Tres proyectos: juicios penales, minería ilegal y rangos policiales
El Poder Ejecutivo presentó tres reformas que cambian cómo se juzga un delito, cómo se castiga la minería ilegal y cómo se nombran los rangos policiales.
Qué pasó
El Poder Ejecutivo presentó tres proyectos de ley en la Asamblea Legislativa el martes 4 de agosto. Uno reforma el Código Procesal Penal, otro endurece penas contra la minería ilegal y el tercero cambia los rangos de la policía 1.
Juicios penales sin audiencia preliminar
El proyecto elimina la audiencia preliminar y la etapa intermedia 00:00:03. El control se concentra en la acusación y el debate pasa a una nueva audiencia previa al juicio, a cargo de los tribunales de juicio 00:00:05.
La reforma crea esa audiencia previa al juicio y hace obligatorio llevar las pruebas 00:00:16. También establece un proceso continuo e inmediato y un límite para las salidas alternativas 00:00:21. La etapa intermedia se deroga 00:00:23.
La Corte Suprema de Justicia deberá hacer estudios técnicos para reubicar al personal excedente de los jueces penales hacia los tribunales de juicio 00:00:26.
Minería ilegal: hasta 12 años de cárcel
El proyecto reforma el Código de Minería y el Código Penal para fijar castigos de hasta 12 años de prisión contra la minería ilegal 00:00:04. También crea un mecanismo para congelar los trámites registrales de terrenos privados donde se extraiga minería sin permiso 00:00:07.
Las penas son estas: de 6 a 10 años a quien explore, extraiga o procese minerales en parques nacionales, reservas o humedales 00:00:28. De 5 a 8 años para quienes financien, dirijan, promuevan u obtengan beneficios de la minería ilegal 00:00:36. De 6 a 12 años por extracción con maquinaria pesada 00:00:43. De 5 a 10 años para quien opere sin permiso 00:00:46. De 3 meses a 3 años si se hace en tajos o cauces de dominio público 00:00:50.
La iniciativa crea la inmovilización registral como medida cautelar provisionalísima sobre las fincas donde se detecte minería ilegal 00:00:54.
Policías: nuevos nombres y requisitos
La reforma a la Ley General de Policía cambia la denominación de los grados policiales y reestructura las escalas jerárquicas, los requisitos de ascenso y las condiciones para los cargos de dirección 00:00:00.
Los cambios de nombre son: comisario pasa a coronel de policía; comisionado a teniente coronel; comandante a mayor; capitán se queda igual; intendente pasa a teniente; subintendente a subteniente; sargento se queda igual; inspector pasa a cabo; agente pasa a raso 00:00:14.
La estructura queda en tres escalas: oficiales superiores (coronel, teniente coronel y mayor), oficiales ejecutivos (capitán, teniente y subteniente) y escala básica (sargento, cabo y raso) 00:00:38.
A los oficiales superiores se les exigirá título universitario, mínimo diplomado en una carrera afín 00:00:51. También podrán ingresar quienes tengan bachillerato de secundaria y al menos 15 años de servicio policial 00:00:58. Para subteniente habrá concurso abierto a policías de escala básica y a personas externas con bachillerato que aprueben el curso de la Academia Nacional de Policía 00:01:04. El ingreso como raso y el ascenso hasta sargento se regularán en concurso interno, tomando en cuenta capacitación, años de servicio y plazas vacantes 00:01:16.
A quién le toca
A las personas acusadas de un delito: el proyecto elimina la audiencia preliminar y la etapa intermedia, y crea una audiencia previa al juicio 00:00:03.
A los jueces penales y al personal administrativo: la Corte Suprema deberá reubicarlos hacia los tribunales de juicio 00:00:26.
A quienes tengan fincas donde se detecte minería ilegal: se les puede congelar los trámites registrales 00:00:07.
A quienes exploren, extraigan o procesen minerales sin permiso: enfrentan penas de cárcel según el lugar y el método 00:00:28.
A los policías: cambian los nombres de sus rangos y los requisitos para ascender 00:00:00.
A las personas externas con bachillerato: podrán concursar para subteniente 00:01:04.
Lo que se dijo en la Asamblea
El video de la reforma al Código Procesal Penal dice que el Poder Ejecutivo presentó el proyecto 00:00:00. Explica que se elimina la audiencia preliminar y se concentra el control en la acusación 00:00:03.
El video de minería ilegal dice que la propuesta la presentó el Poder Ejecutivo 00:00:16. Detalla las penas y la inmovilización registral 00:00:28.
El video de rangos policiales enumera los nuevos nombres y las tres escalas 00:00:14. No se escucha el nombre de ningún diputado ni funcionario en las tres grabaciones.
