# Ley 9490: Quepos cambia de nombre en su ley de impuestos municipales

- Página: https://elcenso.com/leyes/9490
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: REFORMAS DE LA LEY N°. 7457, TARIFA DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTÓN DE AGUIRRE, DE 29 DE NOVIEMBRE DE 1994
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1

## En resumen

La Ley 9490 renombra de Aguirre a Quepos la ley de impuestos municipales y aclara qué actividades de comercio pagan el impuesto, para comercios y bancos del cantón.

## A quién le toca

- Comercios de Quepos que compran y venden bienes, mercaderías, propiedades, títulos de valor o dinero
- Casas de representación, comisionistas, agencias y corredores de bolsa del cantón
- Instituciones bancarias, de seguros y de crédito que operan en Quepos
- Personas que piden o renuevan una patente municipal en Quepos

## A quién beneficia

- La ley aclara el nombre del cantón en el título y en los artículos 1, 19 y 20 de la Ley 7457
- El texto enumera con precisión qué actividades comerciales quedan cubiertas por el impuesto

## Qué cambia

- Los comercios de Quepos deben revisar si su actividad entra en el inciso b) del artículo 15
- Las entidades financieras y de seguros del cantón quedan nombradas como contribuyentes
- Quien pida licencia municipal debe estar al día con los tributos del municipio

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 9490 reforma la Ley 7457, que es la tarifa de impuestos municipales del cantón de Aguirre. El artículo 2 cambia el título y los artículos 1, 19 y 20 de esa ley. Donde decía "Aguirre" ahora dice "Quepos". Lo demás sigue igual ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1)).

El artículo 1 reforma el inciso b) del artículo 15 de la Ley 7457. Ese inciso trata del comercio como actividad gravada. La ley dice que el comercio comprende "la compra y la venta de toda clase de bienes, mercaderías, propiedades, títulos valores, moneda y otros" ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1)).

También incluye "los actos de valoración de los bienes económicos, según la oferta y la demanda". Menciona casas de representación, comisionistas, agencias, corredores de bolsa, instituciones bancarias y de seguros, e instituciones de crédito ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1)).

El texto dice que los contribuyentes pagan "conforme a lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de esta ley, excepto las mencionadas en el artículo 16" ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1)). El dossier no incluye el texto de esos artículos 3, 4 y 16.

La ley rige a partir de su publicación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1)). El dossier no trae la fecha exacta de publicación en La Gaceta.

### A quién le toca

A los comercios de Quepos que compran y venden bienes, mercaderías, propiedades, títulos de valor o dinero. El artículo 1 los incluye como contribuyentes del inciso de comercio ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1)).

A las casas de representación, comisionistas, agencias y corredores de bolsa que operan en el cantón. El texto los nombra en la lista de actividades de comercio ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1)).

A las instituciones bancarias, de seguros y de crédito. La ley las nombra dentro de las actividades de comercio gravadas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1)).

A cualquier persona que pida o traslade una licencia municipal en Quepos. La Ley 7457, que esta ley reforma, pide estar al día con los tributos municipales como requisito [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=22024&param2=110431&param3=1).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La norma está vigente. SINALEVI registra una sola versión, la 1 de 1 [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1). El dossier no reproduce esa fecha.

El texto consolidado de SINALEVI coincide con el texto aprobado que trae el expediente. No hay dos versiones distintas que comparar [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1) [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley fija un impuesto municipal, que es materia del gobierno local.

El artículo 170 dice que las corporaciones municipales son autónomas ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley respeta esa autonomía porque regula un tributo del cantón, no le impone al municipio cómo gastarlo.

El artículo 18 dice que los costarricenses deben "contribuir para los gastos públicos" ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El impuesto que crea esta ley encaja con ese deber.

El artículo 175 dice que los presupuestos municipales necesitan la aprobación de la Contraloría General ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca ese control.

El artículo 45 protege la propiedad y permite limitaciones solo por interés público y con indemnización ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Un impuesto es una carga legal sobre la actividad económica, no una privación de propiedad. El Censo no ve aquí un choque.

### Qué puede hacer usted

Si un cobro concreto le parece mal aplicado, puede presentar un recurso de amparo. Procede contra actos u omisiones de servidores públicos que violen derechos fundamentales ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo.

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Debe expresar el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

La acción de inconstitucionalidad pide, por regla, un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). No se necesita ese caso cuando se defienden intereses difusos o colectivos.

Si el problema es el manejo de fondos públicos en la Municipalidad de Quepos, puede denunciar ante la Contraloría General. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si la Municipalidad le brinda un mal servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende asuntos por mal funcionamiento de instituciones públicas ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja.

Si quiere cambiar la ley, puede impulsar una iniciativa popular. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoría técnica gratuita para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no trae la fecha exacta de publicación en La Gaceta.

El dossier no incluye el texto de los artículos 3, 4 y 16 de la ley, que fijan cómo se calcula el impuesto y qué queda exceptuado.

El dossier no dice cuánto se paga ni cuál es la tasa del impuesto de comercio.

El dossier no trae grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 9490 y los artículos constitucionales del dossier. La ley regula un impuesto municipal, materia que la Constitución deja al gobierno local.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano autor del agravio. Debe expresar el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor y las pruebas. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y disposiciones generales. Por regla pide un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos o colectivos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoría técnica gratuita para redactar el proyecto y seguir el procedimiento. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9490: REFORMAS DE LA LEY N°. 7457, TARIFA DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTÓN DE AGUIRRE, DE 29 DE NOVIEMBRE DE 1994. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7457: Impuestos Municipales de Quepos (Aguirre) (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 29/11/1994. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=22024&param2=110431&param3=1
3. Ley 9490 en SINALEVI: Reforma Impuestos Municipales de Quepos (Aguirre) (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 25/10/2017. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85410&param2=110430&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9490

Reforma Impuestos Municipales de Quepos (Aguirre)

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N° 9490

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA
RICA

DECRETA:

REFORMAS DE LA LEY N.º 7457, TARIFA DE IMPUESTOS
MUNICIPALES

DEL CANTÓN DE AGUIRRE, DE 29 DE NOVIEMBRE DE 1994

ARTÍCULO 1- Se reforma el inciso b) del artículo 15
de la Ley N.0 7457, Tarifa de Impuestos Municipales del Cantón de Aguirre, de
29 de noviembre de 1994. El texto es el siguiente:

Artículo 15- Actividades lucrativas afectas al
impuesto Por todas las actividades lucrativas que seguidamente se enumeran, comprendidas
en la clasificación internacional de actividades económicas, los contribuyentes
pagarán, conforme a lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de esta ley, excepto
las mencionadas en el artículo 16.

[ ... ]

b) Comercio

Comprende la compra y la venta de toda clase de
bienes, mercaderías, propiedades, títulos valores, moneda y otros. Además, los
actos de valoración de los bienes económicos, según la oferta y la demanda,
tales como casas de representación, comisionistas, agencias, corredores de
bolsa, instituciones bancarias y de seguros, instituciones de crédito y, en
general, todo cuanto involucre transacciones de mercado de cualquier tipo.

[ ... ].



ARTICULO 2- Se reforman el título y los artículos
1, 19 y 20 de la Ley N.º 7457, Tarifa de Impuestos Municipales del Cantón de
Aguirre, para que donde dice "Aguirre" se lea "Quepos"; lo
demás sigue igual.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a
los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9490). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.