La CCSS cambia dos terrenos en Nicoya por uno más grande
La ley autoriza a la CCSS a permutar dos terrenos en Nicoya por un lote de 26.941 m2 de la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro, para construir infraestructura de salud.
Título oficial DESAFECTACIÓN DE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL, AUTORIZACIÓN PARA PERMUTAR EL TERRENO DESAFECTADO Y AFECTACIÓN DE UN TERRENO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL.
Atención: La ley cambia de dueño dos terrenos de la Caja en Nicoya y el dossier no incluye avalúos ni el estado actual de la permuta.
La letra pequeña
Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.
A quién le sirve: Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro
La ley autoriza permutar con una asociación específica, no con cualquier interesado.
Se autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para que permute los dos terrenos descritos en el artículo 1 de esta ley, con un lote de la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro
2, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- La Caja entrega dos terrenos en Nicoya y recibe un lote de 26.941 m2
- La Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro recibe los dos terrenos de la Caja
- La Notaría del Estado puede corregir errores en la inscripción de la permuta
- Los vecinos con linderos nombrados en el artículo 1 quedan como colindantes del terreno permutado
A quién beneficia
- La Caja recibe un lote de 26.941 m2 para construir infraestructura de salud
- La Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro recibe dos terrenos y se queda con el resto de su finca madre
Qué cambia
- El lote permutado queda afectado para infraestructura de la Caja
- La ley rige desde el 17 de diciembre de 2018
- La Ley 9853 de 2020 cambió el título y los artículos 1 y 2 de la ley original
La explicación completa
Qué cambia
La ley desafecta dos terrenos de la CCSS en Nicoya y autoriza cambiarlos por un lote más grande de la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro. El primer terreno mide 4.454,19 m2 y está inscrito con matrícula 5-196843-000 (art. 1). El segundo mide 538,12 m2 y tiene matrícula 5-86261-000.
El lote que recibe la CCSS mide 26.941 m2. Se segrega de la finca 5-5726-000 de la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro (art. 2). El resto de la finca madre se lo queda la asociación.
El lote permutado queda afectado para construir infraestructura de la CCSS (art. 3). La Caja recibe ese lote y lo destina a sus fines. La Asociación de Desarrollo de Nicoya Centro entrega el lote y recibe los dos terrenos de la Caja (art. 2).
La Ley 9640 autoriza a la Notaría del Estado para corregir errores u omisiones en la inscripción de la permuta (art. 4).
La ley rige desde su publicación, el 17 de diciembre de 2018 (art. 4).
Qué cambia para la Caja
La Caja entrega dos terrenos y recibe uno de 26.941 m2 para construir infraestructura (art. 2) (art. 3). El primer terreno tiene naturaleza de siembros y juegos infantiles (art. 1). El segundo es un terreno para construir con una casa.
A quién le toca
A la Caja Costarricense de Seguro Social, que entrega dos terrenos y recibe uno de 26.941 m2 para construir infraestructura (art. 2) (art. 3).
A la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro, cédula jurídica 3-002-078917. Recibe los dos terrenos de la Caja y entrega un lote segregado de su finca (art. 2).
A la Notaría del Estado, que queda autorizada para corregir errores u omisiones en la inscripción de la permuta (art. 4).
A las personas vecinas de los terrenos en Nicoya. El primer terreno linda al norte con Temporalidades de la Arquidiócesis de Tilarán. Al sur, este y oeste linda con calle pública (art. 1). El segundo linda con Álvaro Eduardo Jara Campos, Alfonso Sanchún Zúñiga y Carlos Luis Ugalde Ugalde.
Lo que se dijo en la Asamblea
La grabación disponible es de la Comisión Especial Provincia de Limón del 21 de marzo de 2022 00:25:11. Trata sobre el expediente 22.896, una desafectación de terrenos del IMAS en Limón 00:25:59. No trata sobre la Ley 9640 ni sobre los terrenos de Nicoya.
El ministro Juan Luis Bermúdez Madriz explicó ese otro proyecto. Busca desafectar un inmueble del IMAS en Limón para construir una delegación de la Fuerza Pública y un establecimiento de salud de la Caja 00:31:21.
