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Golfito puede perdonar intereses y multas si usted paga el principal

La ley autoriza a la Municipalidad de Golfito a condonar intereses y multas de deudas municipales a quien pague el principal, durante ocho meses.

Título oficial AUTORIZACIÓN A LA MIUNICIPALIDAD DE GOLFITO PARA LA CONDONACIÓN DE INTERESES Y MULTAS SOBRE IMPUESTOS, TASAS, SERVICIOS Y DEMÁS OBLIGACIONES DE CARÁCTER MUNICIPAL, ASÍ COMO DE LOS QUE PESEN SOBRE EL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES

Atención: La ley permite a la Municipalidad de Golfito perdonar intereses y multas, pero solo si el deudor paga el principal completo y no falla ningún tracto.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Sujetos pasivos de deudas municipales en Golfito

    La condonación de intereses y multas no es automática: depende de que la persona cancele la totalidad del principal adeudado.

    Esta condonación se aplicará cuando los sujetos cancelen la totalidad del principal adeudado.
    2, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Personas que deben impuestos, tasas o servicios municipales en Golfito y tienen intereses o multas acumuladas.
  • Personas que deben el impuesto sobre bienes inmuebles en Golfito con intereses o multas pendientes.
  • Personas que quieran pagar su deuda municipal en tractos durante el período de condonación.

A quién beneficia

  • Se pueden perdonar los intereses y las multas de deudas municipales en Golfito.
  • El perdón cubre impuestos, tasas, servicios y el impuesto sobre bienes inmuebles.
  • La deuda se puede pagar en tractos durante el período de la condonación.

Qué cambia

  • El perdón solo aplica si se paga la totalidad del principal adeudado.
  • Si se incumple un tracto, se pierde la posibilidad de la condonación.
  • El plazo para aplicar la condonación es de ocho meses desde la entrada en vigencia.

La explicación completa

Qué cambia

La Municipalidad de Golfito puede perdonar los intereses y las multas de las deudas municipales que existían al momento en que empezó a regir esta ley (art. 1). Eso incluye impuestos, tasas, servicios y el impuesto sobre bienes inmuebles.

El perdón solo aplica si usted paga primero la totalidad del principal que debe (art. 2). Si no paga el principal completo, no hay condonación.

La deuda se puede pagar en tractos durante el período de la condonación (art. 3). Pero si falla en el pago de uno de los tractos acordados, pierde la posibilidad de la condonación.

El plazo para aplicar la condonación es de ocho meses, contados desde que la ley entró en vigencia (art. 4). La ley rige desde su publicación.

A quién le toca

A los sujetos pasivos del pago de intereses y multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones municipales en el cantón de Golfito (art. 1). También a quienes deben el impuesto sobre bienes inmuebles en ese cantón.

A esas mismas personas se les permite pagar en tractos, con la condición de no fallar en ningún pago (art. 3).

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente 2. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1.

La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica 2.

El texto consolidado de SINALEVI coincide con el aprobado: no muestra una versión distinta 2.

Frente a la Constitución

El artículo 121 de la Constitución dice que corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" Constitución, art. 121. Esta ley la dictó la Asamblea, así que calza con esa atribución.

El artículo 170 dice que "Las corporaciones municipales son autónomas" Constitución, art. 170. La ley no obliga a la Municipalidad de Golfito: la autoriza a condonar (art. 1). Esa autorización deja la decisión en manos del municipio, lo que calza con la autonomía municipal.

El artículo 18 dice que los costarricenses deben "contribuir para los gastos públicos" Constitución, art. 18. La ley no elimina el principal de la deuda, solo los intereses y las multas, y exige pagar el principal completo (art. 2). El Censo no encontró un choque directo entre esa regla y el deber de contribuir.

El artículo 175 dice que los presupuestos municipales necesitan "la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución" Constitución, art. 175. La ley no toca ese control. El Censo no encontró choque en ese punto.

Qué puede hacer usted

Si la Municipalidad de Golfito le cobra intereses o multas que usted cree que esta ley ya perdonó, puede presentar un recurso de amparo. Procede contra toda disposición, acuerdo o resolución de servidores y órganos públicos que haya violado o amenace violar un derecho fundamental guía, p. 22. Cualquier persona puede interponerlo.

