# Ley 9474: Cartago dona un terreno a la Cruz Roja de Paraíso

- Página: https://elcenso.com/leyes/9474
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO DE CARTAGO PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA CRUZ ROJA COSTARRICENSE
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1

## En resumen

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago queda autorizada a donar un solar de 210,05 m2 a la Cruz Roja, que debe usarlo solo para el Comité Auxiliar de Paraíso y no puede venderlo ni gravarlo por diez años.

## A quién le toca

- La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago queda autorizada a donar el inmueble.
- La Asociación Cruz Roja Costarricense recibe el terreno con uso exclusivo para el Comité Auxiliar de Paraíso.
- La Cruz Roja no puede vender, arrendar, traspasar ni gravar el terreno por diez años.
- La Notaría del Estado formaliza la escritura sin pago de impuestos, tasas o contribuciones.

## A quién beneficia

- El Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Paraíso obtiene un terreno para construir sus instalaciones.
- La escritura de donación queda exenta de impuestos, tasas y contribuciones.
- La Notaría del Estado puede corregir errores de medida, linderos o naturaleza del inmueble.

## Qué cambia

- El terreno mide 210,05 metros cuadrados y está en el distrito 01 de Paraíso, cantón 02 de Paraíso.
- La prohibición de vender o gravar dura diez años desde la publicación de la ley.
- La ley rige desde su publicación, según el texto firmado el 6 de setiembre de 2017.

## Cláusulas a revisar

- **La Notaría del Estado puede corregir datos del inmueble** (4): La ley faculta a la Notaría del Estado para actualizar y corregir la naturaleza, situación, medida, linderos y cualquier error u omisión sobre los datos del inmueble a donar. Texto: "queda facultada expresamente la Notaría del Estado para que actualice y corrija la naturaleza, la situación, la medida, los linderos y cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar"
- **El destino queda limitado al Comité Auxiliar de Paraíso** (2): El terreno se destina exclusivamente a que ese comité construya sus instalaciones y preste asistencia humanitaria. Texto: "El bien donado se destinará, exclusivamente, a la Asociación Cruz Roja Costarricense, para que el Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Paraíso construya sus instalaciones"

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza a la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago a donar un terreno a la Asociación Cruz Roja Costarricense ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)). El inmueble es la finca del partido de Cartago, matrícula folio real número 49493-000, en el distrito 01 de Paraíso, cantón 02 de Paraíso, provincia de Cartago.

El terreno mide 210,05 metros cuadrados y su naturaleza es "un solar inculto con transformador y otros" ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)). Los linderos son: al norte con Francinieri Chaves Araya, al oeste con Giovanni Coghi Pereira, y al sur y al este con calle pública. El plano catastrado es el C-1137328-2007.

El uso queda amarrado. El bien se destina exclusivamente a que el Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Paraíso construya sus instalaciones y preste el servicio de asistencia humanitaria ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

La Cruz Roja no puede traspasar, vender, arrendar ni gravar el terreno de ninguna forma ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)). Esa prohibición dura diez años contados desde la publicación de la ley.

La Notaría del Estado hace la escritura y esa escritura queda exenta de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)). La Notaría también puede corregir la naturaleza, la situación, la medida, los linderos y cualquier error u omisión sobre los datos del inmueble.

La ley rige desde su publicación ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)). El texto dice que se firmó en la Presidencia de la República, San José, el 6 de setiembre de 2017.

### A quién le toca

A la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago, cédula jurídica 3-007-045087, que queda autorizada a donar ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

A la Asociación Cruz Roja Costarricense, cédula jurídica 3-002-045433, que recibe el terreno con una condición de uso y una prohibición de diez años ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

Al Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Paraíso, que es el único destinatario de las instalaciones ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

A la Notaría del Estado, que formaliza la donación y queda facultada para corregir datos del inmueble ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

A los vecinos de Paraíso de Cartago que viven cerca del solar, porque el terreno está en el distrito 01 de Paraíso y colinda con calle pública ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente y SINALEVI muestra una sola versión de la norma [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1). La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica.

