# Ley 9864: Curridabat dona un terreno de 6.686 m² a la escuela Juan Santamaría

- Página: https://elcenso.com/leyes/9864
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA EXCELENCIA JUAN SANTAMARÍA DE CURRIDABAT, SAN JOSÉ.
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de Curridabat a donar un terreno municipal a la Junta de Educación de la Escuela Excelencia Juan Santamaría, por medio de escritura ante la Notaría del Estado.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Curridabat, que dona el terreno con cédula jurídica 3-014-042047
- La Junta de Educación de la Escuela Excelencia Juan Santamaría de Curridabat, que recibe el terreno con cédula jurídica 3-008-051619
- Los vecinos del distrito 01 de Curridabat, donde está el inmueble
- La comunidad educativa de la Escuela Excelencia Juan Santamaría

## A quién beneficia

- La Junta de Educación de la Escuela Excelencia Juan Santamaría recibe un terreno de 6.686,58 m² destinado a escuela
- La Escuela Excelencia Juan Santamaría cuenta con un inmueble fijo para funcionar en el cantón de Curridabat

## Qué cambia

- La Municipalidad de Curridabat deja de ser dueña del terreno una vez se inscriba la donación
- La escritura y la inscripción se hacen ante la Notaría del Estado
- El terreno queda destinado a albergar la Escuela Excelencia Juan Santamaría

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de Curridabat queda autorizada para donar un terreno de su propiedad a la Junta de Educación de la Escuela Excelencia Juan Santamaría de Curridabat ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

El terreno está inscrito en el Registro Público de la Propiedad, en la provincia de San José, con matrícula número 1-620541-000 y plano catastrado SJ-0402958-1980 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)). Mide 6.686,58 metros cuadrados y su naturaleza es terreno destinado a escuela. Está en el distrito 01, Curridabat, cantón 18, Curridabat.

La donación tiene un propósito fijo: albergar la Escuela Excelencia Juan Santamaría, ubicada en el cantón de Curridabat ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

La escritura pública de donación y la inscripción del inmueble se formalizan ante la Notaría del Estado ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)). El texto está dado en la Presidencia de la República, en San José, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil veinte.

### A quién le toca

A la Municipalidad de Curridabat, cédula jurídica 3-014-042047, que es la que dona el inmueble ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

A la Junta de Educación de la Escuela Excelencia Juan Santamaría de Curridabat, cédula jurídica 3-008-051619, que es la que recibe el terreno ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

A los vecinos del distrito 01 de Curridabat, donde está el terreno, y a la comunidad educativa de la Escuela Excelencia Juan Santamaría, porque el inmueble queda destinado a albergar esa escuela ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1). SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no le pone observaciones. El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el texto aprobado: no hay una versión distinta que mostrar.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

La Constitución garantiza la libertad de enseñanza y pone todo centro docente privado bajo la inspección del Estado ([Constitución, art. 79](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley no toca ese punto: solo autoriza una donación de terreno para una escuela ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

La Constitución dice que la educación preescolar, general básica y diversificada son obligatorias y que, en el sistema público, son gratuitas y costeadas por la Nación ([Constitución, art. 78](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La donación de un inmueble municipal a una junta de educación va en la misma dirección de facilitar el local de una escuela ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

La Constitución declara inviolable la propiedad y permite privar a alguien de lo suyo solo por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay privación: la Municipalidad dona un bien propio y la propia Asamblea la autoriza ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

La Constitución dice que las corporaciones municipales son autónomas ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) y que la administración de los intereses y servicios locales está a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no le quita a la Municipalidad la decisión: se la autoriza ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

La Constitución reserva a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley se aprobó por ese cauce ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la Municipalidad de Curridabat o de la Junta de Educación viola un derecho suyo en este trámite, puede presentar un recurso de amparo. Lo puede interponer cualquier persona, contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea por memorial, telegrama u otro medio escrito, sin otras formalidades ni autenticación ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)). Ahí debe expresar con claridad el hecho o la omisión, el derecho violado o amenazado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas.

Si considera que la ley misma infringe un principio constitucional, existe la acción de inconstitucionalidad contra las leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento para agotar la vía administrativa, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se trate de intereses difusos.

Si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en la donación, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades y revisa contratos públicos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o por el portal institucional.

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo cuando una institución pública o sus funcionarios le maltratan un derecho o interés ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice en qué fecha exacta se publicó la ley en La Gaceta.

El dossier no dice si la escritura ante la Notaría del Estado ya se firmó ni si el inmueble ya se inscribió a nombre de la Junta de Educación.

El dossier no incluye el expediente legislativo ni el detalle de la discusión en el Plenario.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque entre la autorización de donación y los artículos constitucionales del dossier. La ley se limita a autorizar a una municipalidad a donar un bien propio a una junta de educación.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta por memorial, telegrama u otro medio escrito, sin formalidades ni autenticación. Debe indicar el hecho u omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. Lo puede interponer cualquier persona. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se plantea contra leyes y otras disposiciones generales. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se trate de intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta de forma escrita o verbal en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o por el portal institucional de denuncia electrónica. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de un servicio público. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9864: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT PARA QUE DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA EXCELENCIA JUAN SANTAMARÍA DE CURRIDABAT, SAN JOSÉ.. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9864 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Curridabat para que done un terreno de su propiedad a la Junta de Educación de la Escuela Excelencia Juan Santamaría de Curridabat San José (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 19/06/2020. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92433&param2=122362&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9864

Autorización a la Municipalidad de Curridabat para que done un terreno de su propiedad a la Junta de Educación de la Escuela Excelencia Juan Santamaría de Curridabat San José

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N° 9864

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

PARA QUE DONE UN TERRENO

DE SU PROPIEDAD A LA JUNTA DE EDUCACIÓN

DE LA ESCUELA EXCELENCIA JUAN

SANTAMARÍA DE CURRIDABAT,

SAN JOSÉ

Artículo 1º—Autorización. Se autoriza a la Municipalidad de Curridabat,
cédula jurídica número tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos cero cuatro siete
(3- 014-042047), para que done el bien inmueble de su propiedad a la Junta de
Educación de la Escuela Excelencia Juan Santamaría de Curridabat, con cédula
jurídica número tres-cero cero ochocero cinco uno seis uno nueve
(3-008-051619), terreno inscrito en el Registro Público de la Propiedad, en la
provincia de San José, bajo el sistema de folio real matrícula número
uno-seiscientos veinte mil quinientos cuarenta y uno, derechos cero cero cero
(N° 1-620541-000), plano catastrado número SJ-cero cuatro cero dos nueve cinco
ocho-mil novecientos ochenta (N° SJ-0402958- 1980), que se describe como
terreno cuya naturaleza es terreno destinado a escuela; está situado en el
distrito cero uno, Curridabat, cantón dieciocho, Curridabat, provincia de San
José; mide seis mil seiscientos ochenta y seis metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados (6686,58 m2), con las siguientes colindancias: al norte,
avenida del cementerio; al sur, carretera radial Zapote-Curridabat; al este,
calle pública y, al oeste, calle pública.



Artículo 2.- Objetivo. La donación se realiza con el propósito de
albergar la Escuela Excelencia Juan Santamaría, ubicada en el cantón de
Curridabat.



Artículo 3.- Inscripción y restricciones. La escritura pública de
donación e inscripción del inmueble municipal, anteriormente descrito, se
formalizará ante la Notaría del Estado.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diecinueve días
del mes de junio del ario dos mil veinte.

EJECÚTESE Y PUBLIQUESE

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9864). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.