Atenas amplía qué comercios pagan el impuesto municipal
La Ley 9503 reescribe la definición de "comercio" en el impuesto municipal de Atenas, para que bancos, aseguradoras, corredores de bolsa y comisionistas queden dentro de las actividades que pagan.
Título oficial REFORMA DEL INCISO B) DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY N° 7546, TARIFAS DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTÓN DE ATENAS, DE 21 DE SETIEMBRE DE 1995
Atención: La reforma amplía las actividades de comercio que pagan el impuesto municipal en Atenas, incluidos bancos, aseguradoras y corredores de bolsa, y el dossier no incluye los artículos 1, 3 y 4 que fijan el monto.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
A quién le sirve: Actividades lucrativas del cantón de Atenas
El inciso termina con una frase que puede cubrir casi cualquier actividad de mercado, sin lista cerrada.
en general, todo lo que involucre las transacciones de mercado de cualquier tipo
14, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Comercios que compran y venden bienes, mercaderías, propiedades, títulos valores o moneda en Atenas
- Casas de representación, comisionistas y agencias que operan en Atenas
- Corredores de bolsa con actividad en el cantón de Atenas
- Instituciones bancarias, de crédito y de seguros con presencia en Atenas
A quién beneficia
- La Municipalidad de Atenas amplía la base de actividades de comercio que quedan afectas al impuesto
- El texto aclara que los actos de valoración de bienes económicos según oferta y demanda también cuentan como comercio
Qué cambia
- Bancos, aseguradoras y corredores de bolsa quedan nombrados dentro del inciso de comercio
- La frase "todo lo que involucre las transacciones de mercado de cualquier tipo" deja el alcance abierto
- El monto del impuesto depende de los artículos 1, 3 y 4 de la Ley 7546, que no están en el dossier
La explicación completa
Qué cambia
La Ley 9503 cambia una sola cosa: el inciso b) del artículo 14 de la Ley 7546, que trata sobre los impuestos municipales del cantón de Atenas (art. único). El artículo único dice: "Se reforma el inciso b) del artículo 14 de la Ley N.º 7546, Tarifas de Impuestos Municipales del Cantón de Atenas, de 21 de setiembre de 1995".
El artículo 14 arranca así: "Todas las actividades lucrativas, que seguidamente se enumeran, comprendidas en la clasificación internacional de actividades económicas, pagarán conforme a los artículos 1, 3 y 4 de esta ley" (art. 14). Es decir, quien hace una actividad lucrativa en Atenas y cae en la lista paga el impuesto según esos tres artículos.
El inciso b) reformado define "Comercio" así: "Comprende la compra y la venta de toda clase de bienes, mercaderías, propiedades, títulos valores, moneda y otros" (art. 14). Y agrega: "los actos de valoración delos bienes económicos, según la oferta y la demanda, tales como las casas de representación, los comisionistas, las agencias, los corredores de bolsa, las instituciones bancarias de todo tipo e instituciones de crédito y de seguros, en general, todo lo que involucre las transacciones de mercado de cualquier tipo".
La ley no fija montos ni porcentajes. Remite a los artículos 1, 3 y 4 de la Ley 7546, que el dossier no incluye (art. 14).
Sobre cuándo rige, el texto dice: "Rige a partir de su publicación" (art. único). La fecha que aparece al final es "San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete".
A quién le toca
Le toca a quien hace actividad lucrativa en el cantón de Atenas y cae en la lista del artículo 14 (art. 14).
Dentro de "Comercio" el texto nombra grupos concretos: casas de representación, comisionistas, agencias, corredores de bolsa, instituciones bancarias de todo tipo, instituciones de crédito e instituciones de seguros (art. 14). También menciona a quien compra y vende "toda clase de bienes, mercaderías, propiedades, títulos valores, moneda y otros".
El texto cierra el inciso con una frase amplia: "todo lo que involucre las transacciones de mercado de cualquier tipo" (art. 14).
Lo que se dijo en la Asamblea
El dossier no trae grabaciones de la Asamblea sobre este expediente. La sección de limitaciones lo dice: "No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente".
Cómo está hoy según SINALEVI
SINALEVI registra la norma como vigente. El estado es "Vigente" y la versión es "1 de 1" 2.
La Procuraduría General de la República anota: "La presente norma fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica" 2.
La Ley 7546, la que esta ley reforma, aparece en SINALEVI como "Derogado" 3. El texto citado de la Ley 7546 en el dossier trae el mismo inciso b) de comercio, pero cortado en la palabra "gene".
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre esta reforma y los artículos de la Constitución que están en el dossier.
El artículo 121 dice que le corresponde a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" Constitución, art. 121. Esta ley es una reforma aprobada por la Asamblea, así que calza con esa atribución (art. único).
El artículo 169 pone "La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón" a cargo del Gobierno Municipal Constitución, art. 169. El artículo 170 dice que "Las corporaciones municipales son autónomas" Constitución, art. 170. La ley toca un impuesto de un cantón específico, Atenas, y eso podría generar dudas sobre cuánto puede la Asamblea fijar reglas de un municipio en particular (art. único). El dossier no trae jurisprudencia que resuelva esa duda.
El artículo 18 dice que los costarricenses deben "contribuir para los gastos públicos" Constitución, art. 18. El artículo 45 protege la propiedad y permite limitaciones solo por interés público comprobado y con indemnización Constitución, art. 45. Un impuesto es una carga sobre el patrimonio, y el texto no explica cómo se calcula (art. 14).
