ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)). Son 38 incisos con montos en colones y obras concretas.

Algunos ejemplos. La Municipalidad de Pérez Zeledón puede mover 900.000 colones que iban para mobiliario del salón comunal de Las Brisas, en Cajón, y usarlos en la Asociación de Desarrollo Integral de Cedral de Cajón ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)). La Municipalidad de Turrialba puede mover 27.000.000 de colones que eran para el campo turístico y usarlos en el teatro municipal. La Municipalidad de Upala puede mover 1.350.000 colones del relleno para un futuro estadio de béisbol y usarlos en mejoras del redondel de Upala.

La ley rige desde su publicación, el 7 de julio del 2017 ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)).

### A quién le toca

A las municipalidades que aparecen en el artículo 4: Pérez Zeledón, Santo Domingo, Acosta, San Carlos, León Cortés, Tilarán, Turrialba, Buenos Aires, Upala, Tarrazú y Nicoya ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)). Cada una queda autorizada para cambiar el destino de una o varias partidas.

A las asociaciones de desarrollo y comités que reciben las obras nuevas. Por ejemplo, la Asociación de Desarrollo Integral de Cedral de Cajón ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)), la Asociación de Desarrollo Integral de Pilas y el Consejo Pastoral de Chánguena.

A las Asadas y comunidades que reciben parte de una partida repartida. La partida de 19.466.513 colones para la guardia de asistencia rural de Chánguena se distribuye así: 38,25% para manguera de poliducto de la Asada de Santa Lucía, 27,32% para un aula de catequesis del Consejo Pastoral de Chánguena y 34,43% para la cancha de fútbol de Quebrada Bonita ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

El dossier no trae grabaciones de la discusión de la Ley 9461. Las grabaciones disponibles son de otros presupuestos: el primer extraordinario de 2026 ([video, 00:00:03](https://www.youtube.com/watch?v=7nN0fXWdJDM&t=3s)), el tercero de 2022 ([video, 00:00:10](https://www.youtube.com/watch?v=oZA2XqFFkCI&t=10s)) y una sesión de Hacendarios del 1 de marzo de 2022 ([video, 00:13:09](https://www.youtube.com/watch?v=nfdl-NQsDg0&t=789s)). No hay material de esta ley en particular.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La Ley 9461 sigue vigente, en su versión 2 de 2 [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1). La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica.

El inciso 30 del artículo 4 fue reformado después por el artículo 4, aparte 15, de la Ley N° 9711 del 24 de julio de 2019 ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)). Esa es la versión que SINALEVI muestra hoy.

### Frente a la Constitución

El artículo 180 de la Constitución dice que el presupuesto solo puede modificarse por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo ([Constitución, art. 180](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La Ley 9461 es una ley de la Asamblea que modifica el presupuesto del 2017, y el dossier no permite confirmar quién tuvo la iniciativa ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)).

El artículo 176 ordena que el presupuesto se emita para un año, del primero de enero al treinta y uno de diciembre ([Constitución, art. 176](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La Ley 9461 se publicó el 7 de julio del 2017 y mueve partidas de presupuestos de años anteriores, como el 2013, el 2015 y el 2016 ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)).

El artículo 170 manda asignar a las municipalidades no menos del 10% de los ingresos ordinarios calculados ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no cambia ese porcentaje; solo autoriza a las municipalidades a variar el destino de partidas que ya tenían ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)).

El artículo 175 dice que los presupuestos municipales necesitan la aprobación de la Contraloría General para entrar en vigencia ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley autoriza a las municipalidades a cambiar el destino de partidas, y el dossier no dice si cada cambio pasa después por la Contraloría ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1)).

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos revisados. Las dudas quedan en el trámite de iniciativa y en el control posterior de la Contraloría.

### Qué puede hacer usted

Si vive en uno de los cantones del artículo 4 y quiere saber en qué se gastó la plata, pida el presupuesto municipal y su liquidación. El Código Municipal obliga a la alcaldía a publicar presupuestos ordinarios y extraordinarios, liquidaciones y salarios en su página web o en otro medio de fácil acceso ([guía, p. 79](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=79)).

