# Ley 9774: Las Asadas quedan fuera del impuesto sobre la renta

- Página: https://elcenso.com/leyes/9774
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: LEY PARA ESTABLECER A LAS ASOCIACIONES ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS COMUNALES COMO NO SUJETAS AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1

## En resumen

La ley 9774 exime del impuesto sobre la renta a las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (Asadas), desde su publicación en octubre de 2019.

## A quién le toca

- Las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (Asadas)
- Las personas que integran las juntas directivas de las Asadas
- Las comunidades que reciben el servicio de acueducto y alcantarillado por medio de una Asada

## A quién beneficia

- Las Asadas quedan en la lista de entidades no sujetas al impuesto sobre la renta
- El beneficio aplica desde la publicación de la ley, el 29 de octubre de 2019

## Qué cambia

- El Estado deja de cobrar el impuesto sobre la renta a las Asadas
- Las Asadas no tienen que pagar ese impuesto sobre sus ingresos

## Explicación

### Qué cambia

La ley 9774 agrega un inciso a la lista de entidades que no pagan impuesto sobre la renta. El artículo único ordena adicionar el inciso k) al artículo 3 de la Ley 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1)). Ese inciso dice: "Las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (Asadas)".

El artículo 3 de la Ley 7092 se titula "Entidades no sujetas al impuesto" [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=10969&param2=148972&param3=1). Ahí ya estaban el Estado, las municipalidades, los partidos políticos, las cooperativas y otras organizaciones. Con la ley 9774, las Asadas entran a esa lista ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1)). El texto dice que se dio en la Presidencia de la República, San José, el 29 de octubre de 2019. SINALEVI registra la norma como vigente, en su versión 1 de 1 [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1).

### A quién le toca

A las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales, conocidas como Asadas ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1)). El texto las nombra de forma expresa como no sujetas al impuesto sobre la renta.

A las personas que forman parte de esas asociaciones y manejan los acueductos y alcantarillados en sus comunidades. La ley no detalla requisitos ni trámites: solo las incluye en la lista de entidades que no pagan ese impuesto [S2].

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley 9774 sigue vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1). La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica.

El texto vigente en SINALEVI coincide con el aprobado: el artículo único que adiciona el inciso k) al artículo 3 de la Ley 7092 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1)). No hay reforma, corrección ni derogatoria registrada en el dossier.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque entre esta ley y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier. La ley solo agrega un inciso a una lista de entidades que no pagan impuesto sobre la renta ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1)).

El artículo 121 de la Constitución da a la Asamblea Legislativa la atribución de dictar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley se tramitó y publicó como ley de la República [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1). El artículo 124 pide dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto indica que se ejecutó y publicó ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1)).

El artículo 18 de la Constitución dice que los costarricenses deben contribuir para los gastos públicos ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no elimina esa obligación general: solo declara no sujeta a un impuesto a un tipo específico de asociación comunal ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si usted es parte de una Asada y le cobraron el impuesto sobre la renta, puede presentar un recurso de amparo. La guía explica que el amparo procede contra actos u omisiones de servidores públicos que violen derechos fundamentales ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo.

El recurso se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

También puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de fondos públicos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La Contraloría revisa presupuestos de entes como municipalidades y fondos públicos que administran privados.

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede acudir a la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja si una institución pública o sus funcionarios la maltrataron en sus derechos.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero deja de recaudar el Estado con esta exención.

El dossier no incluye el texto completo del artículo 3 de la Ley 7092 después de la adición del inciso k).

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley se limita a agregar un inciso a la lista de entidades no sujetas al impuesto sobre la renta. El Censo no encontró choque con los artículos constitucionales del dossier.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Se puede interponer en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta de forma escrita o verbal en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja si una institución pública o sus funcionarios la maltrataron en sus derechos. La Defensoría protege los derechos e intereses de todas las personas que habitan en el país. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9774: LEY PARA ESTABLECER A LAS ASOCIACIONES ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS COMUNALES COMO NO SUJETAS AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 7092: Ley del Impuesto sobre la Renta (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 21/04/1988. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=10969&param2=148972&param3=1
3. Ley 9774 en SINALEVI: Ley para establecer a las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales como no sujetas al impuesto sobre la renta (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 29/10/2019. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89956&param2=118266&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9774

Ley para establecer a las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales como no sujetas al impuesto sobre la renta

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N° 9774

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA ESTABLECER A LAS ASOCIACIONES ADMINISTRADORAS DE

SISTEMAS DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS COMUNALES

COMO NO SUJETAS AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona el inciso k) al artículo 3 a la Ley N.º
7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21 de abril de 1988. El texto es el
siguiente:

Artículo 3- Entidades no sujetas al impuesto:

[ ... ]

k) Las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y
Alcantarillados Comunales (Asadas).

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintinueve días
del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

Ejecútese y publíquese.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9774). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.