# Ley 9472: Mora podrá donar cuatro lotes en Tabarcia a cuatro personas

- Página: https://elcenso.com/leyes/9472
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE MORA PARA QUE SEGREGUE Y DONE LOTES A FAVOR DE VARIAS PERSONAS EN TABARCIA DE MORA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Mora a segregar y donar cuatro lotes de su finca en Tabarcia a cuatro personas nombradas, sin pagar impuestos de traspaso.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Mora, que debe segregar y donar cuatro lotes de su finca en Tabarcia
- Kattia Martina Chavarría Cascante, que recibe el lote uno de 202 m2
- Miguel Jesús Loaiza Loaiza, que recibe el lote dos de 148 m2
- Antonio Loaiza Loaiza, que recibe el lote tres de 161 m2
- Mirna Pérez Quesada, que recibe el lote cuatro de 639 m2
- La Notaría del Estado, que firma las escrituras y corrige errores que señale el Registro Nacional

## A quién beneficia

- Cuatro personas reciben un lote con casa sin pagar impuestos, tasas ni contribuciones de traspaso
- La Notaría del Estado puede corregir los errores que señale el Registro Nacional
- La Municipalidad de Mora se reserva el resto de la finca madre

## Qué cambia

- El traspaso queda exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, registrales o de otra índole
- La ley nombra a cada beneficiario con su cédula de identidad
- La ley fija los linderos y el plano catastrado de cada lote

## Cláusulas a revisar

- **Cuatro beneficiarios con nombre y cédula** (1): La ley nombra a cada persona que recibe un lote y fija su cédula de identidad. No es una donación abierta a otros vecinos. Texto: "Este lote se dona a Kattia Martina Chavarría Cascante, conocida como Kattia Martina Cascante Sandí, portadora dela cédula de identidad número uno-cero ocho cuatro cinco cero dos cero uno (N.º 1-0845-0201)."
- **Traspaso sin impuestos ni tasas** (2): El traspaso queda exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, registrales o de cualquier otra índole. El dossier no dice cuánto se deja de recaudar. Texto: "el traspaso estará exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, tanto registrales como de cualquier otra índole"
- **La Notaría del Estado corrige errores** (2): La ley autoriza a la Notaría del Estado para corregir los posibles errores que señale el Registro Nacional, sin detallar cuáles ni con qué límite. Texto: "se autoriza a la Notaría del Estado para que corrija los posibles errores que señale el Registro Nacional"

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Mora queda autorizada para sacar cuatro lotes de su finca y donarlos a cuatro personas con nombre y cédula. La finca madre está en Tabarcia, distrito 3 de Mora, y mide 1.747,24 m2 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

El lote uno mide 202 m2 y se dona a Kattia Martina Chavarría Cascante, conocida como Kattia Martina Cascante Sandí, cédula 1-0845-0201 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

El lote dos mide 148 m2 y se dona a Miguel Jesús Loaiza Loaiza, cédula 1-0658-0422 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

El lote tres mide 161 m2 y se dona a Antonio Loaiza Loaiza, cédula 1-0337-0337 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

El lote cuatro mide 639 m2 y se dona a Mirna Pérez Quesada, cédula 1-0436-0080 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

El resto de la finca se lo reserva la Municipalidad de Mora. Ese resto debe quedar descrito en las escrituras que haga la Notaría del Estado ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

Las escrituras se firman ante la Notaría del Estado. El traspaso no paga impuestos, tasas ni contribuciones de ningún tipo, ni registrales ni de otra índole ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

La Notaría del Estado también queda autorizada para corregir los errores que señale el Registro Nacional ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

La ley rige desde su publicación. El texto está fechado en San José el 6 de setiembre de 2017 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

### A quién le toca

A la Municipalidad de Mora, que es la que segrega y dona. La ley la identifica con la cédula jurídica 3-014-042054 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

A las cuatro personas que reciben los lotes: Kattia Martina Chavarría Cascante, Miguel Jesús Loaiza Loaiza, Antonio Loaiza Loaiza y Mirna Pérez Quesada ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

A la Notaría del Estado, que hace las escrituras y puede corregir errores que señale el Registro Nacional ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

A los vecinos que colindan con los lotes, porque la ley fija los linderos de cada uno. Entre ellos Rafael Zúñiga Araya, José Chavarría, Milady de los Ángeles Zúñiga Cascante, Adriana Cordero Barquero, Manuel Artavia Mata y Mirna Pérez Quesada ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no registra observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1).

El texto vigente en SINALEVI es el mismo que se aprobó. No hay una versión distinta que comparar [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y la Constitución del dossier. La Asamblea Legislativa tiene la atribución de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

La Constitución protege la propiedad y permite privar a alguien de ella solo por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí la Municipalidad dona terreno propio, no quita terreno a un particular. Por eso no se ve una expropiación encubierta.

Las municipalidades son autónomas y administran los intereses locales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley autoriza a la Municipalidad de Mora a disponer de un bien suyo, lo que calza con esa autonomía.

Queda una duda sobre el control del gasto público. Los presupuestos municipales necesitan la aprobación de la Contraloría General ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no dice si la donación pasó por ese control. El Censo no puede confirmarlo con el dossier.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la Municipalidad de Mora o de la Notaría del Estado le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

En el escrito de amparo debe expresar el hecho o la omisión que lo motiva. También el derecho que considera violado y el nombre del servidor público o del órgano autor ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

El recurso no exige otras formalidades ni autenticación. Puede presentarse por memorial, telegrama u otro medio escrito ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para esa acción normalmente debe existir un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la donación, puede denunciar ante la Contraloría General. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le da mal servicio o actúa de forma irregular, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la Municipalidad de Mora ya firmó las escrituras de donación.

