# Santa Cruz avisa a dueños de finca en Cabo Velas que se presenten

- Página: https://elcenso.com/nota/santa-cruz-avisa-a-duenos-de-finca-en-cabo-velas-que-se-pres-0b55bd
- Publicada: 2026-11-03

La Municipalidad de Santa Cruz publica un edicto que da 10 días hábiles a los dueños registrados de una finca en Cabo Velas para presentarse en Inspección.

## Qué pasó

La Municipalidad de Santa Cruz publicó un edicto el 2 de noviembre de 2026. Avisa a los dueños registrados de derechos sobre la finca matriz folio real N° 5-191667-000, en el distrito de Cabo Velas, cantón de Santa Cruz, Guanacaste (art. 1).

El edicto pide a esas personas presentarse en las Oficinas del Departamento de Inspección de la Municipalidad de Santa Cruz (art. 1).

El plazo es de 10 días hábiles. Se cuenta desde la publicación del edicto (art. 1).

La razón es un procedimiento administrativo que involucra esa finca. El edicto menciona "actuaciones de control urbano, procedimiento administrativo o notificación" (art. 1).

La información registral salió de certificaciones del Registro Nacional. La municipalidad las pidió (art. 1).

El edicto lo firma el alcalde Jorge Arturo Alfaro Orias. Se publica una vez en el Diario Oficial La Gaceta (art. 1).

## A quién le toca

Le toca a los titulares registrales de derechos inscritos sobre la finca 5-191667-000 (art. 1).

El edicto no nombra a esas personas en el texto visible. Remite a las imágenes que solo se ven en La Gaceta en formato PDF (art. 1).

Si usted es uno de esos titulares, tiene 10 días hábiles para ir al Departamento de Inspección (art. 1).

Ahí puede conocer el procedimiento y ejercer los derechos que considere (art. 1).

## Frente a la Constitución

El artículo 45 dice que la propiedad es inviolable y que a nadie puede privarse de la suya sin interés público comprobado e indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El edicto no ordena quitar la propiedad. Solo avisa de un procedimiento y pide comparecer (art. 1).

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El edicto lo firma el alcalde y lo tramita la Municipalidad de Santa Cruz (art. 1).

El Censo no encontró un choque directo con la Constitución en este aviso. La duda está en el plazo: el edicto no dice qué norma fija esos 10 días hábiles.

## Qué puede hacer usted

Vaya al Departamento de Inspección de la Municipalidad de Santa Cruz antes de que venzan los 10 días hábiles (art. 1).

Lleve prueba de que usted es titular registral de derechos sobre la finca 5-191667-000. El edicto pide acreditar esa condición (art. 1).

Pida por escrito copia del expediente del procedimiento administrativo. La Ley General de la Administración Pública regula el acceso a los expedientes, según la guía ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si la municipalidad no le responde o le niega información, puede presentar un recurso de amparo. La guía explica cómo se formula, con el hecho, el derecho violado y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

También puede acudir a la Defensoría de los Habitantes. Atiende casos de mal funcionamiento de instituciones públicas, y las municipalidades son sector público ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

## Lo que no sabemos

El dossier no permite saber quiénes son los titulares registrales de la finca 5-191667-000.

No sabemos qué tipo de procedimiento administrativo se tramita ni en qué etapa está.

No sabemos qué norma fija el plazo de 10 días hábiles que menciona el edicto.

No sabemos si la finca tiene una sola persona dueña o varias.

## Fuentes

1. [RÉGIMEN MUNICIPAL › MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ](https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2026/11/02/COMP_02_11_2026.pdf). Asamblea Legislativa, 2026-11-02.
2. [Constitución Política (texto vigente)](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1). SINALEVI, PGR, 2026-11-02.
3. [Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf). CONAMAJ, 2025, 2025.

## Fuentes

1. RÉGIMEN MUNICIPAL › MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ. Asamblea Legislativa, 2026-11-02. https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2026/11/02/COMP_02_11_2026.pdf
2. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
3. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/nota/santa-cruz-avisa-a-duenos-de-finca-en-cabo-velas-que-se-pres-0b55bd).