Segundo presupuesto extraordinario del 2019 ya rige y cambia montos
La ley 9679 modificó los artículos 1, 2 y 4 del presupuesto 2019 para cambiar ingresos y egresos del Gobierno y de la Asamblea Legislativa.
Título oficial SEGUNDDO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019 Y SEGUNDA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY N°. 9632, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019 Y SUS REFORMAS
Atención: La ley cambia ingresos y egresos del presupuesto 2019, pero el texto consolidado no muestra los montos y remite a los Alcances Digitales de La Gaceta.
A quién le toca
- El Gobierno de la República, porque cambian sus ingresos y egresos del 2019
- La Asamblea Legislativa, porque cambian sus egresos del 2019
- Las instituciones que reciben transferencias del presupuesto nacional
A quién beneficia
- Ningún grupo con nombre propio aparece beneficiado en el texto consolidado
- La ley permite ajustar partidas del presupuesto 2019 sin detallar montos en el texto disponible
Qué cambia
- Los montos exactos están en los Alcances Digitales 207A a 207E de La Gaceta 230
- Los artículos reformados fueron modificados otra vez por leyes posteriores de 2019
- La ley rige desde su publicación en abril de 2019
La explicación completa
Qué cambia
La ley 9679 cambió tres artículos del presupuesto del 2019. Modificó el artículo 1 de la ley 9632, que detalla los ingresos del Gobierno (art. 1). También modificó el artículo 2, que aprueba los egresos del Gobierno (art. 2). Y modificó los artículos 2 y 4, que cubren egresos del Gobierno y de la Asamblea Legislativa (art. 3).
El texto publicado en SINALEVI no muestra las cifras. En cada artículo, la versión consolidada remite a los Alcances Digitales 207A, 207B, 207C, 207D y 207E de La Gaceta 230 del 11 de diciembre de 2018 (art. 1). Para los montos exactos hay que abrir esos alcances. El dossier no los reproduce.
La ley rige desde su publicación en La Gaceta (art. 3). Se firmó en la Presidencia de la República el 10 de abril de 2019.
A quién le toca
Al Gobierno de la República, porque la ley cambia el detalle de sus ingresos y sus egresos para el ejercicio económico 2019 (art. 1) (art. 2).
A la Asamblea Legislativa, porque el artículo 3 toca los egresos aprobados para ese Poder (art. 3).
A las instituciones que reciben transferencias del presupuesto nacional, porque el artículo 2 fija los egresos del Gobierno (art. 2). El texto no nombra instituciones específicas en el cuerpo consolidado.
Lo que se dijo en la Asamblea
Las grabaciones del dossier son de otros presupuestos, no del 9679. V1 trata el segundo presupuesto extraordinario de 2022 00:00:21. V2 trata el segundo presupuesto extraordinario de 2023 00:00:10. V3 trata el quinto presupuesto extraordinario de 2022 00:27:05. Ninguna menciona la ley 9679 ni el año 2019.
En V1, la presidenta de la Comisión de Asuntos Hacendarios, la diputada Paulina Ramírez, explicó que rechazaron una moción para eliminar el congelamiento de plazas vacantes 00:00:31. Dijo que eso representó más de 15 mil millones en 2021 00:00:40.
En V2, el diputado Carlos Felipe García dijo que Seguridad Pública debe resolver 1.394 nombramientos antes de pedir más dinero 00:01:23. El diputado José Pablo Sibaja dijo que quitarle dinero a Educación para dárselo a Seguridad es "desvestir un santo para vestir otro" 00:01:36.
En V3, el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, dijo que su posición es aprobar el proyecto tal como fue presentado 00:45:10.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley 9679 está vigente 5. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1. La Procuraduría General de la República anotó que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica.
El texto consolidado muestra que los artículos que la 9679 reformó fueron modificados después por otras normas. El artículo 1 de la ley 9632 fue reformado luego por la ley 9711 del 24 de julio de 2019 y por la ley 9741 del 17 de setiembre de 2019 6. El artículo 2 fue reformado por la ley 9711 y por la ley 9716 del 30 de julio de 2019, entre otras.
Frente a la Constitución
El artículo 180 de la Constitución dice que el presupuesto ordinario y los extraordinarios son el límite de acción de los Poderes Públicos Constitución, art. 180. También dice que solo pueden modificarse por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo. La ley 9679 es una ley de modificación presupuestaria y el texto indica que la firmó el Poder Ejecutivo (art. 3).
El artículo 176 ordena que el monto de los gastos no puede exceder el de los ingresos probables Constitución, art. 176. El texto de la 9679 no muestra las cifras, así que no se puede comparar ese balance con lo aprobado.
