# Ley 9904: El Código Procesal de Familia rige desde el 1 de octubre de 2022

- Página: https://elcenso.com/leyes/9904
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: REFORMA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY 9747, CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA, DE 23 DE OCTUBRE DE 2019
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1

## En resumen

La Ley 9904 movió al 1 de octubre de 2022 la entrada en vigencia del Código Procesal de Familia, que cambia cómo se tramitan divorcios, pensiones y custodias.

## A quién le toca

- Personas con procesos de divorcio, pensión alimentaria, custodia o adopción en los tribunales
- Jueces y juezas de familia que aplican el Código
- Abogados que litigan en materia de familia
- La Corte Suprema de Justicia y la defensa pública

## A quién beneficia

- Los procesos de familia se tramitan en un solo cuerpo normativo
- El juez debe tomar en cuenta la situación social de los involucrados
- Se busca resolver los procesos en plazos más cortos

## Qué cambia

- El Código Procesal de Familia rige completo desde el 1 de octubre de 2022
- El transitorio III de la Ley 9747 sigue vigente
- La ley empezó a regir diez días después de su publicación según el artículo 129 constitucional

## Explicación

### Qué cambia

El Código Procesal de Familia rige completo desde el 1 de octubre de 2022. Así lo ordena la Ley 9904, que reformó la fecha original de la Ley 9747 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1)).

La ley tiene un solo artículo. Ese artículo cambia la fecha de entrada en vigencia y fija el texto nuevo: "Este Código regirá en su integridad a partir del 1 de octubre de 2022" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1)).

También mantiene vivo el transitorio III de la Ley 9747. Ese transitorio sigue en vigencia tal como lo dispuso el Código original ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1)).

La Ley 9904 se firmó en San José el 22 de setiembre de 2020 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1)).

### A quién le toca

A las personas que tienen un proceso de familia en los tribunales. El Código cubre divorcios, pensiones alimentarias, custodias, adopciones y régimen de visitas ([video, 00:01:26](https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo&t=86s)).

A los jueces y juezas de familia. El Código les pide tomar en cuenta la situación social de las personas involucradas ([video, 00:01:13](https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo&t=73s)).

A los abogados y a la Corte Suprema de Justicia. El Código agrupa en un solo texto todo lo relacionado con familia ([video, 00:02:14](https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo&t=134s)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

La magistrada Eva Camacho Vargas explicó el objetivo del Código ante la comisión de asuntos jurídicos. Dijo que busca "crear un cuerpo orgánico y coherente" para que los juzgadores no tengan que buscar respuestas en otros códigos ([video, 00:00:29](https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo&t=29s)).

Camacho también habló de la tutela de la realidad. Con ella, "el juez tomará en cuenta la situación social en la que viven los involucrados" ([video, 00:01:13](https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo&t=73s)).

El diputado Edgardo Araya destacó que la normativa ayudará con adopciones y divorcios. Dijo que esos temas "tienen una sensibilidad social muy fuerte" ([video, 00:01:19](https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo&t=79s)).

El diputado Juan Luis Giménez Úcar enfatizó que el Código agilizará la resolución de conflictos. Lo llamó una herramienta para lograr "justicia pronta y cumplida" ([video, 00:02:02](https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo&t=122s)).

En otra audiencia, la magistrada Camacho y los abogados Diego Benavidez y Eric Monje pidieron más tiempo. Solicitaron de 2 a 3 años para integrar juzgados de familia y defensa pública ([video, 00:00:10](https://www.youtube.com/watch?v=QSD2Rzr7pRs&t=10s)).

La razón: la reforma trae cambios que requieren inversión de recursos económicos. La Corte Suprema de Justicia aún no tenía esos recursos disponibles ([video, 00:00:25](https://www.youtube.com/watch?v=QSD2Rzr7pRs&t=25s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La Ley 9904 está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que la ley no indica fecha de rige propia. Por eso empieza a regir diez días después de su publicación, según el artículo 129 de la Constitución [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1).

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. La versión vigente es la misma que se publicó [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre la Ley 9904 y la Constitución. La ley solo cambia una fecha de entrada en vigencia.

El artículo 124 de la Constitución pide dos debates y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La Ley 9904 cumple con ese trámite según el dossier [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

El artículo 129 de la Constitución regula cuándo rige una ley si no fija fecha propia. La Procuraduría usó esa regla para ubicar el inicio de vigencia de la Ley 9904 [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1).

El artículo 51 de la Constitución da protección especial del Estado a la familia ([Constitución, art. 51](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El Código Procesal de Familia desarrolla esa protección al ordenar los procesos de familia ([video, 00:00:17](https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo&t=17s)).

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de un juzgado de familia viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Puede presentarlo en cualquier tiempo mientras subsista la violación. También hasta dos meses después de que cesen sus efectos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la Ley 9904 o el Código chocan con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes que infrinjan una norma constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para esa acción necesita un asunto pendiente ante los tribunales, salvo que defienda intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si una institución pública le falla en un servicio relacionado con su proceso, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

La Defensoría no investiga casos que estén esperando una resolución judicial ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice qué contiene el transitorio III de la Ley 9747 que se mantiene vigente.

El dossier no explica por qué la fecha pasó del plazo original al 1 de octubre de 2022.

El dossier no confirma si la Ley 9904 fue publicada en La Gaceta antes del 1 de octubre de 2022.

## Frente a la Constitución

La Ley 9904 solo cambia una fecha de entrada en vigencia y respeta el trámite legislativo y la regla del artículo 129 sobre inicio de vigencia.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea por escrito contra el servidor o titular del órgano que aparece como autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales, salvo que se defiendan intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. No aplica si el caso espera resolución judicial. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Fuentes

1. Ley 9904: REFORMA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY 9747, CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA, DE 23 DE OCTUBRE DE 2019. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. MAGISTRADA Y DIPUTADOS AVALAN CREACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2016-02-02. https://www.youtube.com/watch?v=llXo1HUHHIo
3. CORTE PIDE MAS TIEMPO PARA VIGENCIA DE NUEVO CODIGO PROCESAL DE FAMILA. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2016-02-09. https://www.youtube.com/watch?v=QSD2Rzr7pRs
4. Ley 9904 en SINALEVI: Reforma entrada en vigencia del Código Procesal de Familia (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 22/09/2020. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=92560&param2=122566&param3=1
5. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9904

Reforma entrada en vigencia del Código Procesal de Familia

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N° 9904

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY 9747, CÓDIGO

PROCESAL DE FAMILIA, DE 23 DE OCTUBRE DE 2019

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma la fecha de la entrada en vigencia de la Ley
9747, Código Procesal de Familia, de 23 de octubre de 2019. El texto es el
siguiente:

Este Código regirá en su integridad a partir del 1 de octubre de 2022.
Se mantiene en vigencia el transitorio III, como lo dispone la Ley 9747 Código
Procesal de Familia, de 23 de octubre de 2019.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintidós días
deí mes de setiembre de] año dos mil veinte.

EJECÚTESE Y PUBLIQUESE.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9904). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.