# Ley 9962: Coto Brus donará 10.000 m² a la Unión Zonal de Sabalito

- Página: https://elcenso.com/leyes/9962
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE COTO BRUS PARA QUE SEGREGUE UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD Y LO DONE A LA UNIÓN ZONAL DE SOCIACIONES DE DESARROLLO COMUNAL DEL SECTOR DISTRITO SABALITO DE COTO BRUS, PUNTARENAS
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1

## En resumen

La ley desafecta un terreno municipal en Sabalito y autoriza donar 10.000 m² a la Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo Comunal, con condiciones y una finca en compensación.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Coto Brus, dueña registral del terreno de matrícula 50045
- La Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo Comunal del Sector Distrito Sabalito de Coto Brus, Puntarenas
- Las asociaciones afiliadas a esa Unión Zonal
- La Notaría del Estado, que elabora la escritura de donación

## A quién beneficia

- La Unión Zonal recibe 10.000 metros cuadrados para oficinas, sala de capacitación y proyecto productivo
- La Municipalidad de Coto Brus recibe en compensación una finca de 10.000 metros cuadrados que pasa a zona verde
- La escritura de donación queda exenta de impuestos, tasas y contribuciones

## Qué cambia

- La Unión Zonal no puede traspasar, vender, arrendar ni gravar el terreno donado
- Si la asociación se disuelve o usa el inmueble para otro fin, el bien vuelve a la Municipalidad
- La Notaría del Estado puede corregir datos registrales del inmueble a donar

## Cláusulas a revisar

- **Donación a una asociación específica** (3): La ley nombra a una sola asociación como donataria de 10.000 metros cuadrados de terreno municipal. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus para que done el área de terreno segregado, del lote de su propiedad descrita en los artículos 1 y 2 de esta ley, a la Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo Comunal del Sector Distrito Sabalito de Coto Brus, Puntarenas"
- **Exención total de impuestos en la escritura** (6): La escritura de donación no paga ningún impuesto, tasa o contribución. Texto: "la cual estará exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones"
- **La Notaría puede corregir datos del inmueble** (6): La ley faculta a la Notaría del Estado para actualizar y corregir naturaleza, medida, linderos y cualquier otro dato registral del inmueble a donar. Texto: "queda facultada expresamente, la Notaría del Estado, para que actualice y corrija la naturaleza, la situación, la medida, los linderos y cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar"

## Explicación

### Qué cambia

La ley saca un terreno municipal de la categoría de zona verde. Ese terreno está inscrito en el Registro Nacional con matrícula 50045, en el distrito de Sabalito, cantón de Coto Brus, Puntarenas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)). Mide 17.520,5 metros cuadrados y su dueño registral es la Municipalidad de Coto Brus, cédula jurídica 3-014-042113.

La Municipalidad queda autorizada para separar 10.000 metros cuadrados de ese lote ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)). El resto de la finca se reserva para la Municipalidad, con su naturaleza actual.

También se autoriza a la Municipalidad para donar esos 10.000 metros cuadrados a la Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo Comunal del Sector Distrito Sabalito de Coto Brus, cédula jurídica 3-002-692418 ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)). El terreno se usará para construir las oficinas de esa Unión Zonal, una sala de capacitación y un proyecto productivo para las asociaciones afiliadas.

En compensación, la ley destina otra finca municipal a zona verde. Es la matrícula 176786, de 10.000 metros cuadrados, en el mismo distrito de Sabalito ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)). Hoy figura como café y la ley autoriza cambiar su naturaleza a "terreno destinado a zona verde".

La donación tiene candados. Si la asociación donataria se disuelve o usa el inmueble para otro fin no autorizado, el bien vuelve de pleno derecho a la Municipalidad de Coto Brus ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)). La Unión Zonal no podrá traspasar, vender, arrendar ni gravar el terreno de ninguna forma.

La Notaría del Estado formaliza la donación con la escritura correspondiente ([art. 6](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)). Esa escritura queda exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones. La Notaría también puede corregir la naturaleza, situación, medida, linderos y cualquier error u omisión de los datos del inmueble.

