# Ley 9467: El IMAS dona dos terrenos en El Guayabal para un proyecto de casas

- Página: https://elcenso.com/leyes/9467
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL (IMAS) PARA QUE DONE DOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA Y AYUDA COMUNAL EL GUAYABAL SECTOR SUR ESTE, PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO HABITACIONAL
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1

## En resumen

La ley autoriza al IMAS a donar dos terrenos a la Asociación Pro Vivienda El Guayabal Sector Sur Este para construir viviendas, y los terrenos vuelven al IMAS si la asociación se disuelve o les da otro uso.

## A quién le toca

- La Asociación Pro Vivienda y Ayuda Comunal El Guayabal Sector Sur Este recibe dos terrenos en donación
- Las familias del proyecto habitacional de esa asociación
- El IMAS entrega los terrenos y los recupera si la asociación se disuelve o cambia el uso
- Los vecinos de El Guayabal por los linderos con calle pública y callejón de servidumbre

## A quién beneficia

- La asociación recibe dos terrenos de 17.267,36 m2 y 22.046,02 m2 sin pagar
- Las familias del proyecto obtienen terreno para construir viviendas

## Qué cambia

- El terreno solo se puede usar para el proyecto habitacional de la asociación
- Si la asociación se disuelve o cambia el uso, el terreno vuelve al IMAS
- La ley rige desde su publicación en 2017

## Cláusulas a revisar

- **Donación a una sola asociación** (1): La ley nombra a una única asociación como beneficiaria de los dos terrenos y no abre la donación a otras organizaciones. Texto: "Se autoriza al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para que done dos terrenos de su propiedad, inscritos bajo el sistema de folio real matrícula número tres-uno uno dos siete uno dos- cero cero cero (N° 3-112712-000) y número tres - uno uno dos siete uno tres- cero cero cero (N° 3-112713-000), a la Asociación Pro Vivienda y Ayuda Comunal El Guayabal Sector Sur Este, para el desarrollo de un proyecto habitacional."
- **Terrenos públicos que salen del patrimonio del IMAS** (1): El IMAS entrega dos terrenos de su propiedad sin que la ley fije un precio ni una contraprestación. Texto: "Se autoriza al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para que done dos terrenos de su propiedad"

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza al IMAS a donar dos terrenos de su propiedad a la Asociación Pro Vivienda y Ayuda Comunal El Guayabal Sector Sur Este ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)). Los terrenos están inscritos con las matrículas 3-112712-000 y 3-112713-000.

El primer terreno mide 17.267,36 metros cuadrados y el segundo mide 22.046,02 metros cuadrados ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)). Ambos son terrenos de agricultura y colindan con el río Purires.

El inmueble donado solo se puede usar para construir el proyecto habitacional de esa asociación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)).

Si la asociación se disuelve, o si el terreno se destina a otros usos no autorizados, el terreno vuelve de pleno derecho al IMAS ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)). El texto está fechado en San José el 22 de agosto de 2017.

### A quién le toca

A la Asociación Pro Vivienda y Ayuda Comunal El Guayabal Sector Sur Este: recibe los dos terrenos en donación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)).

A las familias que formen parte del proyecto habitacional de esa asociación: el terreno se destina a la construcción de sus viviendas ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)).

Al IMAS: entrega los terrenos y los recupera si la asociación se disuelve o cambia el uso ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)).

A los vecinos de El Guayabal: los linderos de los terrenos incluyen calle del Guayabal, calle pública y callejón de servidumbre ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1). SINALEVI registra una sola versión de la norma y no registra observaciones.

El texto vigente en SINALEVI es el mismo que se aprobó: no hay reformas ni correcciones posteriores [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 45 dice que la propiedad es inviolable y que a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no expropia: el IMAS dona un terreno que ya es suyo, y la Asamblea autoriza esa donación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)). El Censo no encontró choque en ese punto.

El artículo 121 dice que corresponde a la Asamblea Legislativa dictar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 9467 es una ley de la Asamblea y se tramitó como tal [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx). El Censo no encontró choque en ese punto.

El artículo 50 dice que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley destina terrenos públicos a un proyecto habitacional de una asociación específica ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)). Queda la duda de si ese destino cumple el reparto general que pide el artículo 50, pero el texto no lo contradice de forma directa.

El artículo 11 dice que los funcionarios públicos están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella ([Constitución, art. 11](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley le da al IMAS una autorización concreta para donar ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1)). El Censo no encontró choque en ese punto.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto del IMAS o de la asociación viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo y se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como presunto autor del agravio.

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley 9467 choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para eso necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo que defienda intereses difusos o colectivos.

Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos en la donación o en el proyecto, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se presentan en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025.

Si una institución pública le falla en el servicio relacionado con este proyecto, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.

Si quiere proponer una reforma a esta ley, puede usar la iniciativa popular ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). Necesita reunir las firmas que exige la ley y el TSE traslada el proyecto a la Asamblea.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas familias forman parte del proyecto ni cuándo se construirá.

El dossier no dice si la donación ya se hizo efectiva.

El dossier no incluye el plano catastrado ni el registro de la asociación.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 9467 y los artículos revisados. Queda una duda sobre el destino específico de terrenos públicos frente al artículo 50.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o el órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se puede presentar mientras subsista la violación y hasta dos meses después de que cesen sus efectos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo que defienda intereses difusos o colectivos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025 del Área de Denuncias e Investigaciones. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: Se reúnen las firmas que exige la ley y el TSE traslada el proyecto a la Asamblea Legislativa. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9467: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL (IMAS) PARA QUE DONE DOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA Y AYUDA COMUNAL EL GUAYABAL SECTOR SUR ESTE, PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO HABITACIONAL. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9467 en SINALEVI: Autorización al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para que done dos terrenos de su propiedad a la Asociación pro vivienda y ayuda comunal El Guayabal sector Sur Este, para el desarrollo de un proyecto habitacional (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 22/08/2017. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84930&param2=109712&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9467

Autorización al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para que done dos terrenos de su propiedad a la Asociación pro vivienda y ayuda comunal El Guayabal sector Sur Este, para el desarrollo de un proyecto habitacional

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N° 9467

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA

DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO MIXTO DE
AYUDA SOCIAL

(IMAS) PARA QUE DONE DOS TERRENOS DE
SU PROPIEDAD

A LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA Y AYUDA
COMUNAL

EL GUAYABAL SECTOR SUR ESTE, PARA

EL DESARROLLO DE UN PROYECTO

HABITACIONAL

ARTÍCULO
1- Se autoriza al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para que done dos
terrenos de su propiedad, inscritos bajo el sistema de folio real matrícula
número tres-uno uno dos siete uno dos- cero cero cero (N° 3-112712-000) y número tres - uno uno dos siete uno tres- cero cero
cero (N° 3-112713-000), a la Asociación Pro Vivienda
y Ayuda Comunal El Guayabal Sector Sur Este, para el desarrollo de un proyecto
habitacional.

El
primer terreno se describe así: terreno de agricultura, matrícula número tres -
uno uno dos siete uno dos - cero cero
cero (N° 3-112712-000), mide diecisiete mil
doscientos sesenta y siete metros con treinta y seis decímetros cuadrados
(17267,36 m2). Los linderos son al norte con Hermelindo Monge; al sur, con
callejón de servidumbre; al este, con calle del Guayabal con sesenta y nueve
metros coma ochenta y nueve decímetros cuadrados (69,89 m2); al oeste, con el
río Purires ; al noreste, con Hermelindo Monge
Navarro; al noroeste, con el río Purires ; al sureste,
con calle pública; al suroeste, con servidumbre o callejón en medio de Carlos
Alberto Brenes Brenes , plano catastrado número C-cero
seis uno nueve nueve tres cinco- uno nueve ocho seis
(N° C-0619935-1986).

El
segundo terreno se describe así: terreno de agricultura, matrícula número tres
- uno uno dos siete uno tres - cero cero cero (N° 3-112713-000), mide
veintidós mil cuarenta y seis metros con dos decímetros cuadrados (22046,02
m2). Los linderos son al norte con callejón de entrada; al sur, con calle del
Guayabal, con ciento setenta y ocho metros con cincuenta y ocho decímetros
cuadrados (178,58 m2); al este, con camino a calle con sesenta metros coma
ochenta y nueve decímetros cuadrados (60,89 m2), y al oeste, con el río Purires , plano catastrado número C-cero seis uno nueve nueve tres cuatro-uno nueve ocho seis (N° C-0619934-1986).



ARTICULO
2- El inmueble donado será destinado, exclusivamente, a la construcción del
proyecto habitacional desarrollado por la Asociación Pro Vivienda y Ayuda
Comunal El Guayabal Sector Sur Este.



ARTÍCULO
3- En caso de que la Asociación mencionada llegara a disolverse, o el inmueble
se destine a otros usos no autorizados en la presente ley, el terreno volverá,
de pleno derecho, a ser propiedad del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).

Rige a partir
de su publicación.

Comunícase al Poder Ejecutivo

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintidós días
del mes de agosto del dos mil diecisiete.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9467). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.