# Ley 9471: El Consejo de Gobierno sesionará en Limón cada 31 de agosto

- Página: https://elcenso.com/leyes/9471
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: RENDICIÓN DE CUENTAS DEL CONSEJO DE GOBIERNO, EL 31 DE AGOSTO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1

## En resumen

La ley 9471 obliga al Consejo de Gobierno a trasladar su sede a Limón y rendir cuentas allí cada 31 de agosto, en la Municipalidad del cantón Central o donde ella decida.

## A quién le toca

- El Consejo de Gobierno debe trasladar su sede a Limón cada 31 de agosto.
- La Municipalidad del cantón Central de Limón decide dónde se hace la sesión.
- La provincia de Limón recibe una rendición de cuentas anual.

## A quién beneficia

- La ciudadanía de Limón puede participar en la sesión porque se busca mayor participación.
- La Municipalidad del cantón Central elige el lugar de la sesión.

## Qué cambia

- La ley rige desde su publicación.
- SINALEVI registra una sola versión vigente de la norma.
- El traslado de sede ocurre una vez al año, el 31 de agosto.

## Explicación

### Qué cambia

El Consejo de Gobierno tiene que trasladar su sede y sesionar en la provincia de Limón el 31 de agosto de cada año ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)). Esa sesión tiene un objetivo principal: rendir cuentas a la provincia de Limón ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

La sesión se hará en la Municipalidad del cantón Central de Limón, o donde la Municipalidad decida, para que más gente pueda participar ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)). El texto dice que se dio en la provincia de Limón el 30 de agosto de 2017.

### A quién le toca

Al Consejo de Gobierno, que debe trasladar su sede y sesionar en Limón cada 31 de agosto ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

A la Municipalidad del cantón Central de Limón, que decide si la sesión se hace en su edificio o en otro lugar ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

A la provincia de Limón, que recibe esa rendición de cuentas una vez al año ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

El plenario aprobó en primer debate el expediente 20.417, que fija el 31 de agosto de cada año para la rendición de cuentas del Consejo de Gobierno en Limón ([video, 00:00:09](https://www.youtube.com/watch?v=rpDRL1-4QHw&t=9s)).

En la grabación, una persona que habla de los limonenses dice: "no sólo el hecho de la rendir las cuentas sino de decirle al limón bueno que ha hecho por limón o qué va a hacer por limón" ([video, 00:00:25](https://www.youtube.com/watch?v=rpDRL1-4QHw&t=25s)).

El plenario aprobó en segundo debate el proyecto 20.417, que autoriza al Poder Ejecutivo a rendir cuentas mediante el Consejo de Gobierno cada año en Limón ([video, 00:00:09](https://www.youtube.com/watch?v=T2Br-DoVSCI&t=9s)). La cita será cada 31 de agosto ([video, 00:00:22](https://www.youtube.com/watch?v=T2Br-DoVSCI&t=22s)).

Según la grabación, la sesión pretende revisar y analizar las acciones concretas del Estado para el desarrollo de la región, golpeada por pobreza, desempleo, inseguridad y acceso a la educación ([video, 00:00:25](https://www.youtube.com/watch?v=T2Br-DoVSCI&t=25s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1).

El texto consolidado de SINALEVI coincide con el aprobado: los artículos 1 y 2 mantienen el traslado de sede a Limón y la rendición de cuentas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 121 dice que corresponde a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 9471 salió de la Asamblea, así que calza con esa atribución ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

El artículo 124 pide dos debates en días distintos no consecutivos, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Las grabaciones muestran el primer debate ([video, 00:00:09](https://www.youtube.com/watch?v=rpDRL1-4QHw&t=9s)) y el segundo debate ([video, 00:00:09](https://www.youtube.com/watch?v=T2Br-DoVSCI&t=9s)).

El artículo 168 dice que el territorio se divide en provincias, cantones y distritos ([Constitución, art. 168](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Limón es una provincia, y la ley se refiere a ella y a su cantón Central ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley deja en manos de la Municipalidad del cantón Central decidir dónde se hace la sesión ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)), lo que calza con esa autonomía local.

El artículo 170 declara autónomas a las corporaciones municipales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no les impone una obligación de gasto; solo les da la decisión del lugar ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si vive en Limón y quiere que la rendición de cuentas sirva, puede pedir una audiencia ciudadana para consultar, pedir información o presentar una situación ante la institución ([guía, p. 42](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=42)).

Puede organizarse con otras personas y hacer una auditoría ciudadana: evaluar el desempeño del gobierno y sus decisiones de política pública ([guía, p. 42](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=42)).

Si un acto concreto del Estado viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Puede denunciar ante la Contraloría General de la República un hecho que se presume irregular en el manejo de recursos públicos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le falla en un servicio ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto cuesta trasladar la sede del Consejo de Gobierno a Limón cada año.

El dossier no dice qué pasó en las rendiciones de cuentas de años anteriores.

El dossier no dice si la sesión del 31 de agosto se suspende si ese día cae feriado o fin de semana.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la ley 9471 y los artículos constitucionales del dossier. La ley calza con la atribución de la Asamblea de dictar leyes y con la autonomía municipal.

## Qué puede hacer usted

- Audiencia ciudadana: Solicite una audiencia con la institución para abrir un espacio de incidencia y toma de decisiones. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=42)
- Auditoría ciudadana: Organícese con otras personas de la sociedad civil para evaluar o auditar el desempeño del gobierno. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=42)
- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se plantea contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan la Constitución. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presente la denuncia de forma escrita o verbal en la Plataforma de Servicios, por teléfono, por el portal institucional o por correo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Fuentes

1. Ley 9471: RENDICIÓN DE CUENTAS DEL CONSEJO DE GOBIERNO, EL 31 DE AGOSTO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. PODER EJECUTIVO HARÁ RENDICIÓN DE CUENTAS UNA VEZ AL AÑO EN LIMÓN. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2017-08-22. https://www.youtube.com/watch?v=rpDRL1-4QHw
3. CONSEJO DE GOBIERNO RENDIRA CUENTAS CADA AÑO EN LIMON. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2017-08-28. https://www.youtube.com/watch?v=T2Br-DoVSCI
4. Ley 9471 en SINALEVI: Rendición de cuentas del Consejo de Gobierno, el 31 de agosto de cada año (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 30/08/2017. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84884&param2=109651&param3=1
5. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9471

Rendición de cuentas del Consejo de Gobierno, el 31 de agosto de cada año

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9471

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

RENDICIÓN DE CUENTAS DEL CONSEJO DE GOBIERNO, EL 31 DE AGOSTO

ARTÍCULO 1- El Consejo de Gobierno trasladará su sede y sesionará, en la
provincia de Limón, el 31 de agosto de cada año.



ARTÍCULO 2- Dicha sesión tendrá como objetivo principal una rendición de
cuentas del Consejo de Gobierno a la provincia de Limón.

Esta sesión se realizará en la Municipalidad del cantón Central de la provincia
de Limón, o bien, donde la Municipalidad decida realizarla, a efectos de
asegurar una mayor participación de la ciudadanía.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Provincia de Limón, a los treinta días del mes de agosto del
año dos mil diecisiete.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9471). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.