# Ley 9492: Osa puede perdonar intereses y multas si le pagan el principal

- Página: https://elcenso.com/leyes/9492
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE OSA PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS, INTERESES Y LAS MULTAS SOBRE IMPUESTOS, TASAS, SERVICIOS Y DEMÁS OBLIGACIONES DE CARÁCTER MUNICIPAL
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Osa a perdonar intereses y multas municipales a quien pague todo el principal, dentro de un plazo de ocho meses.

## A quién le toca

- Personas que deben intereses y multas municipales en el cantón de Osa.
- Personas que deben el impuesto sobre bienes inmuebles en Osa.
- Personas que deben principal más intereses y multas y quieren acogerse al perdón.
- Personas que necesitan pagar su deuda municipal en tractos.

## A quién beneficia

- Perdón de intereses y multas municipales en Osa si se paga todo el principal.
- Posibilidad de pagar la deuda en tractos durante el período de condonación.
- El perdón cubre también el impuesto sobre bienes inmuebles.

## Qué cambia

- El perdón no es automático: exige cancelar la totalidad del principal.
- El plazo para aplicar la condonación es de ocho meses y empieza un mes después de la entrada en vigencia.
- La Municipalidad de Osa deja de cobrar intereses y multas, pero mantiene el cobro del principal.

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio limitado a un cantón** (1): La condonación solo aplica en el cantón de Osa, no en el resto del país. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para que condone a los sujetos pasivos del pago de intereses y las multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, incluso el impuesto sobre los bienes inmuebles, que se adeuden a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley."
- **El perdón exige pagar todo el principal** (2): Sin el pago total del principal, no hay perdón de intereses ni multas. Texto: "La condonación se aplicará cuando los sujetos cancelen la totalidad del principal adeudado."

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Osa queda autorizada para perdonar los intereses y las multas de impuestos, tasas, servicios y otras obligaciones municipales. También cubre el impuesto sobre bienes inmuebles ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)). El perdón aplica sobre lo que se debía al momento en que la ley entró a regir.

El perdón no es automático. Solo se aplica cuando la persona deudora cancela la totalidad del principal que debe ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)). Dicho de otro modo: si paga el monto base de la deuda, la Municipalidad le borra los intereses y las multas.

La deuda se puede pagar en tractos durante el período de la condonación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)).

El plazo para usar este beneficio es de ocho meses. Ese plazo empieza a contar un mes después de que la ley entró en vigencia ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)). La ley rige desde su publicación.

### A quién le toca

A los sujetos pasivos del pago de intereses y multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones municipales en el cantón de Osa ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)). Eso incluye a quienes deben el impuesto sobre bienes inmuebles.

Les toca a las personas que deban principal más intereses y multas y quieran acogerse al perdón: deben pagar todo el principal ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)). También les toca a quienes necesiten pagar en partes, porque la ley permite tractos dentro del período de condonación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre la Ley 9492 de Osa. La grabación V1 trata del expediente 20 763, una autorización a la Municipalidad de Paraíso para condonar deudas por el servicio de red de cloacas ([video, 00:00:12](https://www.youtube.com/watch?v=hwd5c02OmzY&t=12s)). El texto de esa grabación dice que la autorización es "por una única vez a más de 70 familias principalmente mujeres solas en pobreza extrema" ([video, 00:00:27](https://www.youtube.com/watch?v=hwd5c02OmzY&t=27s)).

En esa misma grabación, el legislador Luis Fernando Chacón dijo que la Asamblea "ha generado más de 240 leyes de la república" ([video, 00:01:51](https://www.youtube.com/watch?v=hwd5c02OmzY&t=111s)). La diputada Paola Vega dijo que "lo menos que hay que hacer en esta vida es autocomplacientes" ([video, 00:02:40](https://www.youtube.com/watch?v=hwd5c02OmzY&t=160s)).

Ninguna de las dos grabaciones menciona el cantón de Osa ni la Ley 9492.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1). La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta. El texto consolidado de SINALEVI coincide con el texto aprobado que aparece en el dossier ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 169 de la Constitución pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley hace justamente eso: autoriza a la Municipalidad de Osa a decidir sobre el perdón de intereses y multas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)).

El artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley fue dictada por la Asamblea, así que calza con ese artículo.

El artículo 18 dice que los costarricenses deben "contribuir para los gastos públicos" ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Perdonar intereses y multas podría generar dudas sobre ese deber, pero la ley exige pagar todo el principal ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)). Esa exigencia reduce la duda.

El artículo 175 dice que los presupuestos municipales necesitan la aprobación de la Contraloría General ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca ese control. La Contraloría sigue fiscalizando la ejecución del presupuesto municipal.

### Qué puede hacer usted

Si usted debe en Osa y quiere acogerse al perdón, vaya a la Municipalidad de Osa y pida por escrito el detalle de su deuda: principal, intereses y multas. La ley solo perdona si paga todo el principal ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)).

Si no puede pagar de una vez, pida un arreglo de pago en tractos dentro del período de condonación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1)).

Si la Municipalidad le niega el beneficio sin explicación, puede presentar un recurso de amparo. El amparo procede contra actos u omisiones de servidores públicos que violen o amenacen violar derechos fundamentales ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo.

Si el problema es el mal funcionamiento del servicio municipal, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos en la Municipalidad, puede denunciar ante la Contraloría General. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación en La Gaceta, así que no se puede calcular la fecha exacta en que vence el plazo de ocho meses.

El dossier no dice cuánto dinero se condonaría ni cuántos contribuyentes de Osa tienen deudas.

El dossier no incluye declaraciones de diputados sobre la Ley 9492 de Osa.

## Frente a la Constitución

La ley calza con la autonomía municipal del artículo 169 y con la potestad legislativa del artículo 121. La exigencia de pagar todo el principal reduce la duda frente al deber de contribuir a los gastos públicos del artículo 18.

## Qué puede hacer usted

- Pedir en la Municipalidad de Osa el detalle escrito de la deuda: Solicite por escrito principal, intereses y multas. La ley solo perdona si paga todo el principal. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Solicitar arreglo de pago en tractos: Pida a la Municipalidad pagar en partes, como permite el artículo 3 de la ley. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor público que causó el agravio. Se presenta por memorial o escrito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General: Presencial en Sabana Sur, teléfono 2501-8000 o 2501-8025, o correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)

## Fuentes

1. Ley 9492: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE OSA PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS, INTERESES Y LAS MULTAS SOBRE IMPUESTOS, TASAS, SERVICIOS Y DEMÁS OBLIGACIONES DE CARÁCTER MUNICIPAL. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. DIPUTADOS CIERRAN AÑO CON APROBACION DE PROYECTO DE CORTE SOCIAL CONDONACION DE DEUDA A VECINOS DE. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2019-12-19. https://www.youtube.com/watch?v=hwd5c02OmzY
3. Ley 9492 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad del Cantón de Osa para la Condonación de deudas, intereses y las multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 25/10/2017. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=85577&param2=110701&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9492

Autorización a la Municipalidad del Cantón de Osa para la Condonación de deudas, intereses y las multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal

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N° 9492

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE OSA PARA

LA CONDONACIÓN DE DEUDAS, INTERESES Y LAS MULTAS

SOBRE IMPUESTOS, TASAS, SERVICIOS Y DEMÁS

OBLIGACIONES DE CARÁCTER MUNICIPAL

ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad de Osa, para que condone a
los sujetos pasivos del pago de intereses y las multas sobre impuestos, tasas,
servicios y demás obligaciones de carácter municipal, incluso el impuesto sobre
los bienes inmuebles, que se adeuden a la fecha de entrada en vigencia de la
presente ley.



ARTÍCULO 2- La condonación se aplicará cuando los sujetos cancelen la
totalidad del principal adeudado.



ARTÍCULO 3- La deuda se podrá pagar en tractos, durante el período de la
condonación que se autoriza mediante esta ley.



ARTÍCULO 4- El plazo de eficacia para aplicar la condonación que se
autoriza en esta ley será de ocho meses; plazo que empezará a contabilizarse un
mes después de su entrada en vigencia.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinticinco días
del mes de octubre del año dos mil diecisiete.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9492). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.