Frente a la Constitución
El artículo 39 dice que a nadie se hará sufrir pena sino por delito sancionado por ley anterior y en virtud de sentencia firme, previa oportunidad para ejercitar su defensa Constitución, art. 39. El proyecto elimina la audiencia preliminar, que es una etapa donde el imputado puede defenderse antes del juicio 00:00:03. Queda la duda de si esa nueva audiencia previa al juicio mantiene la oportunidad de defensa que pide la Constitución.
El artículo 41 pide justicia pronta y cumplida Constitución, art. 41. El proyecto busca agilizar los procesos eliminando etapas 00:00:03. El Censo no encontró choque aquí: la reforma apunta a lo que pide ese artículo.
El artículo 45 dice que la propiedad es inviolable y que a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público comprobado, con indemnización Constitución, art. 45. El proyecto congela trámites registrales de fincas privadas donde se detecte minería ilegal 00:00:07. Es una medida cautelar provisional, no una confiscación. Queda la duda de cómo se levanta ese congelamiento y qué pasa si la persona es inocente.
El artículo 40 prohíbe la pena de confiscación Constitución, art. 40. La inmovilización registral congela trámites, no quita la propiedad 00:00:54. El Censo no encontró choque con ese artículo.
El artículo 50 reconoce el derecho a un ambiente sano y permite denunciar actos que lo infrinjan Constitución, art. 50. El proyecto castiga la minería en parques, reservas y humedales 00:00:28. Calza con ese artículo.
El artículo 121 dice que corresponde a la Asamblea dictar las leyes Constitución, art. 121. Los tres proyectos son reformas de ley que tramita la Asamblea 1. Calza.
El artículo 153 pone en el Poder Judicial conocer las causas penales Constitución, art. 153. El proyecto pide a la Corte Suprema reubicar personal 00:00:26. Es una medida administrativa dentro del Poder Judicial. El Censo no encontró choque.
Qué puede hacer usted
Si quiere opinar sobre estos proyectos, puede hablar con los diputados de su provincia. La guía dice que la incidencia ciudadana se ejerce mediante entrevistas con los diputados, proponiendo y argumentando con motivos de fondo guía, p. 29.
Cuando el proyecto llegue al Plenario, hay un segundo momento para incidir. Se logra brindando a los diputados información, propuestas, visitas y entrevistas guía, p. 29.
Si vive cerca de una zona con minería ilegal, puede denunciar daño ambiental ante la SETENA. La denuncia debe ser por escrito y original, firmada, con la ubicación de los hechos y elementos de prueba guía, p. 125.
También puede denunciar un delito de acción pública al Ministerio Público, a un tribunal penal o a la Policía Judicial guía, p. 126. Recoja pruebas en el lugar de los hechos lo antes posible: testigos, documentos, fotos.
Lo que no sabemos
No sabemos cuándo se votarán los tres proyectos ni en qué comisión están.
No sabemos cuántos jueces penales serían reubicados.
No sabemos cómo se levanta la inmovilización registral ni en cuánto tiempo.
No sabemos si los proyectos ya tienen dictamen.
Fuentes
- MEGÁFONO LEGISLATIVO. Asamblea Legislativa.
- Reforma al Código Procesal Penal busca agilizar los procesos judiciales eliminando. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-08-04.
- Endurecen penas contra la minería ilegal e introducen la inmovilización registral de fincas. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-08-04.
- Modifican la nomenclatura y la estructura de rangos en las fuerzas policiales. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-08-04.
- Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02.
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025.
Bibliografía
De dónde salió esto
- MEGÁFONO LEGISLATIVOAsamblea LegislativaVer el original: MEGÁFONO LEGISLATIVO
- Reforma al Código Procesal Penal busca agilizar los procesos judiciales eliminandoAsamblea Legislativa Costa Rica. 4 de agosto de 2026Ver el original: Reforma al Código Procesal Penal busca agilizar los procesos judiciales eliminando
- Endurecen penas contra la minería ilegal e introducen la inmovilización registral de fincasAsamblea Legislativa Costa Rica. 4 de agosto de 2026Ver el original: Endurecen penas contra la minería ilegal e introducen la inmovilización registral de fincas
- Modifican la nomenclatura y la estructura de rangos en las fuerzas policialesAsamblea Legislativa Costa Rica. 4 de agosto de 2026Ver el original: Modifican la nomenclatura y la estructura de rangos en las fuerzas policiales
- Constitución Política (texto vigente)SINALEVI, PGR. 2 de noviembre de 2026Ver el original: Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa RicaCONAMAJ, 2025. 31 de diciembre de 2024Ver el original: Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica