# Ley 9535: Corredores podrá perdonar multas e intereses municipales por ocho meses

- Página: https://elcenso.com/leyes/9535
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE CORREDORES
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Corredores a condonar intereses y multas municipales a quien pague el principal, con un plazo de ocho meses que empieza tres meses después de publicada.

## A quién le toca

- Personas que deben impuestos, tasas o servicios municipales en Corredores
- Personas que deben el impuesto de bienes inmuebles en Corredores
- La Municipalidad de Corredores, que aplica la condonación y cobra en tractos

## A quién beneficia

- Perdón de intereses y multas municipales si se paga todo el principal
- Perdón de intereses y multas del impuesto de bienes inmuebles
- Posibilidad de pagar la deuda en tractos durante el período de condonación

## Qué cambia

- El beneficio dura ocho meses y empieza tres meses después de la vigencia de la ley
- Quien no pague el principal completo no recibe el perdón
- La municipalidad deja de cobrar intereses y multas durante ese período

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio solo para un cantón** (1): La condonación aplica únicamente a deudas municipales del cantón de Corredores, no a otros cantones. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que condone a los sujetos pasivos del pago de los intereses y las multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, que se adeuden a la fecha de entrada de la presente ley."
- **Menos ingresos para la municipalidad** (1): Perdonar intereses y multas reduce lo que la municipalidad recauda. El dossier no cuantifica ese monto. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que condone a los sujetos pasivos del pago de los intereses y las multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, que se adeuden a la fecha de entrada de la presente ley."

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Corredores queda autorizada para perdonar los intereses y las multas sobre impuestos, tasas, servicios y otras obligaciones municipales que se deban al momento de entrar en vigencia la ley ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

La autorización cubre también los intereses y las multas del impuesto de bienes inmuebles ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

El perdón solo aplica si la persona paga primero la totalidad del principal que debe ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

La deuda se puede pagar en tractos durante el período de la condonación ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

El plazo para usar el beneficio es de ocho meses. Ese plazo empieza a contar tres meses después de que la ley entre en vigencia ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

La ley rige desde su publicación. Se firmó en la Presidencia de la República el 24 de abril de 2018 ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

### A quién le toca

A los sujetos pasivos que deben impuestos, tasas, servicios u otras obligaciones municipales en Corredores. Ellos pueden recibir el perdón de intereses y multas si pagan el principal ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

A los sujetos pasivos que deben el impuesto de bienes inmuebles en Corredores. También pueden recibir el perdón de intereses y multas de ese impuesto ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

A la Municipalidad de Corredores, que queda autorizada para aplicar la condonación y para cobrar la deuda en tractos ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)) ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no anota observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1).

El texto consolidado de SINALEVI coincide con el texto aprobado. No hay una versión distinta que mostrar [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley encaja ahí: autoriza a una municipalidad a decidir sobre deudas de su propio cantón.

El artículo 174 dice que la ley indicará en qué casos las Municipalidades necesitarán autorización legislativa para contratar empréstitos, dar en garantía sus bienes o rentas, o enajenar bienes muebles o inmuebles ([Constitución, art. 174](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 9535 es justamente una autorización legislativa a una municipalidad, así que calza con ese artículo.

El artículo 175 dice que las Municipalidades dictan sus presupuestos y que estos necesitan la aprobación de la Contraloría General para entrar en vigencia ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El Censo no encontró en el texto de la ley nada que choque con ese control. Queda una duda práctica: el perdón de intereses y multas reduce ingresos municipales, y el dossier no dice si la Contraloría revisó ese efecto en el presupuesto de Corredores.

El artículo 45 declara inviolable la propiedad y permite privar de ella solo por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El perdón de intereses y multas es una decisión que la propia ley autoriza, y el dossier no muestra reclamo de ningún acreedor. El Censo no encontró un choque directo con ese artículo.

### Qué puede hacer usted

Si usted debe en Corredores y quiere acogerse al beneficio, pida por escrito a la Municipalidad el detalle de su deuda: principal, intereses y multas por separado. La ley exige pagar todo el principal para que el perdón aplique ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1)).

Si la Municipalidad le niega el beneficio o le cobra intereses que la ley permite perdonar, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o el órgano que causa el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si el problema es cómo se maneja el dinero municipal, puede denunciar ante la Contraloría General. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades y recibe denuncias por escrito o verbalmente ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si siente que una institución pública le falló en el servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si quiere cambiar esta ley, la vía es una iniciativa popular. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa da asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero representan los intereses y multas que se podrían perdonar en Corredores.

El dossier no dice cuántas personas deben en Corredores ni cuántas podrían acogerse.

El dossier no dice si la Contraloría General revisó el efecto de esta condonación en el presupuesto municipal.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley es una autorización legislativa a una municipalidad para decidir sobre deudas de su cantón. Calza con los artículos 169 y 174. Queda una duda sobre el efecto en el presupuesto municipal y el control de la Contraloría del artículo 175, que el dossier no permite resolver.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o el órgano que causa el agravio. Cualquier persona puede interponerlo y no requiere autenticación. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Denuncia ante la Contraloría General: Se presenta por escrito o verbalmente en la Plataforma de Servicios, por teléfono, por el portal institucional o por correo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa da asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9535: AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE CORREDORES. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9535 en SINALEVI: Autorización para la condonación de deudas de la Municipalidad del cantón de Corredores (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 24/04/2018. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87563&param2=114146&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9535

Autorización para la condonación de deudas de la Municipalidad del cantón de Corredores

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N° 9535

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS

DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE CORREDORES

ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que condone
a los sujetos pasivos del pago de los intereses y las multas sobre impuestos,
tasas, servicios y demás obligaciones de carácter municipal, que se adeuden a
la fecha de entrada de la presente ley.



ARTÍCULO 2- Se autoriza, además, a la Municipalidad de Corredores para
que condone a los sujetos pasivos del pago de los intereses y las multas del
impuesto de bienes inmuebles.



ARTÍCULO 3- Esta condonación se aplicará cuando los sujetos cancelen la
totalidad del principal adeudado.



ARTÍCULO 4- El cobro de la deuda se podrá cobrar en tractos, durante el
período de la condonación.



ARTÍCULO 5- El plazo de
eficacia de la condonación será de ocho meses, que empezará a contabilizarse tres
meses después de la entrada en vigencia
de esta ley.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticuatro días del mes
de abril del año dos mil dieciocho.

Ejecútese y publíquese.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9535). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.