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Matina puede perdonar multas e intereses a quien pague todo

La ley autoriza a la Municipalidad de Matina a condonar recargos, intereses y multas de impuestos y tasas municipales a quienes cancelen la deuda completa en un plazo de hasta ocho meses.

Título oficial AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MATINA.

Atención: La ley condona recargos, intereses y multas de tributos municipales en Matina, pero solo si el contribuyente paga todo el principal dentro de un plazo de hasta ocho meses.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Contribuyentes de Matina con deudas municipales

    La condonación alcanza recargos, intereses y multas. El principal de la deuda se debe cancelar completo para acceder al beneficio.

    Se autoriza a la Municipalidad de Matina, en la provincia de Limón, para que conceda un período hasta de ocho meses para la condonación de la deuda correspondiente a los recargos de intereses y multas que pesan sobre los impuestos y las tasas municipales que recauda este Municipio, cuando la deuda sea cancelada en su totalidad.
    1, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • La Municipalidad de Matina, que concede el período y aplica la condonación.

A quién beneficia

  • Se condonan los recargos de intereses y multas de impuestos y tasas municipales.
  • Quienes están en arreglo de pago cancelan solamente el principal adeudado.
  • El plazo para acogerse es de hasta ocho meses.

Qué cambia

  • El principal de la deuda no se condona: hay que pagarlo completo.
  • Hay que actualizar datos de localización y la declaración del valor de la propiedad.
  • Si vence el plazo con saldo del principal, los pagos se aplican a la deuda más antigua y sus recargos.

La explicación completa

Qué cambia

La Municipalidad de Matina, en Limón, queda autorizada para dar un período de hasta ocho meses y condonar los recargos de intereses y multas que pesan sobre los impuestos y las tasas municipales, siempre que la deuda se cancele en su totalidad (art. 1).

El perdón cubre los recargos, los intereses y las multas. El principal de la deuda se sigue pagando (art. 1).

Para que la condonación se haga efectiva, el contribuyente debe cumplir cuatro cosas (art. 2). Primero, cancelar en un solo pago o en tractos, dentro del plazo, la deuda total de los diferentes tributos que tenga con la Municipalidad a la fecha indicada. Segundo, actualizar sus datos de localización ante el Municipio: nombre, dirección, correo electrónico y teléfono. Tercero, actualizar la declaración del valor de la propiedad o propiedades que posee en el cantón.

Si vence el plazo y queda algún saldo del principal pendiente, los pagos que se hayan hecho se aplican primero a la deuda principal más antigua y a sus recargos (art. 2).

Las personas que ya están en arreglo de pago también entran al beneficio. En su caso, cancelan solamente el principal adeudado (art. 2).

El transitorio único fija el plazo en ocho meses, contando tres meses a partir de la publicación de la ley en La Gaceta (art. Transitorio único). La ley rige desde su publicación.

A quién le toca

A los contribuyentes de Matina que deban impuestos o tasas municipales con recargos, intereses o multas (art. 1).

A los contribuyentes que ya tienen un arreglo de pago con la Municipalidad. Ellos también son beneficiarios y pagan solo el principal (art. 2).

A la Municipalidad de Matina, que es la que concede el período y aplica la condonación (art. 1).

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no le pone observaciones 2.

El texto consolidado de SINALEVI coincide con el texto aprobado que aparece en el expediente. No hay una versión distinta que mostrar 2.

Frente a la Constitución

El artículo 169 de la Constitución pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal Constitución, art. 169. La ley encaja ahí: autoriza a una municipalidad a manejar deudas de tributos propios.

El artículo 170 declara autónomas a las corporaciones municipales Constitución, art. 170. La ley respeta esa autonomía porque la Asamblea autoriza y la Municipalidad de Matina decide cómo aplicar el período y la condonación (art. 1).

El artículo 175 dice que las Municipalidades dictan sus presupuestos y que la Contraloría General fiscaliza su ejecución Constitución, art. 175. La ley no toca ese control. El Censo no encontró un choque entre esta ley y los artículos revisados.

Qué puede hacer usted

Si usted debe impuestos o tasas en Matina, pida en la Municipalidad el detalle de su deuda: principal, recargos, intereses y multas. La ley condona solo los recargos, intereses y multas, y exige cancelar el principal (art. 1).

Si la Municipalidad le niega el beneficio o le cobra recargos que la ley permite condonar, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio guía, p. 22.

El recurso de amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos guía, p. 22.

Si el problema es el mal funcionamiento del servicio municipal, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.

Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos en la Municipalidad, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades guía, p. 68.

Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación en La Gaceta, así que no se puede calcular el día en que vencen los ocho meses.

El dossier no dice cuánto dinero representa la deuda condonable en Matina.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley encaja con la autonomía municipal y con la potestad de la Asamblea para dictar leyes. El Censo no encontró choque con los artículos revisados.

  1. Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad de Matina, en la provincia de Limón, para que conceda un período hasta de ocho meses para la condonación de la deuda correspondiente a los recargos de intereses y multas que pesan sobre los impuestos y las tasas municipales que recauda este Municipio, cuando la deuda sea cancelada en su totalidad."

    Sin choque aparente La Constitución pone los asuntos locales en manos del gobierno municipal. La ley le da a Matina una autorización para manejar deudas de sus propios tributos.

  2. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad de Matina, en la provincia de Limón, para que conceda un período hasta de ocho meses para la condonación de la deuda correspondiente a los recargos de intereses y multas que pesan sobre los impuestos y las tasas municipales que recauda este Municipio, cuando la deuda sea cancelada en su totalidad."

    Sin choque aparente La ley no impone la condonación: autoriza a la Municipalidad a concederla. La decisión de aplicarla queda en el gobierno local.

  3. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. 2"Los sujetos pasivos que se encuentren en arreglo de pago también serán beneficiarios de la condonación debiendo cancelar solamente el principal adeudado."

    Sin choque aparente La ley no elimina la revisión de la Contraloría sobre el presupuesto municipal. El control sigue igual.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 9537: AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MATINA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 9537 en SINALEVI: Autorización para la condonación de deudas de la Municipalidad de Matina (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 24/04/2020
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 9537

Autorización para la condonación de deudas de la Municipalidad de Matina

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N° 9537

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA.

AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN

DE DEUDAS DE LA MUNICIPALIDAD

DE MATINA

ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad de Matina, en la provincia de Limón, para que conceda un período hasta de ocho meses para la condonación de la deuda correspondiente a los recargos de intereses y multas que pesan sobre los impuestos y las tasas municipales que recauda este Municipio, cuando la deuda sea cancelada en su totalidad.

ARTÍCULO 2- Para que la condonación se haga efectiva al sujeto pasivo será obligatorio que:

Los sujetos pasivos cancelen en un solo tracto o en tractos, dentro del plazo concedido, la deuda total de los diferentes tributos que mantengan con la Municipalidad a la fecha indicada.

En caso de vencer el plazo dado por ley y quedar algún saldo del principal pendiente, los pagos realizados se amortizarán a la deuda principal más antigua y sus recargos.

Que se actualicen los datos de localización del contribuyente o su representante ante el Municipio (nombre, dirección, correo electrónico, teléfono).

Que se actualice la declaración del valor de la propiedad o propiedades que posee en el cantón.

Los sujetos pasivos que se encuentren en arreglo de pago también serán beneficiarios de la condonación debiendo cancelar solamente el principal adeudado.

TRANSITORIO ÚNICO- Esta condonación regirá por un período de ocho meses, contando tres meses a partir de la publicación de esta ley en La Gaceta, y ofrecerá al administrado la posibilidad de que se le condone el pago de intereses y multas sobre los impuestos y las tasas municipales no canceladas a la fecha.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil dieciocho.

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