La ley rige a partir de su publicación ([art. 6](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)).

### A quién le toca

A la Municipalidad de Coto Brus, que es la dueña registral del terreno y la que queda autorizada para segregar y donar ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)).

A la Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo Comunal del Sector Distrito Sabalito de Coto Brus, Puntarenas, que recibe los 10.000 metros cuadrados con las condiciones del artículo 5 ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)) ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)).

A las asociaciones afiliadas a esa Unión Zonal, porque el terreno se usará para un proyecto productivo para ellas ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)).

A la Notaría del Estado, que debe elaborar la escritura y puede corregir datos registrales del inmueble ([art. 6](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no anota observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1). El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el aprobado y no muestra reformas ni correcciones posteriores.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos revisados. La Asamblea Legislativa tiene la atribución de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La Constitución protege la propiedad y permite privar de ella por interés público comprobado, con indemnización conforme a la ley ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay expropiación: la Municipalidad dona un bien propio y recibe otra finca en compensación ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)).

Las municipalidades son autónomas y administran los intereses locales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley autoriza a la Municipalidad de Coto Brus a hacer la segregación y la donación, sin sustituir su decisión ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)).

Queda una duda sobre el cambio de naturaleza de la finca de compensación. La ley pasa un terreno de café a zona verde ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1)), y la Constitución manda proteger las bellezas naturales y procurar un ambiente sano ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)) ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto no explica cómo se hará ese cambio ni quién lo ejecuta.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la Municipalidad o de la Unión Zonal viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo y se plantea contra el servidor o el órgano que causa el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla normalmente se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos.

Puede denunciar ante la Contraloría General de la República un hecho que se presuma irregular en el manejo de recursos públicos. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o al teléfono 2501-8025 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

También puede acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le brinda mal un servicio. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la Municipalidad de Coto Brus ya hizo la segregación ni si la donación ya se inscribió.

No se sabe cuándo se publicó la ley en La Gaceta, así que no se puede fijar la fecha exacta desde la que rige.

No hay grabaciones de la Asamblea sobre este expediente, así que no hay opiniones de diputados que citar.

## Frente a la Constitución

La ley usa atribuciones legislativas y municipales previstas en la Constitución. Queda una duda sobre cómo se ejecutará el cambio de naturaleza de la finca de compensación.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta por memorial o escrito contra el servidor u órgano que causa el agravio, con el hecho, el derecho violado y las pruebas (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta ante la Sala Constitucional; normalmente requiere un asunto pendiente, salvo intereses difusos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal de denuncia electrónica (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9962: DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE COTO BRUS PARA QUE SEGREGUE UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD Y LO DONE A LA UNIÓN ZONAL DE SOCIACIONES DE DESARROLLO COMUNAL DEL SECTOR DISTRITO SABALITO DE COTO BRUS, PUNTARENAS. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9962 en SINALEVI: Desafecta del uso público y autoriza a la Municipalidad del cantón de Coto Brus para que segregue un inmueble de su propiedad y lo done a la Unión zonal de Asociaciones de desarrollo comunal del sector Distrito Sabalito de Coto Brus de Puntarenas (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 24/03/2021. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94500&param2=125845&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9962

Desafecta del uso público y autoriza a la Municipalidad del cantón de Coto Brus para que segregue un inmueble de su propiedad y lo done a la Unión zonal de Asociaciones de desarrollo comunal del sector Distrito Sabalito de Coto Brus de Puntarenas