El dossier no dice si la Contraloría General revisó o aprobó esta donación.

El dossier no incluye los planos catastrados ni permite verificar los linderos en el campo.

El dossier no dice cuánto valen los cuatro lotes ni cuánto se deja de pagar en impuestos.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro. La Asamblea puede dictar leyes y la Municipalidad dispone de un bien propio. Queda una duda sobre el control de la Contraloría.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o el órgano autor del agravio. Exprese el hecho, el derecho violado y las pruebas. Puede presentarse por memorial, telegrama u otro medio escrito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y disposiciones generales. Normalmente debe existir un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. También al 2501-8000 o al 2501-8025. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9472: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE MORA PARA QUE SEGREGUE Y DONE LOTES A FAVOR DE VARIAS PERSONAS EN TABARCIA DE MORA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9472 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Mora para que segregue y done lotes a favor de varias personas en Tarbacia de Mora (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 06/09/2017. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85317&param2=110236&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9472

Autorización a la Municipalidad de Mora para que segregue y done lotes a favor de varias personas en Tarbacia de Mora

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Nº 9472

LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE
COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE MORA

PARA QUE SEGREGUE Y DONE LOTES A FAVOR

DE VARIAS PERSONAS EN TABARCIA DE MORA

ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad
del cantón de Mora, cédula jurídica número tres- cero uno cuatro- cero cuatro
dos cero cinco cuatro (3-014-042054), para que de su finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, matrícula de folio real número cuatro
nueve cero ocho nueve- cero cero cero (N° 49089-000), situada en Tabarcia,
distrito 3 de Mora, cantón 7 de la provincia de San José, que es terreno
cultivado de café con casa, linda al norte con Rafael Zúñiga Araya; al sur, con
José Chavarría; al este, con calle en medio de San Francisco de Tabarcia; al
oeste, con Rafael Zúñiga Araya, mide mil setecientos cuarenta y siete metros
con veinticuatro decímetros cuadrados (1.747,24 m2), sin que se indique plano
catastrado, segregue y done libre de gravámenes y anotaciones cuatro lotes,
según el siguiente detalle:

a) Lote uno: terreno de solar con
casa que linda al norte con Milady de los Ángeles Zúñiga Cascante; al sur, con
servidumbre de paso con un frente de doce metros veintisiete decímetros (12,27
m); al este, con el resto de la finca madre propiedad de la Municipalidad de
Mora, y al oeste, con Miguel Jesús Loaiza Loaiza; mide doscientos dos metros
cuadrados (202 m2), según el plano catastrado número uno-uno nueve tres cuatro
ocho uno cuatro-dos cero uno seis (N° 1- 1934814-2016).

Este lote se dona a Kattia
Martina Chavarría Cascante, conocida como Kattia Martina Cascante Sandí,
portadora dela cédula de identidad número uno-cero ocho cuatro cinco cero dos
cero uno (N.º 1-0845-0201).

b) Lote dos: terreno de solar con
casa que linda al norte con Milady de los Ángeles Zúñiga Cascante; al sur, con
servidumbre de paso con un frente de nueve metros con cuarenta y cinco
decímetros (9,45 m); al este, con Kattia Chavarría Cascante, y al oeste, con
Antonio Loaiza Loaiza; mide ciento cuarenta y ocho metros cuadrados (148 m2),
según el plano catastrado número uno- uno nueve tres nueve siete seis cero- dos
cero uno seis (N° 1-1939760-2016).

Este lote se dona a Miguel Jesús
Loaiza Loaiza, portador de la cédula de identidad número uno- cero seis cinco
ocho- cero cuatro dos dos (N.º 1-0658-0422).

c) Lote tres: terreno de solar
con casa que linda al norte con Milady de los Ángeles Zúñiga Cascante y Adriana
Cordero Barquero; al sur, con servidumbre de paso con un frente de nueve metros
con noventa y cinco decímetros (9,95 m); al este, con Miguel Jesús Loaiza
Loaiza, y al oeste, con Mirna Pérez Quesada; mide ciento sesenta y un metros
cuadrados (161 m2), según el plano catastrado número uno - uno nueve tres tres
dos cinco cuatro-dos cero uno seis (N° 1- 1933254 -2016).

Este lote se dona a Antonio
Loaiza Loaiza, portador de la cédula de identidad número uno- cero tres tres
siete-cero tres tres siete (N.° 1-0337-0337).

d) Lote cuatro: terreno de solar
con tres casas, que linda al norte y el oeste con Adriana Cordero Barquero; al
sur, con Manuel Artavia Mata; al este, con Antonio Loaiza Loaiza y servidumbre
de paso con un frente de cuatro metros cuadrados (4 m2); mide seiscientos
treinta y nueve metros cuadrados (639 m2), según el plano catastrado número uno
- uno nueve tres dos uno nueve siete – dos cero uno seis (1-1932197-2016).

Este lote se dona a Mirna Pérez
Quesada, portadora de la cédula de identidad número uno- cero cuatro tres
seis-cero cero ocho cero (N° 1-0436-0080).

El resto de la finca madre se lo
reserva la Municipalidad de Mora y deberá describirse en las respectivas
escrituras que al efecto realizará la Notaría del Estado.



ARTICULO 2- Las escrituras
correspondientes se efectuarán ante la Notaría del Estado y el traspaso estará
exento de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, tanto registrales
como de cualquier otra índole. Asimismo, se autoriza a la Notaría del Estado
para que corrija los posibles errores que señale el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los seis días del mes de setiembre del año dos mil
diecisiete.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9472). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.