Aclaró que bomberos rechazó el terreno porque no aguantaba el tonelaje 00:56:47.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley está vigente. SINALEVI registra la versión 2 de 2, sin observaciones de la Procuraduría 3.
La versión original se publicó el 17 de diciembre de 2018 1. La Ley 9853 del 16 de junio de 2020 la reformó 4. Cambió el título para hablar de dos terrenos en vez de uno. También reformó los artículos 1 y 2.
El texto vigente es el reformado en 2020. Es el que se cita en este artículo.
Frente a la Constitución
El artículo 45 dice que la propiedad es inviolable. Nadie puede ser privado de la suya si no es por interés público comprobado, con indemnización previa Constitución, art. 45. Aquí hay una permuta. La Caja entrega dos terrenos y recibe uno a cambio (art. 2).
El artículo 121 da a la Asamblea la potestad de dictar leyes Constitución, art. 121. La desafectación y la autorización de permuta son materia de ley. La Asamblea las aprobó (art. 1) (art. 2).
El artículo 73 dice que la Caja administra los seguros sociales. Sus fondos no pueden usarse en finalidades distintas a las que motivaron su creación Constitución, art. 73. El lote permutado se afecta para construir infraestructura de la Caja (art. 3). Eso calza con el fin de la institución.
El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos revisados de la Constitución.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto de la Caja o de la asociación viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22.
El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22. Debe expresar el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor y las pruebas guía, p. 23.
Si cree que la ley misma infringe la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. Necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo que se trate de intereses difusos.
Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la permuta, puede denunciar ante la Contraloría General de la República guía, p. 68. La Contraloría revisa presupuestos de instituciones autónomas como la Caja.
Puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.
Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.
Lo que no sabemos
El dossier no dice si la permuta ya se inscribió ni si la Caja construyó algo en el lote.
El dossier no dice cuánto valen los terrenos ni si hubo avalúo.
El dossier no dice qué uso tiene hoy cada uno de los dos terrenos que entrega la Caja.
El dossier no incluye el plano catastrado G-1782059-2014 ni el G-824535-2002.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 2 de 2Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
La ley usa la potestad legislativa para desafectar y autorizar una permuta. La Caja recibe un terreno a cambio, y el lote se afecta a su fin institucional. El Censo no encontró un choque claro con los artículos revisados.
Constitución, art. 45"La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley."
Esta ley, art. 2"Se autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para que permute los dos terrenos descritos en el artículo 1 de esta ley, con un lote de la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro"
Sin choque aparente La Caja no pierde sus terrenos sin recibir algo a cambio. Recibe un lote de 26.941 m2 en una permuta autorizada por ley.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones"
Esta ley, art. 1"Se desafectan del uso público dos terrenos propiedad de la Caja Costarricense de Seguro Social"
Sin choque aparente La desafectación y la permuta son materia de ley. La Asamblea tiene la potestad de dictarla.
Constitución, art. 73"No podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales."
Esta ley, art. 3"Se afecta el lote segregado y permutado descrito en el artículo 2 de esta ley, para la construcción de infraestructura de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)."
Sin choque aparente El lote que recibe la Caja se destina a construir su propia infraestructura. Eso calza con el fin de la institución.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:31:21
"el expediente 22.896 que busca desafectar un inmueble del instituto mixto de ayuda social"
- 00:48:25
"que se había convertido en la ley 95 88 para el cuerpo de bomberos de costa rica"
- 00:56:47
"el área de edificaciones de bomberos después de hacer el estudio sobre el terreno determinó que no aguantaba el tonelaje y recomendó el rechazo del mismo"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 9640: DESAFECTACIÓN DE UN TERRENO PROPIEDAD DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL, AUTORIZACIÓN PARA PERMUTAR EL TERRENO DESAFECTADO Y AFECTACIÓN DE UN TERRENO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL.
