# Ley 9983: MOPT, Conavi y Cetac ya no pagan La Gaceta en 19 obras

- Página: https://elcenso.com/leyes/9983
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: EXONERACIÓN DE PAGO PARA DAR PUBLICIDAD EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA A DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EXPROPIACIONES PARA LA EJECUCÓN DE PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA A REALIZAR POR PARTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Y SUS CONSEJOS
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1

## En resumen

La ley exonera a tres instituciones del pago de publicaciones en La Gaceta para trámites de expropiación de 19 proyectos de obra pública específicos.

## A quién le toca

- El MOPT deja de pagar publicaciones en La Gaceta para trámites de expropiación de las 19 obras listadas
- El Conavi deja de pagar esas mismas publicaciones
- El Cetac deja de pagar esas mismas publicaciones
- Las personas dueñas de terrenos dentro de esas 19 obras ven sus trámites de expropiación publicados sin costo para la institución

## A quién beneficia

- El MOPT, el Conavi y el Cetac se ahorran el pago de publicar declaratorias de interés público, fe de erratas, resoluciones de pago y modificaciones en La Gaceta
- La exoneración aplica solo a las 19 obras enumeradas en el artículo único

## Qué cambia

- La ley rige desde su publicación
- Una Fe de Erratas de julio de 2021 dejó sin efecto la primera publicación de la ley N° 9983
- El texto correcto salió en La Gaceta N° 110 del 9 de junio de 2021 y en la ley N° 9993

## Cláusulas a revisar

- **Exoneración limitada a 19 obras y tres instituciones** (único): La exoneración no es general. Cubre solo las 19 obras enumeradas y solo a esas tres instituciones. Texto: "Se exonera al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), al Consejo Nacional de Vialidad ( Conavi ) y al Consejo Técnico de Aviación Civil ( Cetac ) del pago en las publicaciones requeridas en el diario oficial La Gaceta, para el trámite de expropiación"

## Explicación

### Qué cambia

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) y el Consejo Técnico de Aviación Civil (Cetac) dejan de pagar las publicaciones en el diario oficial La Gaceta. La exoneración cubre los trámites de expropiación de 19 obras concretas ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

El artículo único enumera qué publicaciones quedan exentas: la declaratoria de interés público, la fe de erratas, las resoluciones de pago por indemnizaciones y cualquier modificación posterior a esa declaratoria ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

Las 19 obras son: la Ruta 32 de Limón; la carretera Cañas-Limonal en la Ruta 1; la Ruta 160 de Playa Naranjo a Paquera; el rompeolas de Puerto Caldera; los intercambios de Taras y Cartago; la Ruta 1 de Barranca a Limonal y la Ruta 17 de La Angostura; las Rutas 35 de Bernardo Soto a Sifón y de Sifón a Abundancia; los corredores San José-Cartago y San José-San Ramón; los aeropuertos Daniel Oduber Quirós, Juan Santamaría, de Limón y Tobías Bolaños Palma; los aeródromos de Puerto Jiménez, Bataan, Nicoya, Nosara, Laurel y Pérez Zeledón; la Ruta 23 de Barranca a Caldera; la Ruta 27; la Ruta 147 de Lindora; la Ruta 39 de circunvalación; y la terminal de cabotaje de Paquera ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

### A quién le toca

Al MOPT, al Conavi y al Cetac: son las tres instituciones que la ley exonera del pago ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

A las personas dueñas de terrenos que caigan dentro de esas 19 obras: los trámites de expropiación que las afectan se publican en La Gaceta sin costo para la institución ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

A nadie más. La exoneración no cubre otras instituciones ni otras obras fuera de la lista ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente, en su versión 1 de 1 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1).

La Procuraduría General de la República anotó una corrección. Mediante Fe de Erratas publicada en La Gaceta N° 146 del 30 de julio de 2021, se dejó sin efecto la ley N° 9983 del 5 de julio de 2021, que había salido en La Gaceta N° 141 del 22 de julio de 2021 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1).

El motivo: por error, tanto el título como el contenido se publicaron de manera correcta en otros Diarios Oficiales. Fue en La Gaceta N° 110 del 9 de junio de 2021 y en la ley N° 9993, publicada en el Alcance Digital N° 146 a La Gaceta N° 142 del 23 de julio de 2021 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1).

El texto que SINALEVI muestra como vigente es el que se cita en este artículo [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 45 de la Constitución dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca ese derecho: solo exime a tres instituciones del pago de publicar los trámites de expropiación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

El artículo 187 ordena publicar en el Diario Oficial todo gasto a cargo del Tesoro Nacional que no sea sueldo de personal permanente ([Constitución, art. 187](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no elimina la publicación: la mantiene y solo quita el cobro a esas tres instituciones ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

El artículo 182 exige licitación para los contratos de obra pública ([Constitución, art. 182](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no cambia cómo se contrata ni cómo se expropia ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1)).

