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Cartago puede perdonar una vez la deuda del Asilo de la Vejez

La Municipalidad de Cartago queda autorizada a condonar por una única vez el principal, intereses y multas que el Asilo de la Vejez debe por agua, basura y otros servicios.

Título oficial AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN CENTRAL DE CARTAGO PARA QUE CONDONE LA DEUDA DE LA ASOCIACIÓN DEL ASILO DE LA VEJEZ DE CARTAGO

Atención: La ley perdona una deuda completa a una asociación concreta y no menciona el control de la Contraloría sobre ese perdón.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago

    La ley nombra a una única asociación como beneficiaria del perdón de la deuda.

    otorgue a la Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago la condonación total del pago del principal, los intereses y las multas
    1, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • La Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago, que puede dejar de pagar su deuda por agua, calles, cloacas, parques y basura.
  • El Concejo Municipal de Cartago, que debe aprobar el acuerdo para que el perdón exista.
  • Los vecinos del cantón Central de Cartago, porque la Municipalidad deja de cobrar esos montos.

A quién beneficia

  • El Asilo de la Vejez de Cartago puede recibir el perdón total del principal, intereses y multas.
  • El perdón cubre cinco servicios municipales: agua, limpieza de calles, cloacas, parques y basura.
  • El beneficio se puede dar una sola vez.

Qué cambia

  • La Municipalidad de Cartago deja de recibir ese dinero.
  • El perdón no es automático: depende de un acuerdo del Concejo Municipal.
  • La ley no menciona a la Contraloría General ni un control adicional sobre el perdón.

La explicación completa

Qué cambia

La Municipalidad de Cartago puede perdonar la deuda del Asilo de la Vejez. La ley la autoriza a condonar el principal, los intereses y las multas de lo que la Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago debe por tributos, tasas y precios (art. 1).

El perdón cubre el servicio de agua, la limpieza de calles, el servicio de cloacas, el mantenimiento de parques y el tratamiento de la basura (art. 1).

No es automático. La Municipalidad tiene que aprobarlo por acuerdo del Concejo Municipal (art. 1).

Solo se puede hacer una vez. La ley dice "por una única vez" (art. 1).

La ley rige desde su publicación. Se firmó en San José el 17 de diciembre de 2018 (art. 1).

A quién le toca

A la Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago. Es la única beneficiaria del perdón de la deuda (art. 1).

Al Concejo Municipal de Cartago. Es el órgano que debe aprobar el acuerdo para que la condonación exista (art. 1).

A los vecinos del cantón Central de Cartago. El perdón baja lo que la Municipalidad cobra por agua, calles, cloacas, parques y basura a esa asociación (art. 1).

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones 2.

El texto vigente en SINALEVI es el mismo que se aprobó. No hay una versión distinta que comparar 2.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y la Constitución del dossier. La ley autoriza a una municipalidad a perdonar una deuda, y la Constitución le da a las municipalidades autonomía para administrar sus intereses y servicios locales Constitución, art. 169.

Hay una duda sobre el control del gasto. La Constitución dice que los presupuestos municipales necesitan la aprobación de la Contraloría General, que fiscaliza su ejecución Constitución, art. 175. La ley no menciona a la Contraloría ni dice cómo se registra el perdón de un ingreso ya presupuestado (art. 1).

Otra duda: la Constitución dice que los costarricenses deben contribuir para los gastos públicos Constitución, art. 18. La ley exime a una asociación concreta de esa contribución por una vez (art. 1). No es un choque automático, pero deja abierta la pregunta de si un perdón así requiere algún control adicional.

Qué puede hacer usted

Si usted es parte de la Asociación del Asilo de la Vejez, pida por escrito al Concejo Municipal que apruebe el acuerdo de condonación. La ley exige ese acuerdo para que el perdón valga (art. 1).

Si usted es vecino de Cartago y quiere ver cómo se decide, puede pedir un cabildo. El cabildo es la reunión pública del Concejo Municipal donde los habitantes discuten asuntos de interés para la comunidad guía, p. 37.

Si cree que el perdón se aprobó sin seguir el trámite, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades y recibe denuncias por escrito o verbalmente guía, p. 68.

Si un acto concreto de la Municipalidad le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor u órgano que aparece como autor del agravio guía, p. 22.

Lo que no sabemos

El dossier no dice a cuánto asciende la deuda del Asilo de la Vejez.

El dossier no dice si el Concejo Municipal de Cartago ya aprobó el acuerdo de condonación.

El dossier no dice en qué fecha exacta se publicó la ley en el diario oficial.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas

La ley calza con la autonomía municipal, pero deja dudas sobre el control de la Contraloría y sobre la exención de contribuir a los gastos públicos.

  1. Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad del cantón Central de Cartago para que, por medio de acuerdo del Concejo Municipal y por una única vez, otorgue a la Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago la condonación total del pago del principal, los intereses y las multas"

    Sin choque aparente La Constitución pone los servicios locales en manos del gobierno municipal. La ley le pide a ese mismo Concejo aprobar el perdón, así que calza con esa regla.

  2. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. 1"la condonación total del pago del principal, los intereses y las multas derivados de la deuda por los tributos, las tasas y los precios"

    Hay dudas La Constitución somete el presupuesto municipal a la Contraloría. La ley no dice cómo se anota el perdón de un ingreso ni si la Contraloría debe revisarlo. Queda la duda.

  3. Constitución, art. 18"Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos."
    Esta ley, art. 1"otorgue a la Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago la condonación total del pago del principal, los intereses y las multas"

    Hay dudas La Constitución dice que hay que contribuir a los gastos públicos. La ley exime a una asociación concreta de esa contribución por una vez. No es un choque automático, pero deja la duda de si hace falta algún control extra.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 9639: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN CENTRAL DE CARTAGO PARA QUE CONDONE LA DEUDA DE LA ASOCIACIÓN DEL ASILO DE LA VEJEZ DE CARTAGO Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 9639 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad del Cantón Central de Cartago para que condone la deuda a la Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 17/12/2018
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-05. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 9639

Autorización a la Municipalidad del Cantón Central de Cartago para que condone la deuda a la Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago

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N° 9639

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN

CENTRAL DE CARTAGO PARA QUE CONDONE

LA DEUDA DE LA ASOCIACIÓN DEL ASILO

DE LA VEJEZ DE CARTAGO

ARTÍCULO ÚNICO- Se autoriza a la Municipalidad del cantón Central de Cartago para que, por medio de acuerdo del Concejo Municipal y por una única vez, otorgue a la Asociación del Asilo de la Vejez de Cartago la condonación total del pago del principal, los intereses y las multas derivados de la deuda por los tributos, las tasas y los precios que incluyen el servicio de agua, la limpieza de calles, el servicio de cloacas, el mantenimiento de parques y el tratamiento de la basura.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.

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