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22. En el escrito debe expresar con claridad el hecho que lo motiva, el derecho que considera violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas guía, p. 23. No requiere autenticación y puede presentarse por memorial, telegrama u otro medio escrito.

Si el problema es el manejo de fondos públicos en la municipalidad, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La CGR fiscaliza el uso de los fondos públicos y su competencia incluye las municipalidades guía, p. 68. La denuncia se presenta de forma escrita o verbal para que el hecho se investigue.

También puede acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le falla en el servicio. La Defensoría protege los derechos e intereses de todas las personas que habitan en Costa Rica guía, p. 71. Cualquier persona que haya sido maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública puede presentar una queja.

Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación en La Gaceta, así que no se puede calcular cuándo vence el plazo de ocho meses.

El dossier no indica si la Municipalidad de Golfito ya emitió algún acuerdo para aplicar la condonación.

El dossier no dice cuánto dinero representan los intereses y multas que se podrían perdonar.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La presente norma fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley calza con la atribución de la Asamblea de dictar leyes y con la autonomía municipal, porque autoriza y no obliga al municipio. El Censo no encontró un choque directo con los artículos revisados.

  1. Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica"
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad del cantón de Golfito para que condone a los sujetos pasivos del pago de intereses y de las multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal"

    Sin choque aparente La Constitución da a la Asamblea la potestad de dictar leyes. Esta ley la dictó la Asamblea, así que entra en esa potestad.

  2. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad del cantón de Golfito para que condone"

    Sin choque aparente La ley autoriza al municipio a condonar, no lo obliga. Eso respeta la autonomía municipal.

  3. Constitución, art. 18"Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos."
    Esta ley, art. 2"Esta condonación se aplicará cuando los sujetos cancelen la totalidad del principal adeudado."

    Sin choque aparente La ley no perdona el principal de la deuda, solo intereses y multas, y exige pagar el principal completo. El Censo no ve un choque directo con el deber de contribuir.

  4. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. 4"El plazo de eficacia para aplicar la condonación, que se autoriza en esta ley, será de ocho meses; plazo que empezará a contabilizarse a partir de la entrada en vigencia de esta ley."

    Sin choque aparente La ley no toca la aprobación ni la fiscalización de la Contraloría sobre el presupuesto municipal. El Censo no encontró choque en este punto.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 9495: AUTORIZACIÓN A LA MIUNICIPALIDAD DE GOLFITO PARA LA CONDONACIÓN DE INTERESES Y MULTAS SOBRE IMPUESTOS, TASAS, SERVICIOS Y DEMÁS OBLIGACIONES DE CARÁCTER MUNICIPAL, ASÍ COMO DE LOS QUE PESEN SOBRE EL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 9495 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Golfito para la condonación de intereses y multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, así como de los que pesen sobre el impuesto de bienes inmuebles (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 25/10/2017
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 9495

Autorización a la Municipalidad de Golfito para la condonación de intereses y multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, así como de los que pesen sobre el impuesto de bienes inmuebles

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N° 9495

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE GOLFITO PARA LA

CONDONACIÓN DE INTERESES Y MULTAS SOBRE IMPUESTOS,

TASAS, SERVICIOS Y DEMÁS OBLIGACIONES DE CARÁCTER

MUNICIPAL, ASÍ COMO DE LOS QUE PESEN SOBRE EL

IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES

ARTICULO 1- Se autoriza a la Municipalidad del cantón de Golfito para que condone a los sujetos pasivos del pago de intereses y de las multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, incluso de los que pesan sobre el impuesto sobre los bienes inmuebles, que se adeuden a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

ARTICULO 2- Esta condonación se aplicará cuando los sujetos cancelen la totalidad del principal adeudado.

ARTICULO 3- El cobro de la deuda se podrá realizar en tractos, durante el período de la condonación que se autoriza mediante esta ley.

El incumplimiento en el pago de uno de los tractos acordados dará por cancelada la posibilidad de la condonación.

ARTICULO 4- El plazo de eficacia para aplicar la condonación, que se autoriza en esta ley, será de ocho meses; plazo que empezará a contabilizarse a partir de la entrada en vigencia de esta ley.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.

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