El Censo no encontró un choque entre esta ley y los artículos revisados de la Constitución.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Debe expresar con claridad el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que esta ley choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para interponerla, el artículo 75 pide un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo. No se necesita ese caso cuando se defienden intereses difusos o colectivos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en estas instituciones, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de Denuncia Electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le falla en un servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si quiere cambiar esta ley, puede proponer una reforma por iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero ahorran el MOPT, el Conavi y el Cetac con esta exoneración.

El dossier no incluye el texto de la ley N° 9993 ni el de la publicación en La Gaceta N° 110 del 9 de junio de 2021.

El dossier no permite saber si las 19 obras ya se expropiaron o siguen en trámite.

## Frente a la Constitución

La ley solo exime a tres instituciones del pago de publicaciones en La Gaceta para trámites de expropiación. No elimina la publicación ni cambia el derecho a indemnización.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano autor del agravio. Debe expresar el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor y las pruebas. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando se defienden intereses difusos o colectivos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, teléfono 2501-8000 o 2501-8025, portal de Denuncia Electrónica o correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular para reformar la ley: El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 9983: EXONERACIÓN DE PAGO PARA DAR PUBLICIDAD EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA A DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EXPROPIACIONES PARA LA EJECUCÓN DE PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA A REALIZAR POR PARTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Y SUS CONSEJOS. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 9983 en SINALEVI: Exoneración de pago para dar publicidad en el diario oficial La Gaceta a documento relacionados con expropiaciones para la ejecución de proyectos de obra pública a realizar por parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y sus Consejos (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 19/05/2021. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94537&param2=125895&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 9983

Exoneración de pago para dar publicidad en el diario oficial La Gaceta a documento relacionados con expropiaciones para la ejecución de proyectos de obra pública a realizar por parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y sus Consejos

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Nº 9983

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

EXONERACIÓN DE PAGO PARA DAR PUBLICIDAD

EN
EL DIARIO OFICIAL LA GACETA A DOCUMENTOS

RELACIONADOS
CON EXPROPIACIONES PARA

LA
EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA

A
REALIZAR POR PARTE DEL MINISTERIO

DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Y
SUS CONSEJOS

ARTÍCULO ÚNICO- Exoneración

Se exonera al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), al Consejo
Nacional de Vialidad ( Conavi ) y al Consejo Técnico de
Aviación Civil ( Cetac ) del pago en las publicaciones
requeridas en el diario oficial La Gaceta, para el trámite de expropiación,
específicamente en lo que respecta a la declaratoria de interés público, fe de
erratas, resoluciones de pago por indemnizaciones y cualquier modificación
posterior a la declaratoria de interés público de las siguientes obras:

a)
Rehabilitación y extensión de la Ruta Nacional número 32, sección cruce Ruta
4-Limón.

b)
Construcción de la ampliación y rehabilitación del tramo de la carretera Cañas
- Limonal , ubicada en la Ruta número 1,
Interamericana Norte.

c)
Mejoramiento y rehabilitación de la Ruta Nacional número 160, sección: Playa
Naranjo - Paquera .

d)
Diseño y construcción para la rehabilitación y el reforzamiento del rompeolas
de Puerto Caldera.

e)
Construcción de los intercambios entre la intersección de las rutas nacionales
números 2 y 236 (Taras) y la intersección de las rutas nacionales números 2 y
10 (Cartago), incluyendo el mejoramiento de la Ruta Nacional número 2, sección
Taras - La Lima, en la provincia de Cartago.

f)
Contratación de la ampliación y rehabilitación de la Ruta Nacional número 1,
Carretera Interamericana Norte, sección: Barranca - Limonal
y de la Ruta número 17, sección: La Angostura.

g)
Construcción de la Ruta Nacional número 35, sección Bernardo Soto Sifón (nueva
carretera a San Carlos).

h)
Ampliación y mejoramiento de la Ruta Nacional número 35, sección
"Sifón-Abundancia" (nueva carretera a San Carlos).

i)
Ampliación y mejoramiento del corredor vial "San José - Cartago"

j)
Ampliación y mejoramiento del corredor vial "San José - San Ramón"

k)
Ampliación del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber
Quirós.

I)
Ampliación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría.

m)
Ampliación del Aeropuerto Internacional de Limón.

n)
Ampliación de los aeródromos de Puerto Jiménez, Bataan, Nicoya, Nosara , Laurel y Pérez Zeledón.

ñ)
Mejoramiento y rehabilitación de la Ruta Nacional número 23, sección
"Barranca - Caldera".

o)
Proyecto de ampliación de la Ruta Nacional número 27.

p)
Diseño, construcción y supervisión de las obras de ampliación de la Ruta
Nacional 147 (radial Lindora ) y obras conexas.

q)
Ruta 39, conocida como circunvalación, en todo su trayecto, incluyendo el arco
norte y el paso por Calle Blancos de Goicoechea, así como los trabajos a
efectuar en los Hatillos.

r)
Rehabilitación y construcción de la terminal de cabotaje de Paquera .

s)
Ampliación del Aeropuerto Tobías Bolaños Palma.

Rige a partir de su publicación .

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los
diecinueve días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/9983). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.