Si sospecha que la plata se usó mal, presente una denuncia ante la Contraloría General de la República. Puede hacerlo en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le niega información o le da un mal servicio relacionado con estas obras, presente una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si cree que un acto concreto viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, y se plantea contra el servidor o el órgano que causa el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

### Lo que no sabemos

El dossier no permite saber los montos totales de ingresos y egresos que cambia el artículo 1, porque remite al Alcance Digital N° 176.

No sabemos quién tuvo la iniciativa de la Ley 9461.

No sabemos si la Contraloría revisó cada cambio de destino de partida que autoriza el artículo 4.

No sabemos si las obras nuevas se ejecutaron.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo. Quedan dudas sobre la iniciativa de la ley y sobre el control posterior de la Contraloría en los cambios de partida municipal.

## Qué puede hacer usted

- Pedir el presupuesto municipal y su liquidación: Busque la página web de su municipalidad o pida la información en la oficina. El Código Municipal obliga a publicar presupuestos, liquidaciones y salarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=79)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Recurso de amparo: Lo puede interponer cualquier persona contra el servidor o el órgano que causa el agravio. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)

## Fuentes

1. Ley 9461: MODIFICACIÓN DE LA LEY N.° 9411, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2017 Y PRIMER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2017. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Comisión de Hacendarios da luz verde al primer presupuesto extraordinario de 2026. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-06-12. https://www.youtube.com/watch?v=7nN0fXWdJDM
3. Diputados aprueban el tercer presupuesto extraordinario para el 2022. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-09-23. https://www.youtube.com/watch?v=oZA2XqFFkCI
4. Comisión Asuntos Hacendarios, martes 01 de marzo 2022. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-03-01. https://www.youtube.com/watch?v=nfdl-NQsDg0
5. Ley 9461 en SINALEVI: Modifica Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 07/07/2017. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84474&param2=117224&param3=1
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9461

Modifica Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017

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N.° 9461

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

MODIFICACIÓN DE LA LEY N.° 9411, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y

EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO
2017 Y PRIMER

PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE

2017.

ARTÍCULO 1.- Se modifica el artículo 1 de la
Ley N.° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el Ejercicio Económico de 2017, publicada en los alcances digitales N.°
299A, 29911 y 299C a La Gaceta N.° 238 de 12 de diciembre de 2016, en la forma
que se indica a continuación:

INCISO A:

DETALLE DEL CÁLCULO DE LOS INGRESOS CORRIENTES DEL GOBIERNO DE
LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO
ECONÓMICO DE 2017 (en colones corrientes)

INCISO B:

DETALLE DEL CÁLCULO DE LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS INTERNOS
DEL GOBIERNO

DE LA REPÚBLICA PARA EL
EJERCICIO ECONÓMICO DE 2017 (en colones corrientes)

INCISO C:

DETALLE DEL CÁLCULO DE LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS
EXTERNOS DEL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO
DE 2017 (en colones corrientes)

(Nota de Sinalei: Por lo extenso de su contenido y
tipo de formato el texto de los incisos anteriores deben ser consultados en el Alcance
Digital N° 176 a La Gaceta N° 137 del 19 de julio del 2017 )



ARTÍCULO 2.-Se modifican los artículos 2 y 6
de la Ley N.° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 2017,
publicada en los alcances digitales N.° 299A, 299B y 299C de La Gaceta N.° 238 de 12 de diciembre de 2016, en la
forma que se indica a
continuación:

(Nota de Sinalei: Por lo extenso de su contenido y
tipo de formato el de dicha reforma debe consultarse en el Alcance
Digital N° 176 a La Gaceta N° 137 del 19 de julio del 2017 )



ARTÍCULO 3.- Se modifica el artículo 2 de la Ley N.° 9411, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico de 2017, publicada en los alcances digitales N.° 299A, 29911 y 299C de
La Gaceta N.1238 de 12 de diciembre de 2016, en la forma que se indica a
continuación:

(Nota de Sinalei: Por lo extenso de su contenido y
tipo de formato el de dicha reforma debe consultarse en el Alcance
Digital N° 176 a La Gaceta N° 137 del 19 de julio del 2017 )



ARTÍCULO 4.- Se autorizan las siguientes modificaciones presupuestarias:

1. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 900 70104 654 001 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones
(900.000) o el saldo que exista, destinado "para la compra de mobiliario y
equipamiento para salón comunal de Las Brisas, distrito Cajón", a fin de
que se utilice para la compra de mobiliario y equipamiento de la Asociación de
Desarrollo Integral de Cedral de Cajón.

2. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 900 70104 642 001 2310 2220, por un monto de seiscientos noventa mil
ochocientos setenta y dos colones (690.872) o el saldo que exista, destinado a
"pasos de alcantarillas y cabezales en quebrada Ernesto Fonseca, distrito
San Pedro", a fin de que se utilice para la construcción de puente de caja
en quebrada ubicada en el centro de San Jerónimo, distrito San Pedro.

3. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9304, artículo 4, inciso
12), por un monto de un millón ochocientos mil colones ( 0 1.800.000) o el
saldo que exista, destinado a "inicio deí puente
peatonal que comunica calle Víquez con calle Monte Verde", a fin de que se
utilice para realizar mejoras en el puente peatonal que comunica calle La Bromelia con barrio Boston.

4. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 900 70104 632 001 2310 2151, por un monto de seiscientos cincuenta y cuatro
mil setenta y nueve colones (654.079) o el saldo que exista, destinado a
"construcción de cordón y caño en cuadrantes de la iglesia de Peñas
Blancas,

distrito
General", a fin de que se utilice para mejoras en la plaza de deportes en
La Hermosa.

5. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 900 70104 626 001 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones
(900.000) o el saldo que exista, destinado a "inicio de la construcción de
la cocina multiuso de La Ribera, distrito San Isidro del General", a fin
de que se utilice para mejoras deí salón comunal de
La Ribera.

6. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código presupuestario
232 900 70104 362 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones ochocientos
cuarenta y nueve mil setecientos sesenta y cuatro colones (4.849.764) o el
saldo que exista, destinado a "construcción de cerca de malla alrededor de
la plaza de deportes de San Ramón Sur, distrito Páramo", a fin de que se
utilice para la construcción de la primera etapa de la gradería de la cancha de
San Ramón Sur.

7. Se autoriza a la Municipalidad de Santo Domingo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario 232 903
60104 346 001 1310 3310, por un monto de un millón doscientos doce mil
quinientos sesenta y seis colones (1.212.566) o el saldo que exista, destinado
a "mano de obra cancha multiuso, Santo Tomás, distrito Santo Tomás",
a fin de que se utilice para mejoras de la cancha multiuso del distrito de
Santo Tomás.

8. Se autoriza a la Municipalidad de Acosta para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario 203 044
70104 280 2310 3120 430, por un monto de cuatro millones de colones (4.000.000)
o el saldo que exista, destinado a "compra de lote p/ const.
Esc.-Bajo Vargas", a fin de que se utilice para la compra de asfalto para
asfaltar el camino principal de la comunidad de Bajo Vargas.

9. Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario
232 901 70104 274 280 2310 2151, por un monto de un millón setecientos
cincuenta y un mil seiscientos sesenta y seis colones ( 0 1.751.666) o el
saldo que exista, destinado a "construcción de gaviones para el puente en
el camino 2-10-921, distrito Buena Vista", a fin de que se utilice para la
construcción de evacuación pluvial en el camino 2-10-122, distrito Buena Vista.

10. Se autoriza a la Municipalidad de León Cortés para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8562, código presupuestario
232 900 70104 453 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones novecientos
treinta y nueve mil trece colones (4.939.013) o el saldo que exista, destinado
"para la compra de un terreno para la construcción de la cancha y salón
multiuso en el barrio Rosario y barrio El Estadio en el distrito San Pablo",
a fin de que se utilice para mejoras al parque de San Pablo, distrito San
Pablo.

11. Se autoriza a la Municipalidad de Santo Domingo para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8627, código presupuestario
203 049 70104 280 2310 3120 448, por un monto de ocho millones cuatrocientos
ochenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve colones (¢8.489.669) o el saldo
que exista, destinado a " const. de quiosco en el
parque central. Distrito de Santo Domingo", a fin de que se utilice para
la construcción de obras de infraestructura remodelación del parque Central,
distrito Santo Domingo, del cantón de Santo Domingo de Heredia.

12. Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código
presupuestario 232 904 70104 263 280 2310 3310, por un monto de un millón
cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro colones
(01.465.754) o el saldo que exista, destinado a "Reparación de cancha de
básquet de Los Angeles , Distrito Santa Rosa", a
fin de que se utilice para mejoras en áreas recreativas en barrio San Rafael de
Los Ángeles, distrito Santa Rosa.

13. Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 902 70104 520 001 2310 2151, por un monto de un millón catorce mil
cuatrocientos noventa y dos colones (1.014.492) o el saldo que exista,
destinado a "mejoras en el camino de Urbanización Francisco Méndez de La
Suiza (Primer entrada La Suiza Pacayitas), distrito La Suiza", a fin de
que se utilice para mejoramiento del camino La Tostadora N.° 2, La Suiza.

14. Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065, artículo 4, inciso
49), párrafo 26, por un monto de veintisiete millones de colones (0,27.000.000)
o el saldo que exista, destinado a "compra de terreno y construcción del
campo ferial en el distrito Turrialba", a fin de que se utilice para
construcción, adicionales y mejoras en el teatro municipal de Turrialba.

15. Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8050, código presupuestario
106 504-03 730 27 242 30 298, por un monto de treinta y cinco millones de
colones (35.000.000) o el saldo que exista, destinado "para continuar
trabajos de construcción centro ferial de Turrialba", a fin de que se
utilice para construcción, adicionales y mejoras en el teatro municipal de
Turrialba.

16. Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8180, código presupuestario
130-903 730 303 1 242 27, por un monto de un millón de colones (1.000.000) o el
saldo que exista, destinado a "proyecto centro ferial Turrialba, distrito
Turrialba centro", a fin de que se utilice para construcción, adicionales
y mejoras en el teatro municipal de Turrialba.

17. Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código presupuestario
232 902 70104 249 280 2310 3310), por un monto de dos millones ciento cincuenta
y dos mil quinientos cuarenta y nueve colones (02.152.549) o el saldo que
exista, destinado a "mejoras en el parquecito Rojas Quirós, distrito La
Suiza", a fin de que se utilice en la compra e instalación de máquina para
hacer ejercicio en la comunidad de Rojas Quirós.

18. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código presupuestario
232-900 70104 354 280 2310 3120, por un monto de seis millones novecientos
treinta y ocho mil quinientos cincuenta y cuatro colones (6.938.554) o el saldo
que exista, destinado a "adquisición de 19 computadoras portátiles y 19
impresoras para el uso de las diferentes Asociaciones de Desarrollo Comunal del
distrito Daniel Flores", a fin de que se utilice para mejoras en la cancha
de fútbol de barrio Los Ángeles.

19. Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341,
código presupuestario 232 904 70104 269 280 2310 3340, por un monto de un
millón cuatrocientos ochenta y cuatro mil doscientos treinta y cinco colones
(1.484.235) o el saldo que exista, destinado a "mejoramiento del salón
multiuso de la iglesia Asamblea de Dios de Tronadora, distrito Tronadora",
a fin de que se utilice para reparaciones en el salón comunal de Tronadora.

20. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9109, código presupuestario
232 905 70104 323 001 2310 1310, por un monto de ocho millones novecientos
cuarenta y siete mil quinientos diecinueve colones (0, 8.947.519) o el saldo
que exista, destinado a "construcción primera etapa delegación distrital
para la fuerza pública, distrito Volcán", a fin de que se utilice para la
construcción de baterías sanitarias, baños, camerinos y compra de mobiliario
para el salón comunal de Volcán.

21. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de las siguientes partidas presupuestarias:

Ley N.° 9193, código presupuestario 232 905 0104 236 1 2310 3120,
por un monto de novecientos mil colones (900.000) o el saldo que exista,
destinado a "compra de materiales para el cementerio de Longo Mai , distrito Volcán".

Ley N.° 9193, código presupuestario 232 905 0104 237 1 2310 3310,
por un monto de novecientos mil colones (900.000) o el saldo que exista,
destinado a "compra de bancas parque de Longo Mai ,
distrito Volcán".

A fin de que se utilice para la conclusión de camerinos de la plaza de
deportes Tres Ríos.

22. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario
232 905 60104 225 1 1310 3410, por un monto de cuatro millones quinientos mil
colones (4.500.000) o el saldo que exista, destinado a "mejoramiento de
lugar para biblioteca escolar y anexo escuela San Carlos, distrito Buenos
Aires", a fin de que se utilice para la construcción de aceras en la
comunidad de San Carlos, distrito Buenos Aires.

23. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de las siguientes partidas presupuestarias:

• Ley N.° 9193, código presupuestario 232 905 60104 227 11310 3120, por
un monto de dos millones seiscientos setenta y dos mil cuatrocientos treinta y
un colones (02.672.431) o el saldo que exista, destinado a "mejoramiento
del salón comunal Ceibo, distrito Buenos

Aires".

• Ley N.° 9304, artículo 4, inciso 27, por un monto de dos millones
setecientos mil colones (02.700.000) o el saldo que exista, destinado a
"compra de mobiliario y equipamiento del salón y cocina comunal".

A fin de que se utilicen para la remodelación de aulas de catequesis de
la iglesia católica del Ceibo, distrito Buenos Aires.

24. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166, artículo 4, inciso 9,
por un monto de dos millones quinientos sesenta y siete mil novecientos diez
colones (02.567.910) o el saldo que exista, destinado a "mejoras del
templo católico de Ultrapez ", a fin de que se
utilice para la compra de materiales de construcción para mejoras en el
cementerio de Volcán de Buenos Aires.

25. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de las siguientes partidas presupuestarias:

• Ley N.° 8182, artículo 11, inciso 176, por un monto de ochocientos mil
colones (800.000) o el saldo que exista, destinado a "aporte construcción
puente quebrada Swiñary , Buenos Aires."

• Ley N.° 8627, código presupuestario 232 905 70104 630 280 2310 3412,
por un monto de novecientos mil colones (900.000) o el saldo que exista,
destinado "para reparaciones varias en la escuela Arturo Tinoco en la
comunidad de Salitre, distrito Buenos Aires".

• Ley N.° 9065, artículo 4, inciso 51, por un monto de un millón
quinientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y ocho colones (01.541.348) o
el saldo que exista, destinado a "reparación comedor escuela de Salitre,
distrito de Buenos Aires".

• Ley N.° 8691, código presupuestario 232 905 70104 227 280 2310 3412,
por un monto de un millón quinientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y
ocho colones (01.541.348) o el saldo que exista, destinado "para realizar
obras de infraestructura en la escuela de puente, distrito de Buenos
Aires".

• Ley N.° 8908, código presupuestario 232 905 60104 405 11310 3130, por
un monto de dos millones setecientos mil colones (02.700.000) o el saldo que
exista, destinado a "sustitución de válvulas del acueducto de Salitre
Asada de Salitre, distrito de Buenos Aires".

A fin de que se utilicen para el mejoramiento de la casa de salud de
Salitre, distrito de Buenos Aires.

26. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.09019, código presupuestario
232 905 70104 345 001 2310 1310, por un monto de siete millones doscientos mil
trescientos setenta y un colones (7.200.371) o el saldo que exista, destinado a
"compra de lote para la construcción de delegación de la policía de Santa
Marta, distrito Brunka ", a fin de que se utilice
para la compra de materiales para la construcción de aceras en la calle
principal de Santa Marta.

27. Se autoriza a la Municipalidad de Perez
Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.°
9341, código presupuestario 232 900 70104 362 280 2310 2151, por dos millones
novecientos cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y cuatro colones
(02.944.734) o el saldo que exista, destinado a "bacheo asfáltico en
carretera frente al Colegio Técnico Profesional de General Viejo, distrito
General", a fin de que se utilice para alcantarillado para el desagüe de
aguas pluviales frente al CTP de General Viejo, distrito General.

28. Se autoriza a la Municipalidad de Upala
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019,
código presupuestario 232 901 60104 474 001 1310 3310, por un monto de un
millón trescientos cincuenta mil colones (1.350.000) o el saldo que exista,
destinado a "relleno de terreno para futuro estadio de baseball, distrito Upala ", a fin de que se utilice para mejoras en el
redondel de Upala .

29. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario
232 905 70104 237 280 2310 2151, por un monto de cuatro millones quinientos mil
colones (4.500.000) o el saldo que exista, destinado a "mejoras al camino
603415 de Pilas hacia Colinas, distrito Pilas", a fin de que se utilice
para el equipamiento de la cocina comunal de la Asociación de Desarrollo
Integral de Pilas.

30. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para
que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código
presupuestario 232 905 70104 246 280 2310 1310, por un monto de diecinueve
millones cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos trece colones
(¢19.466.513) o el saldo que exista, destinado para “Construir la delegación de
la guardia de asistencia rural de Chánguena , distrito
Chánguena ”, a fin de que se distribuya de la
siguiente manera:

• Treinta y ocho coma veinticinco por ciento
(38,25%) para la compra de quinientos metros (500 m) de manguera de poliducto
para la Asada de Santa Lucía.

• Veintisiete coma treinta y dos por ciento
(27,32%) para la construcción de un aula para catequesis para el Consejo
Pastoral de Chánguena .

• Treinta y cuatro coma cuarenta y tres por ciento
(34,43%) para mejoras en la cancha de fútbol de Quebrada Bonita.

(Así reformado el inciso 30) anterior por el artículo 4 aparte 15) de la
ley N° 9711 del 24 de julio de 2019)

31. Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790,
código presupuestario 232 900 70104 242 280 2310 3120, por un monto de once
millones trescientos un mil ciento sesenta y nueve colones (11.301.169) o el
saldo que exista, destinado "para la compra de una propiedad para
establecer un tajo para el distrito de San Carlos", a fin de que se
utilicen cinco millones de colones (5.000.000), para mejoras en la cancha
multiuso en Bajo San José de San Carlos; tres millones de colones (3.000.000),
para mejoras deí salón comunal Quebrada Seca San
Carlos y tres millones trescientos un mil ciento sesenta y nueve colones
(3.301.169) para mejoras deí salón comunal Alto San
Juan de San Carlos.

32. Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019,
código presupuestario 232 900 70104 349 001 2310 3120, por un monto de seis
millones setecientos noventa y siete mil ochocientos veintiséis colones
(6.797.826) o el saldo que exista, destinado a "construcción de aula de
capacitación, distrito San Carlos", a fin de que se utilice para mejoras
del salón comunal de San Carlos.

33. Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103,
código presupuestario 232 900 70104 700 001 2310 2151, por un monto de nueve
millones doscientos veintiún mil quinientos cuarenta y nueve colones (9.221
.549) o el saldo que exista, destinado a "conclusión acera plaza de
Guadalupe a Calle Vieja de Guadalupe, distrito San Marcos", a fin de que
se utilice para el mejoramiento de la plazoleta del parque Central de San
Marcos.

34. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8785, artículo 6, inciso 23,
por un monto de un millón ochocientos mil colones (1.800.000) o el saldo que
exista, destinado "para el mejoramiento de la escuela de Pilón", a
fin de que se utilice para mejoras de la cancha de fútbol cinco de la escuela
de Pilón, de Chánguena .

35. Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario
232 901 70104 278 280 2310 3310, por un monto de siete millones doscientos
cuatro mil ochocientos treinta y nueve colones (7.204.839) o el saldo que
exista, destinado a "adquisición de play ground en barrio Pito y barrio Dora La Fortuna de San
Carlos, distrito Fortuna", a fin de que se utilice para la adquisición de
un " playground " en barrio Pilo, La Fortuna
de San Carlos.

36. Se autoriza a la Municipalidad de Nicoya para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario 232 904
70104 398 1 2310 3310, por un monto de ochocientos mil colones (800.000) o el
saldo que exista, destinado a "enmallado de la plaza de deportes de la
comunidad de Sonzapote , distrito Quebrada
Honda", a fin de que se utilice para el pago del plano y la escritura del
terreno donde se ubica la plaza de deportes de Sonzapote .

37. Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9065, artículo 4, inciso
49), párrafo 10, por un monto de cuarenta y nueve millones seiscientos noventa
y tres mil cuatrocientos treinta y cinco colones (49.693.435) o el saldo que
exista, destinado a "compra de terreno y construcción de campo ferial en
el distrito Turrialba", a fin de que se utilice para construcciones,
adicionales y mejoras en el teatro municipal de Turrialba.

38. Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario
232-902 70104 246 280 2310 3410, por un monto de dos millones setenta y ocho
mil trescientos veinticinco colones (02.078.325) o el saldo que exista,
destinado a "construcción de un muro de gaviones para la escuela pública
de Pacayitas, distrito La Suiza", a fin de que se utilice para la
construcción de aceras y cunetas de los cuadrantes de la plaza de deportes de
La Suiza de Turrialba.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los siete días del
mes de julio del año dos mil diecisiete.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9461). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.