El artículo 187 pide publicar en el Diario Oficial todo gasto del Tesoro Nacional que no sea sueldo de personal permanente Constitución, art. 187. La ley se publicó en La Gaceta, según la nota de la PGR 5.
El Censo no encontró un choque directo entre el texto y la Constitución del dossier. La falta de cifras en el texto consolidado impide verificar el balance entre ingresos y gastos que pide el artículo 176.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto del Gobierno o de una institución le viola un derecho por la ejecución de este presupuesto, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22. Se presenta contra el servidor o titular del órgano que causó el agravio.
El amparo se puede meter en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos guía, p. 22.
Si cree que la ley 9679 choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales guía, p. 24. Necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo que defienda intereses difusos.
Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la ejecución de este presupuesto, puede denunciar ante la Contraloría General de la República guía, p. 68. Las denuncias se reciben en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025.
Si una institución pública le da un mal servicio relacionado con estos recursos, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja.
Lo que no sabemos
El dossier no muestra los montos exactos que la ley 9679 cambió en ingresos y egresos.
El dossier no dice qué instituciones específicas recibieron o perdieron dinero con esta ley.
El dossier no tiene grabaciones de la discusión de la ley 9679 en 2019.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La presente norma fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El texto es una ley de modificación presupuestaria firmada por el Poder Ejecutivo, como pide el artículo 180. La falta de cifras en el texto consolidado impide verificar el balance del artículo 176.
Constitución, art. 180"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, y sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo."
Esta ley, art. 3"Dado en la Presidencia de la República, San José, a los diez días del mes de abril del año dos mil diecinueve."
Sin choque aparente La Constitución pide que las modificaciones al presupuesto salgan del Poder Ejecutivo. El texto muestra que la firmó la Presidencia.
Constitución, art. 176"En ningún caso, el monto de los gastos presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables."
Esta ley, art. 1"Modificase el Artículo 1 ° de la Ley Nº 9632, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2019"
Hay dudas La ley cambia ingresos y egresos, pero el texto consolidado no muestra las cifras. No se puede comparar el balance.
Constitución, art. 187"Todo gasto a cargo del Tesoro Nacional que no se refiera a sueldos del personal permanente de la Administración Pública consignado en el presupuesto, deberá ser publicado en el Diario Oficial."
Esta ley, art. 3"Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta."
Sin choque aparente La ley ordena publicarse en La Gaceta y la PGR confirma esa publicación.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:31
"principalmente a la eliminación del congelamiento de plazas vacantes esto ha representado para el año 2021 según un informe de análisis presupuestario más de 15 mil millones"
- 00:01:36
"que quitarle dinero educación y darse la seguridad es desvestir un santo para vestir otro"
- 00:45:10
"fundación del Ministerio de Hacienda es aprobar el proyecto en los términos en los cuales fue presentado"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 9679: SEGUNDDO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019 Y SEGUNDA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY N°. 9632, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019 Y SUS REFORMAS
- Balance de la discusión del Presupuesto Extraordinario para el ejercicio Económico 2022
- Diputados dictaminan segundo presupuesto extraordinario para 2023 con 4.100 millones para seguridad
- Comisión de Asuntos Hacendarios, martes 13 de diciembre 2022 (2)
- Ley 9679 en SINALEVI: Modifica Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Ley 9632: Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 (Vigente)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
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Ley 9679
Modifica Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019
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N.º 9679
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
SEGUNDO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL
EJERCICIO ECONÓMICO 2019 Y SEGUNDA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA
LEY N.º 9632, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA
REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019 Y SUS REFORMAS.
ARTÍCULO 1.- Modificase el Artículo 1 ° de la Ley Nº 9632, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico del 2019, publicado en los Alcances Digitales Nº 207A, 207B, 207C, 2070, 207E, a La Gaceta Nº 230 del 11 de diciembre del 2018, en la forma que se indica a continuación:
ARTÍCULO 2º : Modificase el artículo 2° de la Ley No. 9632, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, publicada en los Alcances Digitales No. 207 A, 207B, 207C, 207D, 207E, a La Gaceta Nº230 del 11 de diciembre del 2018, en la forma que se indica a continuación:
ARTÍCULO 3° : Modifícanse los artículos 2° y 4° de la Ley No. 9632, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019, publicada en los Alcances Digitales No. 207 A,207B,207C,207D,207E, a La Gaceta Nº230 del 1 I de diciembre del 2018, en la forma que se indica a continuación:
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los diez días del mes de abril del año dos mil diecinueve.