El texto consolidado de SINALEVI coincide con el aprobado: no aparece una versión distinta que cambie montos, plazos o condiciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 45 dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay privación forzada: la propia Junta del Servicio Eléctrico de Cartago pide y recibe autorización para donar, y la ley no impone indemnización porque no hay despojo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

El artículo 121 reserva a la Asamblea Legislativa la atribución de "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es una autorización legislativa para disponer de un bien de una junta administrativa, y el texto no muestra que se haya usado otra vía ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

El artículo 124 exige dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El dossier no trae el detalle de los debates ni la fecha de publicación en La Gaceta, así que ese punto no se puede verificar aquí [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1).

El artículo 175 somete los presupuestos municipales a la aprobación de la Contraloría General ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca presupuestos municipales ni crea un gasto público, así que no se ve relación directa con ese artículo ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si vive en Paraíso y le preocupa el uso del terreno, puede pedir información a la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago sobre la escritura y el destino del inmueble. La ley pone la formalización en manos de la Notaría del Estado ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

Si cree que un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si lo que quiere es atacar la ley misma por inconstitucionalidad, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Esa acción requiere, por regla general, un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos.

Si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en la donación, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de Denuncia Electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no trae la fecha exacta de publicación en La Gaceta, solo la mención de SINALEVI a que se publicó en formato digital [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1).

El dossier no dice si la donación ya se inscribió en el Registro Nacional ni si la escritura ya se otorgó ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

El dossier no indica el valor del terreno ni si la Municipalidad de Paraíso tiene algún plan regulador que afecte ese solar ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1)).

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la autorización de donación y los artículos constitucionales del dossier. La duda principal es de trámite: el dossier no permite verificar los dos debates ni la publicación en La Gaceta.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se plantea contra leyes y disposiciones generales. Por regla general requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa, salvo intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, teléfono 2501-8000 o 2501-8025, portal de Denuncia Electrónica o correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9474: AUTORIZACIÓN A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO DE CARTAGO PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA CRUZ ROJA COSTARRICENSE. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9474 en SINALEVI: Autorización a la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago para que done un terreno de su propiedad a la Cruz Roja Costarricense (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 06/09/2017. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=84943&param2=109747&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9474

Autorización a la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago para que done un terreno de su propiedad a la Cruz Roja Costarricense

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N° 9474

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO

DE CARTAGO PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD

A LA CRUZ ROJA COSTARRICENSE

ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico
de Cartago, cédula jurídica número tres- cero cero
siete-cero cuatro cinco cero ocho siete (N.º 3-007-045087), para que
done a la Asociación Cruz Roja Costarricense, cédula jurfdica
número tres-cero cero dos-cero cuatro cinco cuatro tres tres
(N. º 3- 002-045433), el bien inmueble inscrito en el Registro Nacional,
finca del partido de Cartago, matricula folio real número cuatro nueve cuatro
nueve trescero cero cero (N.º
49493 -000), situada en el distrito cero uno, Paraíso, cantón cero dos,
Paraíso, de la provincia de Cartago, cuya naturaleza es un solar inculto con
transformador y otros, y sus linderos son al norte con Francinieri
Chaves Araya; al oeste, con Giovanni Coghi Pereira;
al sur, con calle pública, y al este, con calle pública, el inmueble tiene un
área de doscientos diez metros con cero cinco declmetros
cuadrados (210,05 m2 ), según consta en el plano catastrado número C uno uno tres siete tres dos ocho-dos cero cero
siete (C-1137328-2007).



ARTÍCULO 2- El bien donado se destinará, exclusivamente, a la Asociación
Cruz Roja Costarricense, para que el Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Paraíso
construya sus instalaciones, para la prestación del servicio de asistencia
humanitaria y la realización de actividades propias del Comité Auxiliar de la
Cruz Roja Costarricense de Paraíso.



ARTICULO 3- La Asociación Cruz Roja Costarricense no podrá traspasar,
vender, arrendar ni gravar, de ninguna forma, el terreno donado. Esta
disposición tendrá un plazo de diez años, contado a partir de la publicación de
la presente ley.



ARTÍCULO 4- La Notaría del Estado formalizará todos los trámites de esta
donación, mediante la elaboración de la escritura correspondiente, la cual
estará exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones.
Además, queda facultada expresamente la Notaría del Estado para que actualice y
corrija la naturaleza, la situación, la medida, los linderos y cualquier error,
diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar, así como
cualquier otro dato registra! o notarial que sea necesario para la debida
inscripción del documento en el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San
José, a los seis días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9474). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.