# Ley 9776: La Asamblea reformó dos artículos del presupuesto de 2019

- Página: https://elcenso.com/leyes/9776
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: SÉTIMA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY N°. 9632, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1

## En resumen

La ley 9776 reforma los artículos 2 y 3 del presupuesto de 2019, pero el texto publicado no muestra el detalle de los montos.

## A quién le toca

- A las personas y empresas que reciben pagos del presupuesto público de 2019
- A las instituciones del Estado que ejecutan el presupuesto de 2019
- A los contribuyentes cuyos impuestos financian el gasto público

## A quién beneficia

- Las instituciones cuyas partidas se reformaron, aunque el texto no dice cuáles son

## Qué cambia

- El presupuesto de 2019 cambió con esta reforma
- El detalle de los montos está en el Alcance Digital N° 207 de La Gaceta, no en el texto consolidado

## Cláusulas a revisar

- **Reforma sin montos visibles** (único): El texto consolidado dice que reforma los artículos 2 y 3 pero no incluye el contenido nuevo. El detalle queda en un alcance digital aparte. Texto: "Se reforman los artículos 2° y 3° de la Ley N° 9632, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2019"

## Explicación

### Qué cambia

La ley 9776 reforma dos artículos del presupuesto de 2019: el 2 y el 3 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1)). El artículo único dice que se reforman "los artículos 2° y 3° de la Ley N° 9632, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2019".

El texto que publica SINALEVI no incluye el contenido nuevo de esos dos artículos. Solo dice que se reforman ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1)). El detalle de los egresos del artículo 2 está en el Alcance Digital N° 207 a La Gaceta N° 230 del 11 de diciembre de 2018, según la nota de SINALEVI sobre la ley 9632 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87777&param2=118656&param3=1).

La ley rige desde su publicación en La Gaceta ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1)). Se firmó en San José el 30 de octubre de 2019. SINALEVI registra la norma como vigente, versión 1 de 1, publicada el 30/10/2019 [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1).

El artículo 2 de la ley 9632 aprueba los egresos ordinarios y extraordinarios del Gobierno para 2019 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87777&param2=118656&param3=1). Ese artículo fue modificado varias veces antes de esta ley: por decretos ejecutivos y por las leyes 9674, 9679, 9711 y 9716, entre otras.

### A quién le toca

A las instituciones del Estado que reciben dinero del presupuesto de 2019. El artículo 2 de la ley 9632 aprueba los egresos del Gobierno para ese año [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87777&param2=118656&param3=1).

A la Asamblea Legislativa, que aprobó la reforma ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1)).

Al Poder Ejecutivo, que firmó la ley el 30 de octubre de 2019 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1)).

El texto no nombra a personas, empresas ni grupos específicos. Tampoco dice qué partidas suben o bajan.

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre la ley 9776. Tratan sobre presupuestos de 2020 y 2021.

Dijo que el proyecto "se compone de cuatro artículos" ([video, 00:39:02](https://www.youtube.com/watch?v=6buf5MA3qm4&t=2342s)).

La diputada Anna Lucía Delgado dijo en esa sesión que el país avanza "en un sendero explosivo de endeudamiento que es insostenible" ([video, 01:01:24](https://www.youtube.com/watch?v=6buf5MA3qm4&t=3684s)).

En la grabación del 30 de junio de 2021 se habla del cuarto presupuesto extraordinario de ese año, por "unos 133 mil millones de colones" ([video, 00:01:18](https://www.youtube.com/watch?v=C66YyLV0ggI&t=78s)).

Ninguna de esas intervenciones menciona la ley 9776 ni el presupuesto de 2019.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley 9776 está vigente. SINALEVI registra la versión 1 de 1, publicada el 30/10/2019 [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1).

La Procuraduría General de la República observa que la norma "fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica" [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1).

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. La versión que publica es la única [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1).

La ley 9632, que esta norma reforma, también está vigente [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87777&param2=118656&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 9776 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 180 dice que el presupuesto "sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo" ([Constitución, art. 180](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 9776 es una ley de reforma presupuestaria ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1)). El dossier no permite confirmar si la iniciativa vino del Poder Ejecutivo.

El artículo 178 fija el plazo para aprobar la Ley de Presupuesto: antes del 30 de noviembre del mismo año ([Constitución, art. 178](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 9776 se firmó el 30 de octubre de 2019 y reforma el presupuesto de 2019 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1)).

El artículo 184 da a la Contraloría la tarea de fiscalizar la ejecución del presupuesto ([Constitución, art. 184](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no cambia esa función.

El artículo 176 dice que el presupuesto no puede tener gastos mayores que los ingresos ([Constitución, art. 176](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto de la ley 9776 no permite verificar si se cumple, porque no incluye los montos.

### Qué puede hacer usted

Si un pago o un gasto público de 2019 le parece irregular, puede denunciarlo ante la Contraloría General de la República. La guía explica que la Contraloría fiscaliza el uso de los fondos públicos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Puede presentar la denuncia en persona en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

También puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

O escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le presta mal un servicio relacionado con este gasto, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. La guía dice que cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si cree que la ley 9776 viola la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. La guía explica que procede contra leyes que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

La acción requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defiendan intereses difusos o colectivos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

### Lo que no sabemos

El texto de SINALEVI no muestra el contenido nuevo de los artículos 2 y 3 que la ley reforma.

El dossier no dice qué partidas subieron, bajaron o se crearon con esta reforma.

El dossier no dice quién tuvo la iniciativa de esta ley.

El dossier no incluye la fecha exacta de publicación en La Gaceta.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 9776 y la Constitución del dossier. El texto no incluye los montos, así que no se puede verificar el equilibrio entre ingresos y gastos.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: En persona en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club; al 2501-8000 o 2501-8025; o a contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentarla (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes que infrinjan normas constitucionales; requiere asunto pendiente salvo intereses difusos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)

## Fuentes

1. Ley 9776: SÉTIMA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY N°. 9632, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9632: Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 28/11/2018. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=87777&param2=118656&param3=1
3. Ley 9776 en SINALEVI: Sétima modificación legislativa de la Ley N° 9632, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2019 (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 30/10/2019. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=89957&param2=118270&param3=1
4. Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios (segunda parte), jueves 8 de octubre del  2020. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2020-10-08. https://www.youtube.com/watch?v=6buf5MA3qm4
5. DETALLES CUARTO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-06-30. https://www.youtube.com/watch?v=C66YyLV0ggI
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9776

Sétima modificación legislativa de la Ley N° 9632, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2019

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N° 9776

La Asamblea Legislativa de
la República de Costa Rica

DECRETA:

SÉTIMA MODIFICACIÓN
LEGISLATIVA DE LA LEY N° 9632, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO

Y EXTRAORDINARIO DE LA
REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019

ARTÍCULO
ÚNICO: Se reforman los artículos 2° y 3° de la Ley N° 9632, Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2019, de
28 de noviembre de 2018, publicada en los alcances digitales N°. 207ª, 207B,
207C, 207D, 2017E, en La Gaceta N° 230, de 11 de diciembre de 2018, en la forma
que se indica a continuación:

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los treinta días del
mes de octubre del año dos mil diecinueve.

Ejecútese y publíquese.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9776). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.