- Comisión Especial Provincia de Limón, lunes 21 de marzo 2022
- Ley 9640 en SINALEVI: Desafectación de dos Terrenos Propiedad de la Caja Costarricense de Seguro Social, Autorización para Permutar los Terrenos Desafectados y Afectación de un Terreno para la Construcción de Infraestructura de la Caja Costarricense de Seguro Social (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2)
- Ley 9853: Reforma Desafectación de dos Terrenos Propiedad de la Caja Costarricense de Seguro Social, Autorización para Permutar los Terrenos Desafectados y Afectación de un Terreno para la Construcción de Infraestructura de la Caja Costarricense de Seguro Social (Vigente)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-05. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 9640
Desafectación de dos Terrenos Propiedad de la Caja Costarricense de Seguro Social, Autorización para Permutar los Terrenos Desafectados y Afectación de un Terreno para la Construcción de Infraestructura de la Caja Costarricense de Seguro Social
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N° 9640
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
Desafectación de dos Terrenos Propiedad de
la Caja Costarricense de Seguro Social,
Autorización para Permutar los Terrenos
Desafectados y Afectación de un
Terreno para la Construcción
de Infraestructura de la
Caja Costarricense
de Seguro Social (*)
(*) (Así modificada la denominación del título anterior por el artículo 1° de la Ley N° 9853 del 16 de junio del 2020)
Artículo 1- Se desafectan del uso público dos terrenos propiedad de la Caja Costarricense de Seguro Social, cédula de persona jurídica número cuatro-cero cero cero-cero cuatro dos uno cuatro siete (N.° 4-000-042147), que se describen de la siguiente manera: A) inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles del Registro Nacional, bajo el sistema de folio real matrícula número cinco- uno nueve seis ocho cuatro tres-cero cero cero (N.° 5-196843-000). El inmueble está situado en el distrito 1°, Nicoya; cantón II, Nicoya; provincia de Guanacaste; mide cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro metros con diecinueve decímetros cuadrados (4454,19 m2). Naturaleza de siembros y juegos infantiles. Linda al norte con Temporalidades de la Arquidiócesis de Tilarán ; al sur, con calle pública con una medida de sesenta y nueve metros con veintidós decímetros (69,22m); al este, con calle pública con una medida de cincuenta y nueve metros con veintisiete decímetros (59,27m) y, al oeste, con calle pública con una medida de sesenta y dos metros con seis decímetros (62,06m), con plano catastrado G ocho dos cuatro cinco tres cinco-dos cero cero dos (G-824535-2002). B) inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles del Registro Nacional, bajo el sistema de folio real matrícula número cinco- ocho seis dos seis uno-cero cero cero (N.° 5-86261-000). El inmueble está situado en el distrito 1°, Nicoya; cantón II, Nicoya; provincia de Guanacaste; mide quinientos treinta y ocho metros con doce decímetros cuadrados (538,12 m2). Naturaleza de terreno para construir con una casa. Linda al norte con Álvaro Eduardo Jara Campos; al sur, con Alfonso Sanchún Zúñiga; al este, con calle pública con una medida de diecisiete metros con setenta centímetros (17,70m) y, al oeste, con Carlos Luis Ugalde Ugalde , con plano catastrado G uno seis seis uno cuatro dos-uno nueve nueve cuatro (G-166142-1994).
(Así reformado por el artículo 2° de la Ley N° 9853 del 16 de junio de 2020)
Artículo 2- Se autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para que permute los dos terrenos descritos en el artículo 1 de esta ley, con un lote de la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro, cédula jurídica número tres - cero cero dos - cero siete ocho nueve uno siete (N.° 3-002-078917), a segregar del bien inmueble inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles del Registro Nacional, bajo el sistema de folio real matrícula número cinco - cinco siete dos seis - cero cero cero (N.° 5-5726-000).
El lote a segregar y permutar se describe de la siguiente manera: situado en el distrito 1°, Nicoya; cantón II, Nicoya; provincia de Guanacaste; mide veintiséis mil novecientos cuarenta y un metros cuadrados (26941 m2). Todo lo anterior consignado en el plano catastrado número G-uno siete ocho dos cero cinco nueve-dos mil catorce (N.° G-1782059-2014).
El resto de la finca madre se lo reserva la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro.
(Así reformado por el artículo 3° de la Ley N° 9853 del 16 de junio del 2020)
ARTÍCULO 3- Se afecta el lote segregado y permutado descrito en el artículo 2 de esta ley, para la construcción de infraestructura de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
ARTÍCULO 4- Se autoriza a la Notaría del Estado para que corrija los errores o las omisiones para la debida inscripción de la permuta.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.