El artículo 105 excluye el referéndum en "materia presupuestaria, tributaria, fiscal" Constitución, art. 105. Por eso esta ley no se puede derogar por referéndum.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto de la Municipalidad de Atenas le cobra el impuesto de forma que usted considera que viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. La guía dice que procede "contra toda disposición, acuerdo o resolución y, en general, contra toda acción, omisión o simple actuación material no fundada en un acto administrativo eficaz, de los servidores y órganos públicos, que haya violado, viole o amenace violar cualquiera de aquellos derechos" guía, p. 22. Cualquier persona puede interponerlo.
Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. La guía dice que cabe "Contra las leyes y otras disposiciones generales, incluso las originadas en actos de sujetos privados, que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional" guía, p. 24.
Si el problema es cómo la Municipalidad maneja la plata del impuesto, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La guía dice que la Contraloría revisa y aprueba presupuestos de "Municipalidades" guía, p. 68. Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de Denuncia Electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.
Si la Municipalidad le da un mal servicio o le maltrata un derecho, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. La guía dice que atiende "aquellos asuntos relacionados con los servicios que brindan estas instituciones" y que puede presentar queja "Cualquier persona que habite en Costa Rica que haya sido maltratada en alguno de sus derechos e intereses por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios" guía, p. 71.
Si quiere cambiar la ley, puede proponer una reforma por iniciativa popular. La guía explica que el proyecto se tramita en la Asamblea y que la Oficina de Iniciativa Popular da "asesoramiento técnico gratuito para la redacción de los proyectos" guía, p. 26.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuánto se paga ni cómo se calcula el impuesto, porque no incluye los artículos 1, 3 y 4 de la Ley 7546.
El dossier no aclara por qué la Ley 7546 aparece como derogada mientras la Ley 9503, que la reforma, aparece vigente.
El dossier no trae la fecha exacta de publicación en La Gaceta.
El dossier no incluye grabaciones ni actas de la Asamblea sobre este expediente.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La presente norma fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.
La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas
La reforma calza con la potestad de la Asamblea para reformar leyes, pero toca un impuesto de un solo cantón y el dossier no permite resolver si eso choca con la autonomía municipal.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones"
Esta ley, art. único"Se reforma el inciso b) del artículo 14 de la Ley N.º 7546, Tarifas de Impuestos Municipales del Cantón de Atenas, de 21 de setiembre de 1995"
Sin choque aparente La Constitución le da a la Asamblea la potestad de reformar leyes. Esta ley es exactamente eso: una reforma aprobada por la Asamblea.
Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas"
Esta ley, art. único"Se reforma el inciso b) del artículo 14 de la Ley N.º 7546, Tarifas de Impuestos Municipales del Cantón de Atenas, de 21 de setiembre de 1995"
Hay dudas La Asamblea reforma un impuesto de un cantón específico. Queda la duda de si eso respeta la autonomía municipal que garantiza la Constitución. El dossier no trae jurisprudencia que lo aclare.
Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal"
Esta ley, art. 14"Todas las actividades lucrativas, que seguidamente se enumeran, comprendidas en la clasificación internacional de actividades económicas, pagarán conforme a los artículos 1, 3 y 4 de esta ley"
Hay dudas La Constitución pone los intereses locales en manos del gobierno municipal. La ley define desde la Asamblea qué actividades pagan el impuesto del cantón de Atenas.
Constitución, art. 105"El referéndum no procederá si los proyectos son relativos a materia presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos o actos de naturaleza administrativa"
Esta ley, art. 14"Todas las actividades lucrativas, que seguidamente se enumeran, comprendidas en la clasificación internacional de actividades económicas, pagarán conforme a los artículos 1, 3 y 4 de esta ley"
Sin choque aparente La ley es de materia tributaria. Por eso no se puede derogar por referéndum, según la misma Constitución.
Constitución, art. 18"Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos"
Esta ley, art. 14"Todas las actividades lucrativas, que seguidamente se enumeran, comprendidas en la clasificación internacional de actividades económicas, pagarán conforme a los artículos 1, 3 y 4 de esta ley"
Sin choque aparente La Constitución dice que hay que contribuir con los gastos públicos. La ley pone esa carga sobre las actividades lucrativas de comercio en Atenas.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 9503: REFORMA DEL INCISO B) DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY N° 7546, TARIFAS DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTÓN DE ATENAS, DE 21 DE SETIEMBRE DE 1995
- Ley 9503 en SINALEVI: Reforma Impuestos Municipales de Atenas (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Ley 7546: Impuestos Municipales de Atenas (Derogado)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
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Ley 9503
Reforma Impuestos Municipales de Atenas
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N° 9503
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL INCISO B) DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY N.º 7546,
TARIFAS DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTÓN DE ATENAS,
DE 21 DE SETIEMBRE DE 1995
ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el inciso b) del artículo 14 de la Ley N.º 7546, Tarifas de Impuestos Municipales del Cantón de Atenas, de 21 de setiembre de 1995. El texto es el siguiente:
Artículo 14- Actividades lucrativas afectas al impuesto. Todas las actividades lucrativas, que seguidamente se enumeran, comprendidas en la clasificación internacional de actividades económicas, pagarán conforme a los artículos 1, 3 y 4 de esta ley.
[ ... ]
b) Comercio.
Comprende la compra y la venta de toda clase de bienes, mercaderías, propiedades, títulos valores, moneda y otros. Además, los actos de valoración delos bienes económicos, según la oferta y la demanda, tales como las casas de representación, los comisionistas, las agencias, los corredores de bolsa, las instituciones bancarias de todo tipo e instituciones de crédito y de seguros, en general, todo lo que involucre las transacciones de mercado de cualquier tipo.
[ ... ].
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.