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Comités cantonales de deporte no pagan IVA, confirma la ley

La Ley 9799 aclara que los comités cantonales de deportes y recreación no pagan el IVA, igual que las municipalidades.

Título oficial INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DEL INCISO 2) DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY N°. 6826, LEY DE IMPUESTOS SOBRE EL VALOR AGREGADO, DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1982, PARA PROTEGER LOS COMITÉS CANTONALES DE DEPORTES Y RECREACIÓN

A quién le toca

  • Comités cantonales de deportes y recreación: no pagan IVA en sus compras y ventas
  • Cualquier otro órgano que forme parte de las corporaciones municipales: también queda cubierto
  • Municipalidades: se aclara el alcance de su no sujeción al IVA

A quién beneficia

  • Los comités cantonales de deportes y recreación se ahorran el IVA en sus operaciones
  • Los órganos municipales tienen certeza jurídica sobre su no sujeción al impuesto

Qué cambia

  • El Estado deja de recaudar el IVA que antes podría haber cobrado a estos comités
  • Los comités pueden usar ese dinero en planes, proyectos y programas deportivos

La explicación completa

Qué cambia

La Ley 9799 aclara que los comités cantonales de deportes y recreación no pagan el impuesto sobre el valor agregado (IVA). La Asamblea Legislativa hizo esta interpretación auténtica del inciso 2 del artículo 9 de la Ley 6826 (art. único).

El artículo 9 de la Ley 6826 dice que no están sujetos al impuesto "los bienes y servicios que venda, preste o adquieran las corporaciones municipales" 2. La Ley 9799 interpreta que esa no sujeción "incluye también a los comités cantonales de deportes y recreación, así como a cualquier otro órgano que forme parte de las corporaciones municipales" (art. único).

La ley rige desde su publicación. Se firmó en San José el 14 de enero de 2020 (art. único).

A quién le toca

A los comités cantonales de deportes y recreación. La ley les confirma que no pagan IVA cuando venden, prestan o adquieren bienes y servicios (art. único).

A cualquier otro órgano que forme parte de las corporaciones municipales. La interpretación también los cubre (art. único).

A las municipalidades. La ley aclara el alcance de la no sujeción que ya tenían en el artículo 9 de la Ley 6826 2.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma 3. La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta.

El texto vigente es el que aprobó la Asamblea. SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado 3.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque entre la Ley 9799 y la Constitución. La Constitución permite a la Asamblea Legislativa "dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" Constitución, art. 121. Esta ley es exactamente eso: una interpretación auténtica de otra ley (art. único).

La Constitución también ordena al Estado garantizar el derecho al deporte y la recreación Constitución, art. 89. La ley apoya a los comités que organizan esas actividades (art. único).

El artículo 170 de la Constitución dice que las corporaciones municipales son autónomas Constitución, art. 170. La ley trata a los comités cantonales como parte de esas corporaciones (art. único).

Qué puede hacer usted

Si usted es parte de un comité cantonal de deportes y recreación y le cobraron IVA, puede presentar un recurso de amparo. El amparo procede contra actos de servidores públicos que violen derechos fundamentales guía, p. 22. Cualquier persona puede interponerlo.

El recurso se presenta por escrito. Debe explicar el hecho, el derecho violado, el nombre del funcionario o institución y las pruebas guía, p. 23.

También puede presentar una acción de inconstitucionalidad si considera que una norma general viola la Constitución. Para eso necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa guía, p. 24.

Si el problema es el mal funcionamiento de una institución pública, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Las denuncias se presentan en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.

Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero deja de pagar cada comité cantonal por esta ley.

El dossier no incluye la fecha exacta de publicación en La Gaceta.

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La presente norma fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley usa una facultad que la Constitución le da a la Asamblea Legislativa y apoya el derecho al deporte y la recreación. El Censo no encontró choque.

  1. Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones"
    Esta ley, art. único"Se interpreta auténticamente el inciso 2) del artículo 9 de la Ley N. º 6826, Ley de Impuesto sobre el Valor Agregado, de 8 de noviembre de 1982, reformada mediante el artículo 1 de la Ley N. º 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018, en el sentido de que la no sujeción al impuesto sobre el valor agregado otorgada a las corporaciones municipales incluye también a los comités cantonales de deportes y recreación, así como a cualquier otro órgano que forme parte de las corporaciones municipales."

    Sin choque aparente La Constitución le permite a la Asamblea interpretar auténticamente las leyes. Esta ley hace exactamente eso con el artículo 9 de la Ley 6826.

  2. Constitución, art. 89"Todas las personas tienen derecho al deporte, a la educación física y a la recreación. El Estado garantizará este derecho, promoverá su universalización como medio eficaz para mejorar la salud y la calidad de vida de la población y apoyará el desarrollo de las distintas disciplinas deportivas en todos los niveles."
    Esta ley, art. único"la no sujeción al impuesto sobre el valor agregado otorgada a las corporaciones municipales incluye también a los comités cantonales de deportes y recreación"

    Sin choque aparente La ley beneficia a los comités que organizan deporte y recreación en los cantones. Eso va en la misma dirección que el derecho constitucional al deporte.

  3. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
    Esta ley, art. único"así como a cualquier otro órgano que forme parte de las corporaciones municipales"

    Sin choque aparente La ley trata a los comités cantonales como parte de las corporaciones municipales. Eso respeta la autonomía municipal que reconoce la Constitución.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 9799: INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DEL INCISO 2) DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY N°. 6826, LEY DE IMPUESTOS SOBRE EL VALOR AGREGADO, DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1982, PARA PROTEGER LOS COMITÉS CANTONALES DE DEPORTES Y RECREACIÓN Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 6826: Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) (Vigente) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 08/11/1982
  3. Ley 9799 en SINALEVI: Interpretación auténtica del inciso 2) del artículo 9 de la ley N° 6826, Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA), para proteger los Comités Cantonales de Deportes y Recreación (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 14/01/2020
  4. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-05. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 9799

Interpretación auténtica del inciso 2) del artículo 9 de la ley N° 6826, Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA), para proteger los Comités Cantonales de Deportes y Recreación

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N° 9799

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DEL INCISO 2) DEL ARTÍCULO 9 DE LA

LEY N.º 6826, LEY DE IMPUESTO SOBRE EL VALOR AGREGADO,

DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1982, PARA PROTEGER LOS COMITÉS

CANTONALES DE DEPORTES Y RECREACIÓN

ARTÍCULO ÚNICO- Se interpreta auténticamente el inciso 2) del artículo 9 de la Ley N. º 6826, Ley de Impuesto sobre el Valor Agregado, de 8 de noviembre de 1982, reformada mediante el artículo 1 de la Ley N. º 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018, en el sentido de que la no sujeción al impuesto sobre el valor agregado otorgada a las corporaciones municipales incluye también a los comités cantonales de deportes y recreación, así como a cualquier otro órgano que forme parte de las corporaciones municipales.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los catorce días del mes de enero del año dos mil veinte.

Ejecútese y publíquese.

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