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Nº 9962

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA

REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN

A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE COTO BRUS

PARA QUE SEGREGUE UN INMUEBLE DE SU

PROPIEDAD Y LO DONE A LA UNIÓN

ZONAL DE ASOCIACIONES DE

DESARROLLO COMUNAL DEL

SECTOR DISTRITO SABALITO DE

COTO BRUS, PUNTARENAS

ARTÍCULO 1- Se desafecta del uso público el bien inmueble
inscrito en el Registro Nacional, bajo el sistema de folio real matrícula
número cinco cero cero cuatro cinco (50045), derecho
cero cero cero , naturaleza
terrena, lote 1, repastos, destinado a zona verde; situado en el distrito dos,
Sabalito; cantón ocho, Coto Brus , provincia de
Puntarenas. Mide diecisiete mil quinientos veinte metros con cinco decímetros
cuadrados (17520,5 m2). Linderos: al norte, camino público con ciento once
metros con ochenta y cinco centímetros (111, 85m); al sur, Edwin Barrantes río
Sucio en medio; al este, Cooperativa de Caficultores de Sabalito R.L. y, al
oeste, Edwin Barrantes. Plano catastrado P- cero cinco tres cinco ocho seis
cuatro - uno nueve ocho cuatro (P-0535864-1984). Su dueño registral es la
Municipalidad de Coto Brus , cédula jurídica número
tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos uno uno tres
(3-014-042113).



ARTÍCULO 2-
Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus para que segregue diez mil metros
cuadrados (10000 m2), del lote de su propiedad descrito en el artículo 1 de
esta ley, y se reserva el resto de la finca, con su naturaleza actual, para la
Municipalidad de Coto Brus.



ARTÍCULO 3-
Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus para que done el área de terreno
segregado, del lote de su propiedad descrita en los artículos 1 y 2 de esta
ley, a la Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo Comunal del Sector Distrito
Sabalito de Coto Brus, Puntarenas, cédula jurídica número tres- cero cero dos-
seis nueve dos cuatro uno ocho (3-002-692418), el cual se utilizará para la
construcción de las oficinas de la Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo
Comunal del Sector Distrito Sabalito de Coto Brus, Puntarenas, así como para
una sala de capacitación y el establecimiento de un proyecto productivo para
las asociaciones afiliadas.



ARTÍCULO 4-
En compensación del lote segregado de la finca desafectada mediante los
artículos 1 y 2 de esta ley, se destina el bien inmueble propiedad de la
Municipalidad de Coto Brus, inscrito en el Registro Nacional bajo el sistema de
folio real matrícula número uno siete seis siete ocho seis (N°176786), derecho cero cero
cero, naturaleza terreno, café, situado en el distrito dos, Sabalito; cantón
ocho, Coto Brus, provincia de Puntarenas. Mide diez mil metros cuadrados (10000
m2). Linderos: al norte Anita Barrantes Ureña, Alicia Barrantes Hernández y
finca madre Abilio Barrantes Hernández; al sur Luis Wachong Lee y calle
pública; al este y el oeste Abilio Barrantes Hernández. Plano catastrado número
P - cero dos cero uno cuatro tres seis - uno nueve nueve cuatro
(P-0201436-1994).

Se autoriza
el cambio de naturaleza de este terreno para que pase de uso de "café" a "terreno
destinado a zona verde".



ARTÍCULO 5-
En caso de que la Asociación donataria llegue a disolverse o el inmueble se
destine a otro uso no autorizado en la presente ley, el bien donado volverá de
pleno derecho a ser propiedad de la Municipalidad de Coto Brus. La Unión Zonal
de Asociaciones de Desarrollo Comunal del Sector Distrito Sabalito de Coto
Brus, Puntarenas, no podrá traspasar, vender, arrendar ni gravar, de ninguna
forma, el terreno donado.



ARTÍCULO 6-
Se autoriza a la Notaría del Estado para que formalice todos los trámites de
esta donación mediante la elaboración de la escritura correspondiente, la cual
estará exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones.
Además, queda facultada expresamente, la Notaría del Estado, para que actualice
y corrija la naturaleza, la situación, la medida, los linderos y cualquier
error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar,
así como cualquier otro dato registral o notarial que sea necesario para la
debida inscripción del documento en el Registro Nacional.

Rige a
partir de su publicación.

Dado en la
Presidencia de la República.-San José, a los veinticuatro días del mes de marzo
del año dos mil veintiuno.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9962). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.