# Ley 9537: Matina puede perdonar multas e intereses a quien pague todo

- Página: https://elcenso.com/leyes/9537
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MATINA.
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Matina a condonar recargos, intereses y multas de impuestos y tasas municipales a quienes cancelen la deuda completa en un plazo de hasta ocho meses.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Matina, que concede el período y aplica la condonación.

## A quién beneficia

- Se condonan los recargos de intereses y multas de impuestos y tasas municipales.
- Quienes están en arreglo de pago cancelan solamente el principal adeudado.
- El plazo para acogerse es de hasta ocho meses.

## Qué cambia

- El principal de la deuda no se condona: hay que pagarlo completo.
- Hay que actualizar datos de localización y la declaración del valor de la propiedad.
- Si vence el plazo con saldo del principal, los pagos se aplican a la deuda más antigua y sus recargos.

## Cláusulas a revisar

- **El perdón no cubre el principal** (1): La condonación alcanza recargos, intereses y multas. El principal de la deuda se debe cancelar completo para acceder al beneficio. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Matina, en la provincia de Limón, para que conceda un período hasta de ocho meses para la condonación de la deuda correspondiente a los recargos de intereses y multas que pesan sobre los impuestos y las tasas municipales que recauda este Municipio, cuando la deuda sea cancelada en su totalidad."
- **Hay que actualizar datos y el valor de la propiedad** (2): Para que la condonación se haga efectiva, el contribuyente debe actualizar sus datos de localización y la declaración del valor de la propiedad o propiedades que posee en el cantón. Texto: "Que se actualice la declaración del valor de la propiedad o propiedades que posee en el cantón."

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Matina, en Limón, queda autorizada para dar un período de hasta ocho meses y condonar los recargos de intereses y multas que pesan sobre los impuestos y las tasas municipales, siempre que la deuda se cancele en su totalidad ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

El perdón cubre los recargos, los intereses y las multas. El principal de la deuda se sigue pagando ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

Para que la condonación se haga efectiva, el contribuyente debe cumplir cuatro cosas ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)). Primero, cancelar en un solo pago o en tractos, dentro del plazo, la deuda total de los diferentes tributos que tenga con la Municipalidad a la fecha indicada. Segundo, actualizar sus datos de localización ante el Municipio: nombre, dirección, correo electrónico y teléfono. Tercero, actualizar la declaración del valor de la propiedad o propiedades que posee en el cantón.

Si vence el plazo y queda algún saldo del principal pendiente, los pagos que se hayan hecho se aplican primero a la deuda principal más antigua y a sus recargos ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

Las personas que ya están en arreglo de pago también entran al beneficio. En su caso, cancelan solamente el principal adeudado ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

El transitorio único fija el plazo en ocho meses, contando tres meses a partir de la publicación de la ley en La Gaceta ([art. Transitorio único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)). La ley rige desde su publicación.

### A quién le toca

A los contribuyentes de Matina que deban impuestos o tasas municipales con recargos, intereses o multas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

A los contribuyentes que ya tienen un arreglo de pago con la Municipalidad. Ellos también son beneficiarios y pagan solo el principal ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

A la Municipalidad de Matina, que es la que concede el período y aplica la condonación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no le pone observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1).

El texto consolidado de SINALEVI coincide con el texto aprobado que aparece en el expediente. No hay una versión distinta que mostrar [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 169 de la Constitución pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley encaja ahí: autoriza a una municipalidad a manejar deudas de tributos propios.

El artículo 170 declara autónomas a las corporaciones municipales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley respeta esa autonomía porque la Asamblea autoriza y la Municipalidad de Matina decide cómo aplicar el período y la condonación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

El artículo 175 dice que las Municipalidades dictan sus presupuestos y que la Contraloría General fiscaliza su ejecución ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca ese control. El Censo no encontró un choque entre esta ley y los artículos revisados.

### Qué puede hacer usted

Si usted debe impuestos o tasas en Matina, pida en la Municipalidad el detalle de su deuda: principal, recargos, intereses y multas. La ley condona solo los recargos, intereses y multas, y exige cancelar el principal ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1)).

Si la Municipalidad le niega el beneficio o le cobra recargos que la ley permite condonar, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El recurso de amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si el problema es el mal funcionamiento del servicio municipal, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos en la Municipalidad, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación en La Gaceta, así que no se puede calcular el día en que vencen los ocho meses.

El dossier no dice cuánto dinero representa la deuda condonable en Matina.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley encaja con la autonomía municipal y con la potestad de la Asamblea para dictar leyes. El Censo no encontró choque con los artículos revisados.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta de forma escrita o verbal en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o por el portal institucional de denuncia electrónica. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9537: AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MATINA.. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9537 en SINALEVI: Autorización para la condonación de deudas de la Municipalidad de Matina (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 24/04/2020. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=91542&param2=120907&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9537

Autorización para la condonación de deudas de la Municipalidad de Matina

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N° 9537

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA.

AUTORIZACIÓN PARA LA CONDONACIÓN

DE DEUDAS DE LA MUNICIPALIDAD

DE MATINA

ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad de Matina, en la provincia de
Limón, para que conceda un período hasta de ocho meses para la condonación de
la deuda correspondiente a los recargos de intereses y multas que pesan sobre
los impuestos y las tasas municipales que recauda este Municipio, cuando la
deuda sea cancelada en su totalidad.



ARTÍCULO 2- Para que la condonación se haga efectiva al sujeto pasivo
será obligatorio que:

Los sujetos pasivos cancelen en un solo tracto o en tractos, dentro del
plazo concedido, la deuda total de los diferentes tributos que mantengan con la
Municipalidad a la fecha indicada.

En caso de vencer el plazo dado por ley y quedar algún saldo del
principal pendiente, los pagos realizados se amortizarán a la deuda principal
más antigua y sus recargos.

Que se actualicen los datos de localización del contribuyente o su
representante ante el Municipio (nombre, dirección, correo electrónico,
teléfono).

Que se actualice la declaración del valor de la propiedad o propiedades
que posee en el cantón.

Los sujetos pasivos que se encuentren en arreglo de pago también serán
beneficiarios de la condonación debiendo cancelar solamente el principal
adeudado.



TRANSITORIO ÚNICO- Esta condonación regirá por un período de ocho meses,
contando tres meses a partir de la publicación de esta ley en La Gaceta, y
ofrecerá al administrado la posibilidad de que se le condone el pago de intereses
y multas sobre los impuestos y las tasas municipales no canceladas a la fecha.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticuatro días del mes
de abril del año dos mil dieciocho.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9537). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.